Orden ECI/158/2005, de 31 de enero, por la que se establecen las bases de los Programas Ramón y Cajal y Juan de la Cierva para el periodo 2005-2007, en el marco del Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Febrero de 2005
MarginalBOE-A-2005-1817
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

ORDEN ECI/158/2005, de 31 de enero, por la que se establecen las bases de los Programas Ramón y Cajal y Juan de la Cierva para el periodo 2005-2007, en el marco del Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

El Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) 2004-2007, responde al concepto de Plan Nacional definido en el capítulo I de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica y establece una serie de programas de carácter horizontal, entre los que se encuentra el Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos, al que se refiere y desarrolla esta Orden de bases.

Entre los objetivos del citado Programa Nacional se encuentra el de favorecer la expansión de la demanda de doctores y tecnólogos por parte del Sistema español de Ciencia-Tecnología-Empresa, tanto pública como empresarial, como mecanismo base para el cumplimiento de los objetivos y mejora del impacto de la ciencia y la tecnología en la economía española. Se trata de promover la reincorporación, estabilización e inserción profesional, por medio del fomento de medidas de contratación, de los doctores y tecnólogos, tanto en el sector público como en el sector privado. Dentro de las modalidades de participación del Plan Nacional, en el apartado relativo a recursos humanos, se recogen las ayudas para la contratación de personal investigador y técnico, entre las cuales se incluye la de doctores en Centros de I+D públicos y privados sin ánimo de lucro, que es la que se desarrolla en esta Orden de bases a través de los Programas Ramón y Cajal y Juan de la Cierva.

A través de esta Orden de bases, que da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se establecen las bases reguladoras de los Programas Ramón y Cajal y Juan de la Cierva. Como se establece en el apartado octavo de esta Orden de bases, por Resolución del Secretario de Estado de Universidades e Investigación se realizarán las convocatorias de ambos Programas.

Con esta Orden se pretende continuar la política de apoyo a la incorporación de doctores al sistema nacional de I+D iniciada con el Programa Ramón y Cajal en el año 2001, que ha supuesto la oferta de 2300 contratos en cuatro años, y continuada con el Programa Juan de la Cierva, puesto en marcha en el año 2004 con la oferta de 350 contratos.

Las ayudas que se concedan, dado que los beneficiarios de las mismas no intervienen en ningún sector económico y las actividades de I+D no se realizan por cuenta o en colaboración con empresas, no tienen la consideración de ayudas de Estado a los efectos del apartado 1 del artículo 87 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y del 'Encuadramiento comunitario sobre ayudas de Estado de investigación y desarrollo' (96/C45/06).

La presente Orden será difundida por Internet a través de la página web del Ministerio de Educación y Ciencia (www.mec.es).

En su virtud, previo informe de la Secretaría General Técnica, Abogacía del Estado e Intervención Delegada, dispongo:

CAPÍTULO I Disposiciones generales.

Primero. Objeto.

El objeto de la presente Orden es regular las bases de los Programas Ramón y Cajal y Juan de la Cierva para la contratación de doctores de todas las áreas de conocimiento por Centros de I+D, en el marco del Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

Segundo. Ámbito temporal.

De acuerdo con el Plan Nacional de I+D+I, esta Orden estará vigente hasta el 31/12/2007. Dado que los contratos que se financien con cargo a los Programas Ramón y Cajal y Juan de la Cierva se pueden extender más allá del año 2007, último año de vigencia del Plan, dichos contratos podrán ser objeto de ayuda hasta su finalización según establezcan las respectivas convocatorias y resoluciones de concesión de ayudas.

Tercero. Beneficiarios.

  1. Podrán ser solicitantes y beneficiarios de las ayudas que se concedan al amparo de esta Orden de bases los Centros de I+D, sin ánimo de lucro, que tengan capacidad de contratación laboral, a los que se refiere el punto siguiente.

  2. A los efectos de esta Orden se entiende por Centro de I+D:

    1. Centros públicos de I+D: las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica, los centros de I+D con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados o dependientes de la Administración General del Estado y los centros de I+D vinculados o dependientes de Administraciones públicas territoriales, independientemente de su personalidad jurídica.

    2. Centros públicos y privados de I+D sin ánimo de lucro: las universidades privadas y entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D, incluidos los centros tecnológicos cuya propiedad y gestión sea mayoritariamente de las Administraciones públicas.

    3. Centros tecnológicos: centros de innovación y tecnología reconocidos según el Real Decreto 2609/1996, de 20 de diciembre y cuya propiedad u órgano de gobierno no sea mayoritaria de las administraciones públicas.

    Cuarto. Cuantía y conceptos susceptibles de ayuda.

  3. Las ayudas previstas en esta Orden de bases para los Centros de I+D se destinarán a la cofinanciación del coste de la contratación de los investigadores, entendiendo por tal coste la suma de la retribución bruta de los investigadores más la cuota empresarial de la Seguridad Social. En las Resoluciones de convocatoria se fijará la cuantía de las ayudas a conceder.

  4. Además, en el Programa Ramón y Cajal se concederá una ayuda adicional para cubrir los gastos directamente relacionados con la puesta en marcha y desarrollo inicial de lasactividades de investigación del investigador contratado, una vez incorporado a su puesto de trabajo en el Centro de I+D.

    Quinto. Duración de las ayudas.

    Las ayudas para la contratación de doctores concedidas con cargo a esta Orden de bases tendrán una duración de cinco años en el caso del Programa Ramón y Cajal y de tres años en el caso del Programa Juan de la Cierva.

    Sexto. Régimen de compatibilidades.

  5. Los contratos financiados con...

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