APLICACIÓN PROVISIONAL del Canje de Notas, de 26 de noviembre de 2004 y 11 de abril de 2005, relativo a la fiscalidad de los rendimientos del ahorro entre el Reino de los Países Bajos en nombre de Aruba y el Reino de España.

Fecha de Entrada en Vigor23 de Noviembre de 2005
MarginalBOE-A-2005-10947
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores

APLICACIÓN PROVISIONAL del Canje de Notas, de 26 de noviembre de 2004 y 11 de abril de 2005, relativo a la fiscalidad de los rendimientos del ahorro entre el Reino de los Países Bajos en nombre de Aruba y el Reino de España.

ACUERDO EN FORMA DE CANJE DE NOTAS RELATIVO A LA FISCALIDAD DE LOS RENDIMIENTOS DEL AHORRO Y SU APLICACIÓN PROVISIONAL

  1. NOTA DEL REINO DE ESPAÑA.

    Muy señor(a) mío(a):

    Me complace remitirle los textos del «Convenio entre el Reino de los Países Bajos en nombre de las Antillas Holandesas y (Bélgica, Austria y Luxemburgo) en materia de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses», el «Convenio entre el Reino de los Países Bajos en nombre de las Antillas Holandesas y (el Estado miembro de la UE salvo Bélgica, Austria y Luxemburgo) en materia de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses», el «Convenio entre el Reino de los Países Bajos en nombre de Aruba y (el Estado miembro de la UE salvo Bélgica, Austria y Luxemburgo) en materia de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses» y el «Convenio entre el Reino de los Países Bajos en nombre de Aruba y (Bélgica, Austria y Luxemburgo) en materia de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses», resultado de las negociaciones con las Antillas Holandesas y Aruba sobre el Acuerdo relativo a la Fiscalidad del Ahorro, y que figuran, respectivamente, en los Anexos I a IV del Resultado de los trabajos del Grupo de Alto Nivel del Consejo de Ministros de la Unión Europea de 12 de marzo (doc. 7660/04 FISC 68).

    A la vista de los textos mencionados, tengo el honor de proponerle el «Convenio en materia de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses» que figura en el Apéndice 1 de la presente Nota, así como nuestro mutuo compromiso de cumplir a la mayor brevedad con nuestras formalidades constitucionales internas para la entrada en vigor de dicho Convenio y de notificarnos recíprocamente el cumplimiento de dichas formalidades tan pronto se produzca.

    A reserva de la conclusión de los citados procedimientos internos, así como de la entrada en vigor del «Convenio en materia de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses», tengo el honor de proponerle que el Reino de España y el Reino de los Países Bajos, en nombre de Aruba apliquen provisionalmente el mencionado Convenio, con arreglo a sus respectivos requisitos constitucionales internos, a partir del 1 de enero de 2005, o a partir de la fecha de aplicación de la Directiva del Consejo 2003/48/CE, de 3 de junio de 2003, en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses, si esta fecha fuera posterior.

    Me complace, asimismo, proponerle que, si lo anteriormente expuesto es aceptable para su Gobierno, la presente Nota, junto con su confirmación, constituyan un Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de los Países Bajos, en nombre de Aruba.

    Le ruego acepte el testimonio de mi más alta consideración.

    Hecho en Madrid, el 26 de noviembre de 2004, en tres copias.-Por el Reino de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos.

  2. Nota del Reino de los Países Bajos en nombre de Aruba.

    Muy señor(a) mío(a):

    Tengo el honor de acusar recibo de su Nota con fecha 24 de noviembre de 2004, cuyo texto es el siguiente:

    Muy señor(a) mío:

    Me complace remitirle los textos del "Convenio entre el Reino de los Países Bajos en nombre de las Antillas Holandesas y (Bélgica, Austria y Luxemburgo) en materia de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses", el "Convenio entre el Reino de los Países Bajos en nombre de las Antillas Holandesas y (el Estado miembro de la UE salvo Bélgica, Austria y Luxemburgo) en materia de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses", el "Convenio entre el Reino de los Países Bajos en nombre de Aruba y (el Estado miembro de la UE salvo Bélgica, Austria y Luxemburgo) en materia de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR