Orden ITC/3863/2004, de 17 de noviembre, por la que se crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Noviembre de 2004 |
Marginal | BOE-A-2004-20021 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Industria, Comercio y Turismo |
Rango de Ley | Orden |
Orden ITC/3863/2004, de 17 de noviembre, por la que se crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
La Administración General del Estado y los organismos públicos dependientes producen, en su actividad administrativa diaria, documentos administrativos que constituyen un importante acervo documental de considerable valor tanto técnico como, en ocasiones, histórico o artístico que aconsejan su conservación y protección aplicando una normativa específica.
Esta normativa está consagrada en nuestro ordenamiento por el artículo 46 de la Constitución Española de 1978, que obliga a los poderes públicos a garantizar la conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. En desarrollo de dicho mandato, el legislador promulgó la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, que consagra una definición extensiva del mismo, integrando en ella a los bienes muebles e inmuebles que lo constituyen, al patrimonio arqueológico y al etnográfico, los museos, archivos y bibliotecas de titularidad estatal, así como al patrimonio documental y bibliográfico.
La Ley 16/1985 considera patrimonio documental a todo documento producido en cualquier expresión gráfica, sonora o en imagen y recogido en cualquier tipo de soporte material, generado, conservado o reunido por cualquier organismo o entidad de carácter público, por las personas jurídicas en cuyo capital participe mayoritariamente el Estado u otras entidades públicas y por las personas privadas, físicas o jurídicas, gestoras de servicios públicos en lo relacionado con la gestión de dichos servicios.
Asimismo, esta norma obliga a todo poseedor de bienes del patrimonio documental y bibliográfico a conservarlos, protegerlos, destinarlos a un uso que no impida su conservación y a mantenerlos en lugares adecuados, así como a recabar la autorización competente para excluir o eliminar todo o parte de dichos bienes. Para el estudio y dictamen de las cuestiones relativas a la calificación y utilización de dichos documentos, su régimen de acceso e inutilidad administrativa, la Ley de Patrimonio Histórico Español crea la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, cuya composición y funcionamiento contempla el Real Decreto 139/2000, de 4 de febrero.
En desarrollo de las previsiones legales se ha dictado también el Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original. Esta norma persigue garantizar una adecuada y suficiente protección del patrimonio documental de la...
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