ORDEN de 2 de julio de 1999 por la que se autoriza la ampliación de una unidad de Educación Básica en el centro privado concertado de Educación Especial denominado «Centro Educativo Autrade», de Ciudad Real.

MarginalBOE-A-1999-17332
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Cultura
Rango de LeyOrden

ORDEN de 2 de julio de 1999 por la que se autoriza la ampliación de una unidad de Educación Básica en el centro privado concertado de Educación Especial denominado 'Centro Educativo Autrade', de Ciudad Real.

Visto el expediente promovido a instancia de don Pedro Ugarte Vera, en representación de la Asociación Regional de Afectados de Autismo y Otros Trastornos del Desarrollo (AUTRADE), titular del centro privado concertado de Educación Especial denominado 'Centro Educativo Autrade', sito en carretera de Fuensanta, número 61, de Ciudad Real, en solicitud de modificación de la autorización concedida al centro, en el sentido de ampliar una unidad de Educación Básica,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.--Modificar la autorización concedida al centro, en el sentido de ampliar una unidad de Educación Básica, quedando constituido el centro de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Educación Especial. Denominación específica: 'Centro Educativo Autrade'. Provincia: Ciudad Real. Municipio:

Ciudad Real. Localidad: Ciudad Real. Domicilio: Carretera de Fuensanta, 61. Titular: Asociación Regional de Afectados de Autismo y Otros Trastornos del Desarrollo (AUTRADE). Capacidad: Tres unidades de Educación Básica.

El centro deberá cumplir lo dispuesto en la Orden de 18 de septiembre de 1990 ('Boletín Oficial del Estado' de 2 de octubre) por la que se establecen las proporciones de profesionales/alumnos en la atención educativa de los alumnos con necesidades especiales.

Segundo.--El centro cuya autorización se modifica está acogido al régimen de conciertos educativos y, por tanto, la puesta en funcionamiento de la unidad de Educación Básica que se amplía por la presente Orden debe entrar en las previsiones que, fruto de la planificación efectuada, haya hecho la Administración para atender suficientemente las necesidades de escolarización.

En consecuencia, la unidad citada entrará en funcionamiento en razón de la modificación del concierto educativo que el centro tienen suscrito, modificación que se tramitará según lo dispuesto en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre ('Boletín Oficial del Estado' del 27), por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre...

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