Orden ECI/817/2008, de 11 de marzo, por la que se convocan los premios de carácter estatal, para el año 2008, para los centros docentes que desarrollen acciones dirigidas al alumnado que presenta necesidades educativas especiales.

MarginalBOE-A-2008-5683
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

Uno de los principios fundamentales que presiden la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, es proporcionar una educación de calidad a todo el alumnado, adaptada a sus necesidades, para que alcance el máximo desarrollo posible de todas sus capacidades, aplicando, al mismo tiempo, el principio de atención a la diversidad y garantizando una igualdad efectiva de oportunidades.

Para el logro de esta calidad es necesario el esfuerzo compartido del conjunto de la comunidad educativa, las Administraciones educativas y la sociedad. Los centros docentes, desde su espacio propio de autonomía, y teniendo en cuenta la diversidad de intereses, características y situaciones personales del alumnado, deberán adecuar la actividad educativa a las circunstancias concretas y a las características de éste.

La adecuada respuesta educativa a todos los alumnos se concibe a partir de los principios de normalización e inclusión, entendiendo que, de este modo, se garantiza el desarrollo de todos, se favorece la equidad y se contribuye a una mayor cohesión social.

En aplicación del artículo 89 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el Ministerio de Educación y Ciencia, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas, puede establecer, premios y concursos de carácter estatal destinados a centros escolares. Además, el artículo 90 de la misma Ley contempla la posibilidad de que el Ministerio de Educación y Ciencia pueda reconocer y premiar la labor didáctica o de investigación de profesores y centros, facilitando la difusión entre los distintos centros escolares de los trabajos o experiencias que han merecido dicho reconocimiento por su calidad y esfuerzo.

El Real Decreto 696/1995, de 28 de abril, de ordenación de la educación de los alumnos con necesidades educativas especiales, establece que el Ministerio de Educación y Ciencia facilitará y promoverá la realización de experiencias de innovación y de investigación educativa entre cuyos objetivos figure el de mejorar la calidad de la educación de los alumnos con necesidades educativas especiales.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, el Ministerio de Educación y Ciencia ha decidido convocar los premios estatales para los centros docentes que desarrollen acciones dirigidas al alumnado que presenta necesidades educativas especiales, entendido como aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.-1. La presente Orden tiene por objeto convocar, para el año 2008, los premios estatales para los centros docentes que desarrollen acciones dirigidas al alumnado que presenta necesidades educativas especiales.

  1. Los premios reconocen la calidad del trabajo de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos que, en aplicación de las acciones destinadas a la atención del alumnado que presenta necesidades educativas especiales, evidencian buenos resultados y consiguen, mediante la mejora continua de sus procesos, facilitar una educación de calidad para todos y entre todos.

  2. Dichas acciones deberán estar recogidas en el proyecto educativo del centro, responderán al principio de atención a la diversidad del alumnado, supondrán la implicación de toda la comunidad educativa y estarán dirigidas a que el citado alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional y los objetivos establecidos con carácter general en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como a su integración social y laboral.

    Segundo. Ámbito de la convocatoria.-La convocatoria está dirigida a todos los centros docentes españoles sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas regladas no universitarias y que escolaricen alumnado que presenta necesidades educativas especiales.

    Tercero. Premios y dotación económica.-1. Se concederán tres premios, con arreglo a la siguiente distribución:

    Un primer premio dotado con 40.000 euros.

    Un segundo premio dotado con 28.000 euros.

    Un tercer premio dotado con 18.000 euros.

    También se entregarán a los centros ganadores una placa y un diploma acreditativos.

    Igualmente, se podrán conceder, a propuesta del Jurado, menciones honoríficas a aquellos centros que, no habiendo obtenido premio, hubieran destacado en la valoración realizada por el Jurado, las cuales se acreditarán mediante diploma concedido al efecto.

  3. Los premios se otorgarán con cargo a los créditos de la aplicación presupuestaria 18.10.322D.480.08 de los Presupuestos Generales del Estado, estableciéndose un límite máximo para la presente convocatoria de 86.000,00 euros.

    Cuarto. Destino del importe del premio.-1. Los...

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