Real Decreto 1740/1982, de 18 de Junio, por el que se crean los Refugios nacionales de Caza de la Buitrera (salamanca), laguna de Fuentepiedra (malaga) y Ojeda, inagua y Pajonales (las Palmas).
Marginal | BOE-A-1982-19580 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Educacion y Ciencia |
Rango de Ley | Real Decreto |
En el artículo once.uno de la Ley de caza, de cuatro de abril de mil novecientos setenta y en el artículo doce.uno del reglamento para su aplicación, de veinticinco de marzo de mil novecientos setenta y uno, está prevista la creación de refugios nacionales de caza cuando, por razones biológicas, científicas o educativas, sea preciso asegurar la conservación de determinadas especies de la fauna cinegética. Por otra parte, los compromisos contraídos por el Estado Español mediante la firma y ratificación de Convenios Internacionales de protección de la Fauna Silvestre y de sus hábitats encaminados la defensa de las poblaciones de determinadas especies migratorias y otras indígenas amenazadas de extinción, aconsejan la creación de dichos refugios nacionales de caza.
En su virtud. A propuesta del Ministro de Agricultura, pesca y alimentación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dieciocho de junio de mil novecientos ochenta y dos, dispongo:
Este Instituto, a petición de otros organismos oficiales o entidades públicas y privada.s de carácter científico o educativo, podrá autorizar en aquéllos la realización de estudios o trabajos, así como la visita de los mismos y la observación de sus poblaciones faunísticas, estableciendo las condiciones que, en cada caso, procedan, a fin de no perturbar los fines de conservación de las especies
No obstante, cuando existan razones de orden biológico, técnico o científico, que aconsejen la captura o reducción de ejemplares de determinadas especies, el Instituto Nacional para la conservación de la naturaleza podrá conceder las oportunas autorizaciones y fijar las condiciones aplicables en cada caso.
A este último respecto, delimitará las áreas donde sea preciso con carácter temporal o permanente, restringir las visitas o limitar determinados aprovechamientos o actividades.
Dado en Madrid a dieciocho de junio de mil novecientos ochenta y dos.- Juan Carlos R.- El Ministro de Agricultura, pesca y alimentación, josé Luis Alvarez Alvarez.
Anexo
Delimitación y enumeración de las especies principales existentes en los refugios nacionales de caza de la buitrera Salamanca, Laguna de fuentepiedra (málaga) y ojeda, inagua y pajonales (Las Palmas)
Refugio nacional de la buitrera
Comprende los terrenos del monte propiedad del estado denominado
Especies principales: Buitre negro (aegypius monachus), alimoche (neophron percnopterus) y lince (lynx pardina).
Refugio nacional de La Laguna de fuentepiedra
Comprende las aguas de La Laguna y una faja de terreno a su alrededor, debidamente delimitada y amoionada, todo ello propiedad del estado> tiene una superficie de 1.355 hectáreas y se encuentra situado en los términos municipales de fuente de piedra y antequera, de la provincia de málaga.
Especies principales: Flamenco (phoenicopterus ruber), grulla común (grus grus), garza Real (ardea cinerea), ánade Real (anas platyrhynchos), pato colorado (netta rufina) y otras aves acuáticas.
Refugio nacional de ojeda, iñagua y pajonales
Comprende los terrenos de tres montes propiedad del estado, denominados ojeda, inagua y pajonales, colindantes entre sí, con una superficie conjunta de. 3.734 hectáreas y sitos en los términos municipales de tejeda, mogán y San nicolás de tolentino, de la isla de Gran Canaria, provincia de Las Palmas. Especies principales: Perdiz roja Canaria (alectoris rufa australis), canario silvestre (serinus canarius canarius), pinzón azul (fringilla teydea polatzeki), alimoche (neophron pernopterus) y pájaro peto