RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2004, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el procedimiento de acceso y captura en el Sistema de Información Contable de los documentos contables RC de retención de crédito por determinadas unidades administrativas.

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Noviembre de 2004
MarginalBOE-A-2004-18615
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2004, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el procedimiento de acceso y captura en el Sistema de Información Contable de los documentos contables RC de retención de crédito por determinadas unidades administrativas.

Las reglas 14, 14.bis, 15 y 19 de la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, aprobada por Orden Ministerial de 1 de febrero de 1996, según la redacción dada a las mismas por el apartado Segundo de la Orden HAC/240/2004, de 26 de enero, establecen que la Intervención General de la Administración del Estado podrá autorizar, mediante Resolución, a los servicios gestores y a las oficinas presupuestarias a acceder al Sistema de Información Contable (SIC) a efectos de capturar los respectivos documentos RC, así como a capturar los documentos de gestión de expedientes relativos a las altas de los expedientes de gasto de los que se deriven los documentos RC a registrar.

La presente Resolución autoriza a las anteriores unidades administrativas el acceso al SIC para capturar los documentos contables indicados en el párrafo anterior.

También establece la tramitación que deben seguir las unidades administrativas en el marco de este nuevo procedimiento para la obtención de los accesos necesarios, gestión de usuarios y en el proceso de captura de los documentos contables.

En virtud de lo establecido en las citadas reglas 14, 14.bis, 15 y 19 y de la facultadque se atribuye a la Intervención General de la Administración del Estado en el apartado Tercero de la Orden de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueba la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, para dictar las normas complementarias, en el ámbito de sus competencias, que requiera la ejecución de dicha Orden, esta Intervención General dispone:

Primero. Autorización.

  1. Se autoriza el acceso al Sistema de Información Contable (en adelante SIC) a los servicios gestores de los Departamentos Ministeriales, oficinas presupuestarias y Dirección General de Presupuestos (en adelante unidades administrativas) para el registro de los documentos RC y los documentos relativos a las altas de expedientes de gasto que sea necesario registrar previamente a dichos RC, de acuerdo con lo establecido en el punto 2 de las reglas 14, 14.bis, 15 y 19 de la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en...

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