Decreto 2625/1971, de 14 de octubre, por el que se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento de Calatayud (Zaragoza) de un inmueble de 294 metros cuadrados, radicado en el mismo término municipal, con destino a la construcción de un edificio para los servicios de Policía gubernativa.

MarginalBOE-A-1971-49033
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyDecreto
B. O. del
E.~N6m.
263 3noviembre 1971
l.7829
DECRETQ2622/1971,
de
14
deoctu9T6,porel_q,lJA3
se
acepta
la donación-a,!
Estado
por, eL-AyuT-tt.;-
miento
de, Baeza lJa·énJ.
de
'un
"inmue:blede
}2.500
metros
cuadrados.
radic:ado
en
el
,mism()t~rmirto
municipal.
con
des(tnoa
laconstr~~ciórvdq
un
Instituto
Nacional
de
Enseñanza
Media.
Por
el
Ayuntamiento
de
Baezaha
sido
ofrecido,
.al
,I!:~tad'O
un
inmueble
de
una
extensión
superficial
de
doce
mil
qu;i:n:ientosm,~~
tras
cuadrados.
sito
en
el
mismo
térmÍllo
municipal,
l:=0n,dest!llo
a
la
construcción
de
un
Instituto
NacümaJ
de'EnseiiaJlz~Media.
Por
el
Ministerio
de
EduCación
y
Ciéricia
se
considera
de
in-
terés
la
referida
construcción.
A
propuesta
peI
Ministro
de
HiH:ienda ypt;'evitl
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
och:o
deoctubre
de
mil
novecientos
setenta
y
uno,
DrSPONGO,
Artículoprimero,-Deconforntidad,con
Jo
dispuesto
en
el
ar~
tículo
veinticuatro
de
la,
Ley
del
Patrimonio,
se
acepta
la
dona
k
ción
al
Estado
por
·el
Ayun
tamiEmta'cie,:Baeza.
de,
un~sol~r
de
doce
mil
quinientos
metroscuadrados,desup~rficie-,'a..:,segreg.ar
deotto
de
mayor
cabida
sito
cerca
del'
convento
de"Tr:ini~i()$
Descalzos
d~l
mismo
término
municipal,
,que;
Unda~:al'No~te';
con
viviendas
de
varios
propietarios
de
la,
calle
R~iÍl()Sosy:cuya
entrada
o
acceso
a
la!?
mismas
es
.-
por
la
",
citada,cal~e.;a,l,S\1r:.
varios
solares
o'
eras
de
emparvar~,yctlmino
"de:;aondti;;
por',e1
Este,
el
solar
denropiedad
municipal
que
sereserv:aet,Ayunta,~
miento
para
construcción
de
un
gt'Upoescolar.,
y
al:
Q13
s
te-.
con
cane
de
Garnic8.,
Figurando
inscritalti
'fincamatri~l:!n~l'
Regis~
tro
de
la
Propiedad
al
folio
doscientosc\Ulrenta'
Y:<:ll8tro>
doscientos
setenta
y
siete,
tomo
seiscientos
veinticitlco,
,finca,nú-
mero
catorce
mil
novecientos
cincuenta
y
siete~inscripción
octava.
El
inmueble
objeto
de
donaciónsédestinama
lacons-trucción
de
un
Instituto
Nacional
de
ErtseñanZ,E¡.
Media.
Artículo
segundo.-El
inmueble
mencion~odebera:
'inc()rpQrar-
se
al
Inventario
General
de
Bienes,delEstado,''Un.av€z
i-nsc~i-to
a
su
nombre
en
el
Registro
de
la
,Propiedad.,-'pt:tra'
su
ulterior
afectaci'::'n
por
el
Ministerio
de
Ha.ciendaaldeEd.ucar;:ióny,Cien-
cia
para
los
Servicios
de
Instituto
Nac;ional
dlr,En$eñ~nza.
