Real Decreto 2041/1983, de 25 de mayo, por el que se se cede gratuitamente al Ayuntamiento de Huétor-Vega un inmueble, sito en su término municipal.

MarginalBOE-A-1983-21234
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
21458 3
81l:0otO
1983
BOE.-Núm.
184
21235
Inscrita
en
el Registro de
la
Propiedad
de
Cambados.
al
tomo
&21,
libro
109
folio
105,
finca
número
12.514,
inscripción
t,-,
B..
.Parcei.
urbana,
alta
en
Camino
Ribera
Puerto
SangenJo.
del
término
municipal
de
SangenJo.
de
25,43
metros
cuadrados.
que
linda:
derecha,
Cesé.reo
Novoa
Valencia;
izquierda,
Dolores
Cauto Martinez. yfondo, cal:ej6n público.•
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
earobados.
al
tomo
621,
libro
109,
follo
105,
(inca
número
12.510,
inscripción
1.-,
Art.
2.
0SI los
bienes
cedidos
no
fueran
destinados
al
uso
previsto
en
el plazo
de
UD
81\0;
o
deJaran
de
serlo
posteriormen-
te. se consideraré. resuelta
la
cesión yrevertlré.n aJ Estado
int&-
grándose
en
su
patrimonio
con
todas
sus
pertenencias
vac-
cesiones
sin
derecho
a
indemnización,
tentendo
el
Estado
de-
recho.
además,
a
percibir
de
la
Corporación.
previa
tasación
pericial.
el
valor
de
los
detrimentos
o
deterioros
de
los
mismos.
Art.
3.°
Por
el
Ministro
de
Economía
y
Hacienda,
a
través
dela
DireccIón
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se ado::¡tarán
las
determinaciones
necesarias
para
la
etectIvidad
del
presente
Real
Oecreto.
Dad.o
en
Madrid,
25
de
mayo
de
1983.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Economfll y
Hacienda.
MIGUEL BOYER SALVAOOR
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
etectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a25
de
mayo
de
1983.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
EconomlB.
'l
Har:lendA,
MIGUEL BO'i'ER SALVADOR
REAL
DECRETO
2042/1983, de
25.
de
mayo.
por
el
que
se
acuerda
la
enajenación
directa
de
una. finca
stta
en
el
término
municipal
de
Palenciana
(Cór·
daba)
en
favor
de
BU
ocupante.
Dot\.a
Josefa
Arjona
Jiménez
ha
interesado
la
adquisición
de
una
finca
urbana,
sita
en
el
término
municipal
de
Palenciana
(Córdoba).
propiedad
del
Estado,
de
la
que
la
solicitante
es
ocu-
pante
de
buena
fé.
Dicha
finca
ha
sido
tasada
en
la
cantidad
de
91.050
pesetas
por
los
Servicios
Técnicos.
del
MinlSteno
de
Economía
y
Hacienda.
La
circunstancia
expuesta
justifioa
hacer
uso
de
la
autortza-
ción
concedida
por
el
articulo
63
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
15
de
abril
de
1964.
En
su
virtud.
a
propuesta
del
Ministro
de
Economfa
y
Ha-
cienda
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
t;-n
su
reunión
del
dia
25
de
mayo
do
U183.
DISPONGO,
El
Ayuntamiento
de
Huétor·Vega
(Granada)
cedió
al
p,-tin-
guido
Movimiento
Nacional,
por
un
penodo
de
cicuenta
aOOl!l.
el
derecho
de
uso
de
dos
fincas
de
su
propiedad.
mediante
es-
critura
pública
de
recha
3
de
enero
de
1974.
La
citada
Corporación
local
interesa
la
cesión
'tTatuita
del
derecho
de
uso
sobre
las
dos
nncas
de
su
propiedad
y
de
las
instalaciones
deportivas
construidas
poi"
Ii
extinguido
MoVÍ·
m.1ento
Nacional
sobre
las
fincas.
