Resolución de 18 de abril de 2007, de la Dirección General de Carreteras, por la que se publica el Acuerdo sobre cambio de titularidad de varios tramos de las carreteras N-340 y N-III a favor de la Generalitat Valenciana y de la autovía CV-40, a favor del Ministerio de Fomento.

MarginalBOE-A-2007-9801
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Fomento (Dirección General de Carreteras) y la Generalitat Valenciana (Consellería de Infraestructuras y Transportes), el día 20 de febrero de 2007, un Acuerdo sobre cambio de titularidad de varios tramos de las carreteras N-340 y N-III a favor de la Generalitat Valenciana y de la autovía CV-40, a favor del Ministerio de Fomento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicho acuerdo que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 18 de abril de 2007.-El Director General de Carreteras, Francisco Javier Criado Ballesteros.

ANEXO

Acuerdo sobre cambio de titularidad de varios tramos de las carreteras N-340 y N-III a favor de la Generalitat Valenciana y de la autovía CV-40 a favor del Ministerio de Fomento

En Madrid, a 20 de febrero de dos mil siete.

REUNIDOS

De una parte: D.ª Magdalena Álvarez Arza, Ministra de Fomento, que actúa en ejercicio de su cargo, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 149.1.24 de la Constitución, así como de acuerdo con los artículos 12 y 13 de la Ley 6/1997, de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Y de otra: D. José Ramón García Antón, Conseller de Infraestructuras y Transporte de la Generalitat Valenciana, que actúa en el ejercicio de su cargo, en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 17 y 31.14 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.

Ambas partes declaran, y así se reconocen mutuamente, la capacidad legal suficiente para la firma de este Acuerdo.

EXPONEN

Primero.-El artículo 4.2 de la Ley 25/1988, de 29 de junio, de Carreteras, dispone que la Red de Carreteras del Estado podrá modificarse mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, actual de Fomento, por cambio de titularidad de carreteras existentes en virtud de acuerdo mutuo de las Administraciones Públicas interesadas. El procedimiento para tramitar dicho cambio de titularidad se regula por el artículo 12 del Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, que exige la incoación y tramitación del correspondiente expediente.

Instruido el expediente, con el acuerdo de las Administraciones interesadas, se elevará por la Ministra de Fomento al Gobierno para su aprobación por...

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