ORDEN JUS/2427/2004, de 5 de julio, por la que se resuelve concurso de Promoción a la Segunda Categoría del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

MarginalBOE-A-2004-13613
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN JUS/2427/2004, de 5 de julio, por la que se resuelve concurso de Promoción a la Segunda Categoría del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Visto el expediente instruido para resolver la convocatoria del Concurso de Promoción a la Segunda Categoría del Cuerpo de Secretarios Judiciales, entre Secretarios de la Tercera Categoría, anunciado por Orden de 10 de mayo de 2004, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 25 del mismo mes.

Este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, ha acordado promover a la Categoría Segunda del mencionado Cuerpo, a los Secretarios de la Tercera Categoría que en el Anexo se relacionan, destinándoles a las Secretarías que se indican ya que reuniendo las condiciones legales, ostentan derecho preferente.

Los Secretarios nombrados en virtud de esta Orden, deberán cesar el día 1 de septiembre de 2004, debiendo tomar posesión de su cargo dentro de los veinte días naturales siguientes al de fecha de cese.

Se excluyen del presente concurso a D. Víctor Miguel Blanco Juárez, D.a Francisca López Salinas, D. Pedro Abrisqueta Costa,

D. Wenceslao Plaza Carrero, D.a Mercedes San Martín Cidrian,

D. Manuel de Tena Rubio, D.a Sonia Garbisu Crespo, D.a Sara Rubira Varela, D. Jesús Larrosa Abellán, D. José Balleste Orpinell,

D. Carlos Carmelo Clemente Pardos, D. Román Huertas Nafría,

D. Jesús María Prieto Gutiérrez, según lo establecido en el artículo 450.3 por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el 'Boletín Oficial del Estado'. Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las...

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