Se
ha
acreditado
que
el
inmueble
cuya
cesi6n
se
soliclta
fi-
gura
incluido
en
el
Inventario
General
de
Bienes
dei
Estado
e
inscrito
en
el
Registro
de
la
Propiedad
a
su
ravor
y
que
no
se
juzga
previsible
su
afectacIón
o
explotación.
La
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
eA
su
articulo
77
autoriza
al
Gobierno
para
ceder
los
inmuebles
del
Patrimonio
del
Estado
por
razones
de
utilidad
pública
ó
de
interés
social.
En
su
virtud.
a
propuesta
del
Ministro
de
Economía
yHa.-
cienda,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
i.:n
su
reunión
del
día
25
de
mayo
de
H183,
212J4 .
REAL
DECRETÓ
2iJ41II§S3.
de
25
de
mayo,
oor
el
que
le
cede
aratuitamente
al
Ayuntamiento
de
Hrdtor-Vega
un
inmueble,
sUo
en
su
término
"mu
ntcipal.
DISPONGO,
Artículo
1.0 De
eonfonnidad
con
lo
dispuesto
en
el
artfculo
63
de
la
Ley
del
PatMmofno
del
Estado
de
15
de
abril
de
19&4,
se
acuerda
la
enajenación
directa
a
favor
de
doOa
Josefa
Arjona
Jiménez,
con
domicilio
en
Palenciana
(Córdoba),
de
la
finca
propiedad
del
Estado
que
a
continuación
se
describe:
.Casa
sita
en
el
término
municipal
de
Palenciana
(Córdobal.
caUe
Mariscala,
número
5,
con
una
superficie
de
103
metros
cU.idra-
dos, ylos
linderos
siguientes:
Derecha.
Catastrales.
Francisco
Vilches
Hurtado;
izquierda.
Catastrales,
Cándido
Gómez
Aguilar.
y
fondo,
finca
rural.
.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Rute,
al
tomo
671.
libro
72. folio
238,
finca
numero
3.147,
inscripción
1.-.
Art.
2.°
El
precio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
91.050
pesetas,
las
cuales
deberán
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
la
adquirente
en
el
plaw
de
Quince
días
a
partir
de
la
notifica-
ción
de
la
adjudicación
por
la
Delegación
de
HaciPT')da
de
Cór~
daba.
siendo,
también,
de
cuenta
de
la
interesada
todos
los
gas-
tos
originados
en
la
tramitación
del,'
expediente
ylos
que
se
causen
en
cumplimiento
del
prf'Rf'al
Decreto.
Art.
3.
0
Por
el
Ministerio
de
Economfa
y
Hacienda.
a
través
de
la
Direcdón
General
del
Patrimonio
del
E!'it'HiO
S1"
It"'/':lrá'n a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dIs-
pone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
25
de
mayo
de
1983.
21236
Artfculo
1.0
Se
ceden
gratuitamente
al
Ayuntamiento
de
Huetor·Vega
(Granada),
al
amparo
de
los
articulas
74
y
77
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado.
el
derecho
de
uso
sobre
dos
fincas
que
a
continuación
se
describen
y
las
lnstalacione9
de-
portivas
construidas
sobre
las
mismas.
quedando
simultáneamen-
te
desadscritas
del
Consejo
Superior
de
Deportes,
Organismo
Autónomo
d:-pendienta
del
Ministerio
de
Cultura:
al
Pedazo
de
tierra
de
secano,
en
término
de
'Huétor
V('¡;(fl
{Granada}.
sitio
de
Los
Secanos,
pago
de
Las
Canales,
con
una
extensión
superficial
de
0,9511
hehctáreas.
Sus
linderos
son
los
siguientes:
Norte,
camino
de
Las
Canales~
Poniente,
Migu~:
Ji·
ménez
Cabos
y
camino
de
Las
Canales,
y
Levante,
Felipe
Rio
Carrascosa.
.
