Decreto 126/2005, de 14 de octubre, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el «Camino Real de Las Hoces», en los términos municipales de Bárcena de Pie de Concha y Pesquera.

MarginalBOE-A-2005-19491
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Cantabria
Rango de LeyDecreto

DECRETO 126/2005, de 14 de octubre, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el 'Camino Real de Las Hoces', en los términos municipales de Bárcena de Pie de Concha y Pesquera.

Mediante Resolución de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de 7 de junio de 2004, se incoó expediente para la declaración como bien de interés cultural, con la categoría de monumento, a favor del 'Camino Real de Las Hoces', en los términos municipales de Bárcena de Pie de Concha y Pesquera.

Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto la declaración, como bien de interés cultural, con la categoría de monumento, del 'Camino Real de Las Hoces', en los términos municipales de Bárcena de Pie de Concha y Pesquera y, a tal efecto, insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

En su virtud y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día 14 de octubre de 2005, dispongo:

Artículo único

Se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el 'Camino Real de Las Hoces', en los términos municipales de Bárcena de Pie de Concha y Pesquera, cuya descripción figura en el anexo, junto con la delimitación del entorno de protección y la justificación del mismo, y que se encuentra representado en el plano que se publica con este Decreto.

Disposición adicional única

Se faculta al Excmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición final única

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santander, 14 de octubre de 2005.El Presidente, Miguel Ángel Revilla Roiz.El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Francisco Javier López Marcano.

ANEXO

  1. Descripción del bien

    El...

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