Orden ECI/979/2007, de 3 de abril, por la que se convoca el concurso nacional de buenas prácticas para la dinamización e innovación de las bibliotecas de los centros escolares para el año 2007.

MarginalBOE-A-2007-7937
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

El rápido crecimiento de la cantidad de información disponible requiere hoy más que nunca formar lectores críticos que puedan seleccionar e interpretar la ingente cantidad de mensajes que se reciben a través de los más variados canales y presentados en tan diferentes soportes. Es preciso formar lectores con capacidad para conocer sus necesidades, buscar y valorar la pertinencia de sus lecturas, comprender lo que leen, emitir juicios críticos y reformular y transformar los contenidos, todo ello con una actitud reflexiva y crítica tanto para informarse como para aprender, disfrutar y opinar a lo largo de toda la vida.

Es por ello imprescindible dotar a niños y jóvenes de hábitos de lectura basados en competencias lectoras sólidas, en la alfabetización en tecnologías avanzadas y nuevos lenguajes, en la capacidad de acceso a una variada tipología textual, en actitudes críticas, reflexivas y creativas y en el manejo de estrategias de acceso a la información y su posterior reelaboración.

Los centros educativos cuentan para el desarrollo del hábito lector y el manejo de la información con una serie de instrumentos, entre los cuales el más importante es el desarrollo de los contenidos de las diferentes áreas y materias, marco adecuado para el aprendizaje de la lectura eficaz y de las habilidades que permitan buscar y tratar la información, pero, además, cuentan con una herramienta básica que es la biblioteca escolar.

La biblioteca escolar es un recurso educativo al servicio del currículo y el proyecto educativo del centro y se concibe en la actualidad como un espacio dinámico de recursos y servicios de información que cumple un papel primordial en el proceso de enseñanza y aprendizaje, y como tal es un instrumento fundamentalmente de índole pedagógica que apoya la labor docente. Tiene que actuar como centro de recursos que favorezca los proyectos interdisciplinares y el trabajo en equipo del alumnado y del profesorado, enriqueciendo la actividad en el aula y facilitando la participación en los programas y proyectos del centro.

La buena organización de la biblioteca, la dotación adecuada, el funcionamiento adaptado a las necesidades del alumnado y la organización de actividades en torno a ella son instrumentos eficaces cuando se persigue fomentar el gusto por la lectura y la adquisición de habilidades asociadas a la búsqueda y tratamiento de la información.

El potencial de apertura extraescolar al entorno de las bibliotecas escolares permite promover un espacio de encuentro y complementar la oferta educativa y cultural. A su vez, la biblioteca escolar puede ser un agente de compensación social ofreciendo a todos los usuarios, independientemente del estrato socioeconómico de procedencia, la posibilidad de acceso igualitario a los bienes culturales y a sus recursos.

Las bibliotecas actuales deben, pues, ampliar sus funciones, incrementar sus fondos y recursos, permitir un uso autónomo del catálogo y mejorar sus servicios en un proceso de dinamización e innovación continua que permita alcanzar el máximo de su potencial como recurso al servicio de la comunidad educativa.

La Ley Orgánica de Educación (LOE) en el artículo 2.2 señala la atención prioritaria que los poderes públicos prestarán al fomento de la lectura y al uso de las bibliotecas escolares como factores que favorecen la calidad de la enseñanza. El artículo 113 menciona expresamente que las bibliotecas escolares contribuirán a fomentar la lectura y a que el alumno acceda a la información y otros recursos para el aprendizaje de las demás áreas y materias y pueda formarse en el uso crítico de los mismos. Asimismo señala que la organización de las bibliotecas escolares deberá permitir que funcionen como un espacio abierto a la comunidad educativa de los centros respectivos.

En los artículos 19.3 y 26.2 de la Ley también se señala la necesidad de dedicar un tiempo diario al fomento del hábito de la lectura en la práctica docente de todas las materias en la educación primaria y secundaria.

Toda la importancia que la Ley otorga a la lectura se concreta en los decretos de enseñanzas mínimas de la educación primaria y de la educación secundaria obligatoria, donde se señala el interés que adquiere la lectura para la adquisición de las competencias básicas que se establecen en los mismos, especialmente para el adecuado logro de las competencias en Comunicación lingüística, en el Tratamiento de la información y competencia digital, en Aprender a aprender y en la Autonomía e iniciativa personal.

En esta perspectiva la biblioteca escolar se convierte en el eje de cualquier plan de acción de fomento de la lectura y de acceso a la información, emergiendo como centro de recursos para el aprendizaje al servicio del proyecto educativo de los centros docentes.

Para responder a las necesidades y exigencias señaladas anteriormente, el Ministerio de Educación y Ciencia ha distribuido a las Comunidades Autónomas en el año 2005, 25.000.000 de euros, y en los años 2006 y 2007, 9.000.000 de euros en cada uno de los ejercicios presupuestarios, destinados a apoyar las actuaciones en relación a la mejora de las bibliotecas escolares de las Comunidades Autónomas, que deben aportar a este fin cantidades al menos iguales.

Por otra parte, la Ley Orgánica de Educación en el artículo 89 señala que el Ministerio de Educación y Ciencia, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas, podrá establecer premios de carácter estatal destinados a centros escolares. Asimismo, el artículo 90 de la...

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