Media;
dependientes
de
este
último
Departarnento;Lafina:Hdact
do~
nación
habrá
de
cumplirse
de
eOnformidaci
con'
lo
'dispuesto
en
la
vigente
legislación
de
Régimen
.LocaL '
Articulo
tercero
.......
PoreIMinisterio
dIlHacienda",
a.:t~ávéS>de
la
Direcci6n·
Gener~l
del
Patrimonio
'de1
..
Estado,'~"11éva.rán·.a
cabo
los
trámites
necesarios
para
la
efectividad:
decuanto:se
cUs-
pone·
-en
el
presente
Decreto,.
autor!zán~ose
.alilustrís~m.o,señor
Delegado
de
Hacienda
de
Jaén.
o
funcionario
en
·quietl·.
delegue
para
que
en
nombre
del
Estado
conGurraen
elotorgarnie'nto'de
la
correspondiente
escritura.
Así
lo
dispongo
por
el
presente'J)ecreto.
df:!.do
-en
'Madrid
a
catorce
de
octubre
de
mil
novecientos,
setenta
y
uno.
FRANCISCO FRANCO
El
Ministro
de
Hacienda.
ALBERTO
MONREALLUQUE
DECRETO 2623/1971,
..
de
J4
de octubre, por
el
que
se
~cepta
la.
donación,
al
Estado.poT'
,f?I'Ayu~-t{¡
miento
de
Sueca
(Vedencia) de
un
itlmueb~e,.de
12.000
metros'
cuadracto;s~raci.icaciá
en'el,:rnismotér~
mino
municipdl,
con '4estin
de
un
Instituto
Nacional
..
de
Enseñanza
..
Medíc.'
Por
el
Ayuntamiento.
de
.
Sueca
.•
~V81Em-cia)
.
ha
,sido
"ofrecido
al
Estado
un
inmueble
de.unaext"6'nsión
5:uperfici'al;,dedoce
mil
metros
cuadrados,sito
en
elmismotértninomunicip~l>:,cÓ~ld13'stino
a.
la
construcción.
de
un
Instituto
NacionaI.·deEJ:lseñan~a
Media.
Por
el
Ministerio·
·de
Educación.y
Ciencia
se'
cQnsidera
de
interés
la
referida
construcci6IL
A
propuesta
del
Ministro'de
Hacienday:previaqéliber~¿i6il.
del
Consejo
de
Ministros,
en
su
reunión
del
díA
ocho
de;
octubre
de
mil
novecientos
Setenta
y
uno,
DrSPONGO,
Artículo
primero;-De
conformidad
con
lodispuE;!sto
en
el
ar-
tículo
veinticuatro
de
la.
Leydet
Patrimonio.
se
acepta.
la
dona-
ción
al
Estado
por
el
AyuntamieIlto.de·Sueca{Valenci~)
·de
un
inmueble
sito
en
el
mismo
térmil1o,;,
municipal,l3iulapaJ:'tida
del
TeulardeSancho
o
DosPontóts,CLue
Uilda:porelNorte.
Fillola
del
Racó
de.
la.·Morera;
por.el··.Sur;.resto.d-e·la.
..
finca
de
que
se.'
segrega
y
de
otra
finca
propiedad
del'
Ay:untaI)1iento
de
Sueca;
por
el
Este,
fíncade
18:quasesegr,ega,y~-el()este.
camino
de
los
Dos
Pontets,'
Fillola·
deIs
Frade's~,Il:medio.·La
finca·
objetq
de·
donación
se:
segregará·delain~~ritaeneL.Reg.is~
tro
de
la
Propiedad
al
tomomHsetecientoscincoi,librq.quinie:n~
tos
trece
de
Sueca.
folio
doscientos~eintinueve.númf:!r()
treinta
y
un
mil
seiscientos
ochenta
y
siete;
inscripci6nprim~ra.