Ffgura
inscrita
en
el
Registro
de
la
PropIedad
de
Granada,
Huétor-Vega,
al
Ubro
21,
follo
122.
finca
número
1.055. in,LTip-
ci6n
5.-,
de
Z1
de
septiElmbre
de
1982.
bl
PorcJ6n
de
tlelTa
de
secano,
de
lnterlor
calidad.
en
el
pago
de
Las
Canales.,
término
municipal
de
Huétor-Vega
'Gra-
nada],
con
una
extensión
superficial
de
0,3500
hectá.rea'J.
Sus
linderos
son
los
siguientes:
Norte.
camino
de
Las
Cana!e~:
le-
vante,
resto
dEl
la
finca
de
la
que
se
segreg6~
Sur,
camino
del
cementerio,
y
Poniente,
Antonio
Jiménez
Cabos.
Figura
inscrita
en
el
Registro
de
la
PropIedad
de
Cranada.
Huétor-Vega,
al
libro
32,
folio
209.
finca
número
2.371, ingcrip-
ción
3.-,
de
fecha
'l:1
de
septiembre
de
1982.
Sobre
estas
dos
fincas
-se
ha
oonsf.ruido
por
el
extingufdo
Movimiento
Naciona.1
un
camp?
de
fútbol.
Art.
2.°
Si
los
bier.es
cedidos
no
fueran
destinados
a
la
práctIca
de
departes,
O
defaran
de
ser
dAsUnados a
dicho
fin
algún
día,
se
considerará
resuelta
la
cesión
y
reverttrll.n
al
Estado
con
todas
sus
pertinencias
y
accesiones,
sIn
derecho
a
indemnización,
teniendo
el E.c.tado
derecho,
además,
aPl'lrcihir
de
la
Cormporación.
previa
tasación
perietal,
el
valor
de
les
detrimentos
o
deterioros
de
los
mismos.
Art. 3.°
Por
el
Minister10
de
Economfa
y
Hacienda,
a
través
.de
1&
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarll.n
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Ec:onom!1t yHAcl"'nda,
MIGUEL BOYER SALVADOR
REAL
DECRETO
204.'Vi983, de 25 de melVo.
'JO,
el
que
se
acuerda
la
enajenación
directa
de
una
finca
Bita.
en
el'
término
munici.pal
de
Albocdcer,
par-
cela
424
del
polígono
15
(Castellón).
en
favor
de
su
ocupante.
Don
Jaime
Llopis
Trilles
ha
interesado
la
adquisición
de
una
finca
rustica
sita
en
el
término
municipal
de
Albocácer,
parcela
424
da-l
polígono
15
(Castel1ón),
propiedad
del
Estado.
de
la
que
el
solicitante
es
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
sido
tasada
en
la
cantidad
de
20.760
pesetas
por
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda.
La
circunstancia
expuesta
justirica
hacer
uso
de
la
autoriza.-
ción
concedida
por
el
articulo
63
de
la
Ley de
Patrtmonio
·del
Estado
de
15
de
abril
de
1964.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Economía
y
Ha.
clenda,
y
previa
áeliberación
del
Consejo
de
Ministros
~n
su
reunión
del
día
25
de
mayo
de
1983.
DISPONGO,
Artículo
1.0
De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
artfculo
63
de
la
Ley
del
PatrimonIo
del
Estado
de
15
de
abril
de
1964.
s
eacw3rda
la
enajenación
directa
a
favor
de
don
Jaime
Uopis
Trilles.
con
domicilio
en
Alcora
(CasteIlónl,
de
la
nnca'
propie-
dad
del
Estado
que
a
continuación
se
describe:
Rústica.
sita
en
el
término
municipal
de
Albocáoer
(Castell6n),
parcela
424,
polígono
15,
con
una
superficie
de
0:4152
hectéreas,
ylos
linderos
siguientes:
Norte,
FrancIsco
Roca
Sales;
Este,
acequia;
Sur,
Pedro
Porear
Orti¡
Oeste.
Manuel
Bellmunt
Sales.
-
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Lucena
del
Cid,
al
tomo
47.
libro
8. folio
66,
finca
número
1.624.
inscripción
pri·
mera.

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