Resolución de 16 de febrero de 1981, de La Dirección general de la Energia, por la que se fijan los límites de coste básicos para los combustibles consumidos en las centrales térmicas y la participación de ofico en la Recaudacion de las empresas eléctricas.

MarginalBOE-A-1981-5378
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

El apartado 7. De la orden del Ministerio de Industria y Energia de 24 de enero de 1981, por la que se desarrolla el Real Decreto 70/1981, de 16 de enero, que aprueba las nuevas tarifas elÈctricas, dispone que los lÌmites de coste b·sicos para los combustibles consumidos en las centrales tÈrmicas, establecidos por orden de estÈ departamento de 9 de febrero de 1980, ser·n reajustados periÛdicamente por La DirecciÛn general de la Energia, de acuerdo con los nuevos precios del fuel-Oil, y, en los casos que sea precisÛ, del Carbon importado, y que tambiÈn revisar· y reajustar· periÛdicamente la participaciÛn de ofico en la Recaudacion de las empresas elÈctricas, de forma que se logre un equilibrio suficiente de la situaciÛn econÛmica de dicha oficina

En la presente resoluciÛn se revisan, en consecuencia, tales valores

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por la citada Orden Ministerial

Esta DirecciÛn general ha tenido a bien resolver:

Primero.-El lÌmite de coste unitario p1 para la hulla y antracita, definido en el apartado 1. De la orden de 9 de febrero de 1980, se establece en 6.321 pesetas/tonelada

El lÌmite de coste pot de los lignitos negros de AragÛn, cataluÒa y baleares se establece en 1,0178 pta/th de poder calorÌfico superior (pcs)

Segundo.-Las compensaciones de ofico a las centrales consumidoras de hulla, antracita y lignito negro, se calcular·n en basÈ a los nuevos valores y a los precios y complementÛ vientes para la compra de los carbones respectivos

Tercero.-El lÌmite de coste p queda establecido en 1,3608 ptas/th de poder calorÌfico superior (pcs), valor que...

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