La
finca
objeto
de
donación
se
d,estinaníalaconstrUcci6n
de
un
Instituto
Nacional
de
Enseñanza
Medía;
Articulo
segundo.c.-Elinmueble
J;iiericioiladodebera,luroI"Porar·
se
al
Inventa.rio
CeneraLde
Bienes
;
del
Estadoi
una
'vez
inscrito
asunombre
e:u:eL:Re~jstro'de:la
Ptopiedacl;para
su
ulterior
afectació:p.por
el
:K,iinisterio
de
Haden,da
alcie:Educación.
y
Cien"
ch~,'para
Jo~
oSe~vicü)s
de,
11lstituto,Naci-ona;ldeEnsenanza.
Media
depe:p.dientésd~este4JUmo
__
'Departame,n~o,Lafinalidad
de
la
dona9ión,
h
de«:;umplirsed,e
e01lÍoJ:'mid&deon
lo
dispuesto
en
la
vigente
legislllciónde
Régimen:
Loct:l.-l.
Articulo,
tercero':
~Por
..
e1·,
Ministerio
..
de
.
:flacienda,
a
través
dela
Oirección
Ge'ne!al
del
Patri
rnoni9'
del
Estado,
se
llevarán
a .ca'b0 .los, tráJIlites'
....
ne:cesarios
])8,ra
..
1".·
efe.c,tividoo.
de
cuanto
sedtspone
,en
,el:pre;,sente
,D,ecI'eto,
....
autó,rizáJldose
al
.ilustrísimo
señor
De:legado:d'e.Hl\cieIlaa~:le:,vaIencia,o~-uncionario
en
quien
dele~u:e,p1lra,
q'lll:!~nllombredelE~t@.o
concurra'
en
el
otorga·
mientodehi-
eorreSpoJ:ldiente
escritura~':
Así
,",loc;iis}YOngo
','
pOr
'erpre~enteI)'e~r:eto.
~ado
en
Madrid
¡;
catorce
octubre
de
mil
,novecientós':setéritá.
y
uno.
FRANCrSCO FRANCO
~\'
,'Mlntstto,'
de
,'H~clenC1a
ALBERTO
MQNREAL
T"JQUE
..
DECRETO 28W1{}7J.
de
:l4
de
octubre, por
el
que
se
,aceptala'donac-íó:n'Q.I,E$~
pote',
Ayunta·
miex~to'df1Lcr.
'C0rtlñi:lde
un,
inn¡ueble
de.f;518me
..
tr"s'
,cuaqradp8."rcrdicadQ,'
en~lmismQtérmino
mu-
llicipal;,'Cé1),:destino.
P'
,.laconstru
cc
i6
nd6
una
E~
cuela'0/U::úH,
:d61cl,iomag; ,
Por
el
4y.utltami~ntode
4'C~ruñahasido,
ofrecido
al
Estado
ttl1
}nml1ebl'"de,un;8
extensiÓn
superficial
de
cuatro
mil
quinientos
d~écioc,hÓ
,metrosc;uadra:cios."
sito'enel"
l1t1srnQ,término
municipal.
con'clesti'no:
f¡l.
lEL
,~ons~rucclóntie
'1.Ula:E~cue1a",
Oficial
de
Idiomas.
Por
el
Mil,1,!stel1Q.,de
Educación
y
:Ci~nciaseco-nsidera
de
interésIarefer!d8
!L
:propue,stade-I.Minist:r()a-El!,::E:aden~,ypravia
deliberación
del
CQl:lsej.()':c:leM~nistroseI1sú,reuni6n
déldía
ocho
de
octubre
de
mil
novecientos
setenta
y
uno,
DrSPONGO,
Artículo,
primero.?"-De,conformidad
con
10
dispuesto
en
el
ar~
tículo
veínticuatro'(i.eJaLf:!yAelPatrimonio,
se
acepta
la
dona-
ción
al.
Estado.
por.
el
Ayunta,tp.iento d,e·.La
..
·Coruña
de
un
solar
de
cuatromíl
q
uinientos
metros.
cuadrados
de.
superfi-
cie,asegreg:arde,otrode:m~yorca.bida~
sito
en
la
parroquia
d"6'.
San.
