DECRETO 200/2003, de 1 de julio, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, los baños árabes de la Zubia (Granada).

MarginalBOE-A-2003-16580
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonóma de Andalucia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 200/2003, de 1 de julio, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, los baños árabes de la Zubia (Granada).

  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, los de afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad, atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. En este sentido el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de dicha Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha declaración.

  2. Los Baños Árabes de La Zubia, construidos entre los siglos XII y XIII, constituyen un interesante ejemplo de la tipología de baño rural musulmán. Este inmueble y la cercana Casa de las Infantas son los únicos restos conservados de las edificaciones árabes que existieron en la histórica alquería de La Zubia, lo que aumenta su valor testimonial e histórico.

    El edificio sigue el modelo de baño rural musulmán, determinado por su estructura simplificada y su carácter eminentemente funcional, en el que sobresale la extraordinaria solidez de la construcción. Su distribución consiste en una sucesión de salas, de las cuales dos se conservan completas y de una tercera se observan los restos.

    Las salas, de planta rectangular, se cubren con bóvedas de medio cañón en las que se hallan las características lumbreras con forma estrellada.

    Por otra parte, se conservan restos de las infraestructuras propias del baño, como la caldera y la leñera, registrándose también el...

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