Orden TAS/23/2006, de 10 de enero, por la que se crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Fecha de Entrada en Vigor20 de Enero de 2006
MarginalBOE-A-2006-755
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

El artículo 46 de la Constitución Española impone a los poderes públicos el deber de garantizar la conservación y de promover el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad.

El concepto legal de patrimonio histórico está expresamente contemplado en el artículo 1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Conforme a dicho precepto, en el Patrimonio Histórico Español se integra el patrimonio documental y bibliográfico que, conforme al artículo 48 del mismo cuerpo legal, está constituido por cuantos bienes, reunidos o no en Archivos y Bibliotecas, se declaren por la propia Ley integrantes del mismo.

La Ley 16/1985 dedica el Capítulo II de su Título VII a la regulación de los Archivos, Bibliotecas y Museos, definiendo en su artículo 59 el concepto de Archivo como el conjunto orgánico de documentos, o la reunión de varios de ellos, reunidos por las personas jurídicas públicas o privadas, en el ejercicio de sus actividades, al servicio de su utilización para la investigación, la cultura, la información y la gestión administrativa y explicitando, en su artículo 60, que quedan sometidos al régimen que en ella se establece para los Bienes de Interés Cultural los inmuebles destinados a la instalación de Archivos, así como los bienes muebles en ellos custodiados.

La regulación contenida en la Ley 16/1985 exige a todas las instituciones que custodian bienes del patrimonio documental y bibliográfico que garanticen su conservación y protección manteniéndolos en lugares apropiados y destinándolos al uso adecuado, debiendo recabar la autorización del órgano competente para excluir o eliminar todo o parte de los mismos mediante el procedimiento que se establecerá por vía reglamentaria.

Finalmente, el artículo 58 de la Ley crea la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, como órgano encargado del estudio y dictamen de las cuestiones relativas a la calificación y utilización de los documentos de la Administración del Estado y del sector público estatal, su integración en los archivos y el régimen de acceso e inutilidad administrativa de tales documentos, previendo, asimismo, la constitución de Comisiones Calificadoras en los Organismos públicos que así se determine.

El Real Decreto 139/2000, de 4 de febrero, estableció, en desarrollo del artículo 58 de la Ley 16/1985, la composición, funcionamiento y competencias de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, regulación que fue modificada por el Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto del original, en cuya Disposición Transitoria Única se prevé que, en todos los Departamentos ministeriales, se creará, mediante Orden, una Comisión Calificadora de Documentos Administrativos, en la que estarán...

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