Pedro
de
Visma;,
denolll~nado,'''G:rande
de
Asar,.
..
Río
Daponooi> y
..
Axar,. o
..
Asar~.:quel~nda:
Al
.
Norte,
con
resto
de
la
finca
que
quédaalAyun:tállliento4el.a
Coruña;
Sur,
labra-
dío
de
l()sñere!Íero¡;ci$doIl'~ónSegade,
.·libazo y
labradío
má,s,;~lto
de'
do:n.Ai1tonio·. fernánde:z: .:L6j)62:;Este,
labradío
de
-Oapont~"Y,,,Axar»
,:o:,.t\Sf:tr-;,
qJl~,Iil1da:al
,Norte,
con
resto
de
doña-
·.lJolores,::V~qllezy
la
pr()yec:tacla,Jto:nda
de
Outeiro.
4finca,·malrizde.Ia,culUl:lé
,segregfi~Ala
que
es
objeto
de
donac.ión,Jigura,
inscrita
en'
·e!
Regist,rQ,de
la
Propiedad
al
folio
ciento,cua.rentayuno~1ibrot¡;es:cientos'
treinta
y
tres,
sección
seguncia.
de
La
Coruña;
inscripciÓIl.I>z::imera,
.finca
número
veinti-
séismil
D:0vecientclsci1).(luen
ta
y
cinco,
El
inmlle~ble,objeto
dE:1:dona¡;;ión
será
destinado
a
EscuelaOti·
cial,
.d~Idiomas.
ArUculo~egundo;'-?l!~
inmuebleIllencion~O
deber4
incorporal'-"
se
al.
Inventario'Géneral-deB~enes
del
Estado.
una
vez
inscrito
a
su
nombre
en
'f:!IRegist!o
,de
la
Propiedad;
para.
su
ulterior
afeC'tadón'porel'-M.inisteri()
dl;1
Hacienda
~lºe
Educación
y
Cien·
cia.
para
los
serv~cios
de
Escuela'
Oficial
de
Idiomas
dependientes
de
este'
úl
~mo
p~'partaIliento;:
Lafinaliclacl;
de
la
donación
habrá
decuJ:npli¡:;s(O},
de,
confornlid,ad
con
lo
dispue¡;t6
en
la
vigente
leg1&.
ladón
de
Régill1snLocal.
Artícu,lo
..
t-ercero>'-Po-r
el.
Ministerio
.de
.
H~cienda.
a
través
de
la.
Dirección
(J-"6'neral
q~lPa.t,rimoniotiel'
Estado.
se
llevarán
acfi,bo los.
trámites,
necesarii)sparala,
-efectividad
de
cuanto
se ,'disPOlle,en,
el'presente.
Decreto,autQrj~á;ndoseal
ilustrísimo
seíü?r
..
De]e~8,do
de
Haciend8ide,LaGo~ña,
.
o-
funcionario
en
q'4iendelegue~paraque
en
':nombre
deLE:stado
ooncurra
en
el
otorgamiento
:de·
.•
la.,
c;orre.spoIldienteescltura;
Así IQs
,dispongo
por
'el
pi:esente,
Decreto,
dado
en
Madrid
-8,.
catorce
de
.
Qctübte
de
·mil·nOvecientossetenta
y
uno.
FRANCrSCO FRANCO
DECRF;tO'2¡J2:5/1f}~1,
,deH
,efe
octubre,
por
el
que
se .
aCiJPtaladpnación
.al::E~taclo
por
..
el
Ayunta-
miento.de·
Calata)/'ud .(ZqTa,gozaJ.·de
un
inmueble
de.
·294
·mefrq$cttadradqs;
•..
r0clicado
en
el
mismo
térnl'tm). muni,Cif:'Gk .C¡;mdes#Tl{)·a
·laconstrucción
de
un
ediñciopara'
los.
serv,ieiosde
Policía
guber.
na,tiva. '
Por
el
AyuTltaTtliento
deCalatayu4ha.sidQ
ofrecido
al
Estado
un)nmueble
de
un:a:l:!xtensió~
13upe,rficial de,
doscientos
noventa
y .
cuatro
llletn)sCuadrados,sitb.
en
el
;m~SnlO
término
municipal.
