Resolución de 20 de noviembre de 1996, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de octubre de 1996, por el que se autoriza la inclusión de las lagunas de Laguardia (Álava), Carralogroño, Carravalseca y Prao de la Paul, en la lista del Convenio de Ramsar, relativo a Humedales de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas (Ramsar, 2 de febrero de 1971).

MarginalBOE-A-1996-27542
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

El Consejo de Ministros, en fecha 11 de octubre de 1996, adoptó un Acuerdo, a propuesta del Ministerio de Medio Ambiente, por el que se autoriza la inclusión de las lagunas de Laguardia (Álava), Carralogroño, Carravalseca y Prao de la Paul, en la lista del Convenio sobre Humedales de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas (Ramsar, 2 de febrero de 1971).

Para general conocimiento, se dispone la publicación del citado Acuerdo, así como de la ficha sintética descriptiva y cartografía correspondiente a dichos humedales, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 20 de noviembre de 1996.-El Director general, Carlos del Álamo Jiménez.

ANEXO

Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de octubre de 1996 por el que se autoriza la inclusión de las lagunas de Laguardia (Álava), Carralogroño, Carravalseca y Prao de la Paul, en la lista del Convenio de Ramsar relativo a Humedales de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas (Ramsar, 2 de febrero de 1971)

El 18 de marzo de 1982, el Rey firmó el instrumento de adhesión de España al Convenio relativo a Humedales de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas, hecho en Ramsar el día 2 de febrero de 1971 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de agosto de 1982).

En el mismo «Boletín Oficial del Estado» del día 20 de agosto de 1982 se publica el mencionado Convenio y, en su texto, al final de éste, se indica que «el Gobierno español ha designado como Humedales españoles de Importancia Internacional a incluir en la lista de los mismos, el Parque Nacional de las Tablas de Daimiel y el Parque Nacional de Doñana, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Convenio».

Desde entonces, en base a lo dispuesto en el artículo 2.5 del repetido Convenio, en el que se dice que las partes contratantes tendrán derecho a añadir a la lista otros humedales situados en su territorio, se han ido incorporando a la misma varias zonas húmedas españolas, que han sido declaradas de «importancia internacional», tras los previos y correspondientes Acuerdos del Consejo de Ministros, autorizando su inclusión, hasta llegar a la cifra actual de 35 humedales que tienen esta calificación.

El presente expediente pretende añadir un complejo húmedo más a la lista, que se encuentra en el territorio de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR