Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, con la categoría de monumento, a favor de la sede del Archivo General de la Guerra Civil Española ubicado en el antiguo Colegio de San Ambrosio de Salamanca.

MarginalBOE-A-2011-3658
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyResolución

En ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 20 de mayo de 2010, en el recurso contencioso administrativo 1155/2006 interpuesto por la Junta de Castilla y León, y en ejecución del auto del Tribunal Supremo de fecha 22 de noviembre de 2010, se procede a la incoación del expediente de declaración Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento o de Sitio Histórico, de la sede del Archivo General de la Guerra Civil Española ubicado en el Colegio de San Ambrosio de Salamanca, así como los bienes muebles y, en particular, los fondos documentales procedentes de la Delegación del Estado para la recuperación de Documentos, de la Delegación de Asuntos Especiales y de su ulterior unificación en la Sección de Servicios Documentales de la Presidencia, existentes en el momento de adscribirse al Ministerio de Cultura para configurarse como Sección del Archivo Histórico Nacional, adscribiéndolos a aquél.

La Junta de Castilla y León solicitó, con fecha 2 de diciembre de 2004, «la declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento o de Sitio Histórico, del antiguo Hospital de San José, después Colegio de San Ambrosio y actualmente sede del Archivo General de la Guerra Civil Española, en la ciudad de Salamanca, y la inclusión en la declaración como Bienes de Interés Cultural, por constituir parte esencial de su historia, de los bienes muebles y, en especial, de los fondos documentales procedentes de la Delegación del Estado para la Recuperación de Documentos, de la Delegación de Asuntos Especiales y de su posterior unificación en la Sección de Servicios Documentales de la Presidencia, existentes en el momento de adscribirse al Ministerio de Cultura para constituirse como Sección del Archivo Histórico Nacional».

Por estar dicho bien afectado a la Administración del Estado, es el Ministerio de Cultura competente para su declaración de conformidad con lo que al efecto establece el artículo 6.º b) de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, y conforme al procedimiento previsto en su artículo 9 para su declaración.

El artículo 60.1 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, señala que quedarán sometidos al régimen que esta ley establece para los Bienes de Interés Cultural los inmuebles destinados a la instalación de Archivos, Bibliotecas y Museos de titularidad estatal, así como los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español en ellos custodiados. El inmueble que contiene las instalaciones y los bienes muebles del Archivo General de la Guerra Civil...

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