(;Qn.-desUn-o'a 10$·.servicio$-
de
Policía
-gubernativa,
17630 3noviemlire 1971 B.
O.
del
K-Num.
263
Por
el
Ministerio
de
la
Gobernación
se
consideJ1l.
de
interés
la
referida
construcción.
A
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
yprévia
deliberación
del
Consejo
de
Ministrasen
su
reunión
.
del
día
ocho
de
octubre
de
mil
novecientos
setenta
y
uno,
DISPONGO,
Articulo
primero.-De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
ar-
tículo
veinticuatro
de
la
Ley
del
Patrimonio.s:e:acepta
ladona-
ción
al
Estado
por
el
Ayuntamiento
de
Calatayud{Zaragozal
de
un
inmueble
de
doscientos
noventa
y
cuatro
1l1ctros
·cuadrados
de
superficie,
a
segregar
de
otro
de
mayor
cabida,
sito
en
la
calle
de
Maura,
que
linda:
al,
Norte;
.con
.calledeDon
Juan
Gualberta
Bermúdez
Ballesteros;
al
Sur,
can.Eléctricas
Reunidas
de
Zaragoza,
Sociedad
Anónima~;
al,
Este,
con
finca
de
la
que
se
segrega,
y
al
Oeste,
con
el
chaflán
y
cáJle
de
Agustina
Simón.
La
finca
matriz
figura
inscrita
en
el
R€lgistro
de
la
Propiedad
al
tomo
mil
doce.
libro
ciento
cincuenta
yseis;, folJo
doscientos
dieciocho,
finca.
número
siete
milochocientós
sesenta
ystes.
El
inmueble
objeto
de
donación
se
destinll:rá a
la
construcción
de
un
edificio
para
los
servicios
de
Policía
gubernativa.
Artículo
segundo.-EI
inmueble
mencionadódebe-ra
incorporar-
se
al
Inventario
General
de
Bienes
del
Estado;
una
vez
inscrito
&
su
nombre
en
el
Registro
de
la
Propiedad,
para
su
ulterior'
afectación
por
el
Ministerio
de
Hacienda
al
,de-la
Gobernación,
para
los
servicios
de
Policíagubernativá
-
dependientes
de
este
último
Departamento.
La
finalidad
de
JadOllllClÓn
habrá
de
cum-
plirse
de
conformidad
con
lo
-
dispuesto
en
la,·
vigente
legislaCión
de
Régimen
Local.
Artículo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado.
se
llevQl'án
a
cabo
los
trámites
necesarios
para
la.
efectIvidad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Decretp,.
a-utoriztmd:bse.
al
ilustrísimo
señ9r
Delegado
de
Hacienda
de
2aragoza,
o
funCionarIo
en
quien
delegue.
para
que
en
nombre
del
Estado
concurra
en el
otorga~
miento
de
la
correspondiente
eSCritura;
Así
10
dispongo
por
el
presente
Decreto.
dado
en
Madrid
a
catorce
de
octubre
de
mil
novecientos
setenta
y
uno.
FRANCISCO
FRANCO
El
Ministro
de
Hacienda,
ALBERTO
MONREAL
'LUQUE
DECRETO
2B28/1971,
de
14
de
octubre,
por
el
que
se
acepta
la
donación
al
Estado
por
el
Ayunta,-
miento
de
Arrecife
de
Lanzarotede
Un
inmueble
de
300
metroscúadrados,
radicado
en
el
mismo
tér-
mino
municipal,
con
desfino
ala
construcción
d~
un
ediflcio
para
lósserviciosdependierites
MI
Mi-
nisterio
de
Hacienda
en
dicha
localidad.
