Orden DEF/1921/2009, de 9 de julio, por la que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y se anuncia la fecha, hora y lugar de celebración del ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada.

MarginalBOE-A-2009-11890
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en el apartado decimotercero de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado del 27), por la que se establecen las bases comunes que rigen los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado, y en relación con la Orden DEF/1489/2009, de 29 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada, se acuerda:

Primero.-Aprobar las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y de excluidos al citado proceso. La relación provisional de aspirantes admitidos se encuentra expuesta al público en la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina, 50 de Madrid), en el Ministerio de Defensa (paseo de la Castellana, 109 de Madrid), en el Cuartel General de la Armada (calle Juan de Mena, 1 de Madrid) y en todas las sedes de las Delegaciones del Gobierno de las Comunidades Autónomas y en las Subdelegaciones del Gobierno en las provincias. Podrá consultarse igualmente en la página web del Ministerio de Defensa www.mde.es.

Segundo.-Publicar como Anexo I a la presente Orden la relación provisional de excluidos, con expresión de las causas de exclusión.

Tercero.-Tanto los aspirantes excluidos como los omitidos por no figurar en la relación de admitidos ni en la de excluidos disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, para subsanar los defectos que hayan motivado su no admisión o la omisión simultánea en las relaciones de admitidos y de excluidos.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.

Cuarto.-Convocar a los aspirantes admitidos para la realización del ejercicio de la fase de oposición en los lugares, días y horas que se señalan en el Anexo II a la presente Orden.

Para la práctica de este ejercicio los aspirantes deberán ir...

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