Orden CUL/2850/2009, de 14 de octubre, por la que se aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral en las categorías de Titulado Medio de Gestión y Servicios Comunes, Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, Oficial de Gestión y Servicios Comunes y Ayudante de Gestión y Servicios Comunes, grupos 2, 3, 4 y 5, con motivo del proceso de consolidación de empleo temporal, convocado por Orden CUL/3512/2008, de 12 de noviembre.
Marginal | BOE-A-2009-16941 |
Sección | II - Autoridades y Personal |
Emisor | Ministerio de Cultura |
Rango de Ley | Orden |
Finalizadas las fases de oposición y concurso del proceso selectivo, para cubrir plazas de personal laboral en las categorías de Titulado Medio de Gestión y Servicios Comunes, Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, Oficial de Gestión y Servicios Comunes y Ayudante de Gestión y Servicios Comunes (grupos 2, 3, 4 y 5), mediante contratación Laboral fija, con motivo del proceso de Consolidación de Empleo temporal en el Ministerio de Cultura y sus Organismos Autónomos, por Orden CUL/3512/2008, de 12 de noviembre,
Este Ministerio ha resuelto:
Primero.-Declarar aprobada la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, con expresión de la puntuación obtenida, así como el destino adjudicado, según figura en el Anexo a esta orden.
Esta relación se encontrará expuesta en los tablones de anuncios del Ministerio de Cultura y en su página web (www.mcu.es/atencion/) y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas y en su página web (www.administración.es).
Segundo.-Al amparo de lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 120/2007, de 2 febrero, por el que se aprobó la oferta de empleo, el personal laboral temporal que desempeñe las plazas convocadas en este proceso de sustitución de empleo temporal en empleo fijo y que no haya superado el proceso selectivo, verá extinguido su contrato de trabajo en el momento en que se formalice el contrato correspondiente al aspirante que lo haya superado.
Tercero.-Esta orden es definitiva en vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por...
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