Por
el
Ayuntamiento
de
Arrecife
de
I.-anzarote
ha
sido
ofrecido
al
Estado
un
inmueble
de
una
extensión
superficial
de
tresch;mtos
metros
cuadrados,
sito
en
el
mismo
término
municipal,
con
destino
a.
los
Servicios
dependientes
dél
Ministerio
Hliciendaen
dicha
localidad.
Por
el
Ministerio
de
Hacienda
se
considera
de
interés
la
referi-
da
construcción.
A
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
ueHheración
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
ocho
de
octubre
de
mil
novecientos
setenta
y
uno,
DISPONGO:
Artículo
primero.~De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
ar-
tículo
veinticuatro
de
la
Ley
del
Patrimonio,
se
acepta
la
dona~
ción
al
Estado
por
el
Ayuntamiento
c..e
Armcjfe
de·
Lanzarote
de
un
solar
de
trescientos
metr'os
cuadrados
de
superficie,
sito
en
la
calle
de
Juan
de
Quesada,
que
lluda:
por
el
frente
o
Sur,
calle
de
su
situación;
derecha,
entrando.
calle
en
proyecto;
por
el
Oeste
o
izquierda
y
Norte.
o
espalda,fíhca
de-
la
que
se
segregó.
El
inmueble
objeto
dedohación
se
destinil-rá- a
la
construcción
de
un
edificio
para
los
Servicios
dependientes
del
Ministerio
de
Hacienda.
Articulo
segundo.-EI
inmueble
mencionado
deberá
incorpo~
rarse
al
Inventario
General
de
Bienes
del
Estado,
una
vezü\scrito
a
su
n?mbre
en
el
Registro
de
la
Propi~dad,para.
su
ulterior
afectaCIón
por
el
Ministério
de
Hacienda
alt1(lo
SU
mismo
Depar-
tamento,
para
los
servicios
de
Delegación
de
Hacienda
dependien-
tes
d,e
este
último
Departamento.
La·
finalidad.
de··
la
donación
habra
de
cumplirse
de
confonnidM
con
lo
d~spU-éstó
aula
vigen-
te
legislación
de
Régimen
LocaL
Artículo
tercero.~Por
el
Ministerio
de
Hacienda
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
EstEi.do
;e
llevarán
a
cabo
los
tramites
necesarios
para.
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Decreto;autonzándose
al
Hugtrfsi.wo
señor
Delegado
de
Hacienda
·de
Las
Palmas;
o
funcionario
en
quien
delegue,
para
que
en
nombre·
del
Estado
concurra
en
el
otorgamiento
de
la
correspondienteescrituTa.
Así
lo
dispongo
por
el-
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
catorce
de
oNubre
de
mil
novecientos
setenta
y
uno.
FRANCISCO
FRANCO
El
MInIstro
de
Hac:'l~!:'!da.
ALBERTO
~vIONH.-EAr..
LUQUE
DECRETO
2627/1971,
de
14
de
octubre,
por
el
que
se
acepta
la
donación
al
Estado
por
el
Ayunta-
míe-nto
de
Plasencía
(Cá'cer-es)
de
unos
inmuebles
de
450
y2.000
metros
cuadrados,
radicados
en
el
mismotétmino
municipal,
con
destino
a
la
COm!"
Uucct6n
de
un
lazareto
pecuario
e
instalación
de
Una
báscula.
Por
el
Ayuntamiento
dePlasencia
han
sido
ofrecidos
al
Esta·
do
unos.
inmue~les
de
una
extensión
superficial
de
cuatrocientos
cincuenta
y
dos
mill11etros
cuadra-dQs;
sitos
en
el
mismo
término
municipal;
con
destino
a
la
instalación
de'una
báscula
y
la
Cons-
trucción
de
un
lazareto
pecuario.
Por
el
Ministerio
de
Agricultura
se
com;idera
de
interés
la
referida
construcción.
A
propuesta
del
Ministro
de
HaC1enda
y;Jrevia
deli!?eración
del
Consejo
e.e
Ministros
en
su
reunión
del
día
ocho
de
octubre
de
mil
nall,ecieuLo;;
setenta
y
uno,
DISPONGO,
ArLiculü
pr¡me¡-o,~De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
ar-
ticulo
veillticuatl'O
de
la
Ley
del
Patrimonio,
se
acepta
la
dona·
ción
al
Esta,do
por
el
AyuntamIento
de
Plasencia
de
unos
inmue-
bles
de
cuatrocientos
cincuenta
y
dos
mil
metros
cuadrados
de
supcrfic;ie, a
segregar
ambos
de
la
finca
denominada
..
Capote»,
sita-
en
el
mismo
término
mUllicipal
y
que
linda:
la
de
cua-
trocientos
cincuenta
ütetros
cuadrados;
por
sus
cuatro
puntos
car~
dinales
con
finca
de
la
que
se
segrega,
y
la
finca
de
dos
mil
metros
cuadrados
de
,superficie-
linda,
al
Norte,
con
terrenos
de
la
finca.
matriz;
al.
Oeste,
cón
propiedad
vecina
de
herederos
del
señor
Dilos:
,al
Sur,
con
la
carretera
de.
Montehermoso;
al
Este,
con
resto
de
lafincama-triz~Figu:rando
inscrita
la
finca
matriz
en
el·
Registro
de
la
Propiedad
al
tomo
setecientos
ochenta
yocho,
hbtociento
cuarenta
y
nueve,
folio
ciento
quince
vuelto,
finca
tres.mil
novecientos
setenta
y
siete,
Los
inmuebles
ohjeto
de
donación
se
destinarán
a
la
instala-
cióJ1
de
una
blt-sculay
la
construcción
de
un
lazareto
pecuario.
Artículo
segundo.:-Los
inmuebles
-mencionados
doberán
incor-
poral-se
al
Inventario
General
de
Bienes
del
Estado,
una
vez
ins-
critos
asu- rt-ómbre
eh-el
Registro
de
la
Propiedad,
para
su
ulterior
afectación
por
el
Mínisterio
de
Hacienda
al
de
Agricul-
tura
para
los
Servicios
de
báscula
y
lazareto
pecuario,
depen-
dientes
de
este
úUimo
Departamento.
La
finalidad
de
la
dona.,
ciói1
habrá
decumpHtse
de
eonforni.idadcon
lo
dispuesto
en
la
vigentelégi:s[ación
de
Régimen
LocaL
Artículo
terqero.-Por
el
Minist€wio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del·'
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
necesarioS
para
la
efectividad
de
cuanto
se
dis-
pone
en
el
presente
Decreto,
autorizándose
al
ilustrísimo
señor
Delegado
de
H~dendade
Cácereso
fUncionario
en
quien
delegue
para
que
en
nombra
del
Estadóconcurra
en
el
otorgamiento
de
la
correspondiente
escritura.
Así.
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
catorce
de
octubre
de
mil
no'.'ecientbs
setenta
y
uno.
FRANCISCO
FRANCO
El
M¡nistcQ
de
Hacienda,
ALBERTO
MONREAL
LUQUE
DECRETO
262811971,
de
14
de
octubre,
por
el
que
se
acepta
la
donación
al
Estado
por
don
Eugenio
l1rechoso
Migueldeun'jnmueble
de
1.800
metros
cuadrados,_
radicadoenCisneros
(Palencia),
con
destino a
la
construcción
de
una
ca8a~cuartel
para
la
Guardia
Civil.
Por
don
Eugenio
Frechoso
Miguel
ha.
sido
ofrecido
al
Estado
un
inmueble
de
una
extensión
superficial
de
mil
seiscientos
metros
cuadrados,
sito
'én
Cisneros,
con
destino
a
la
construcción
de
una
casa~cU:artelpara
la
Guardia
CiviL
Por
el
Ministerio
de
la
Gobernáci6n
se
considera
de
interés
la
referida
éonstrucción.
A
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
ocho
de
octubre
de
roH
novecientos
setenta.· y
uno,

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