Orden ECI/908/2006, de 3 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca a las entidades bancarias para participar en el programa de préstamos a estudiantes para facilitar la realización de estudios universitarios oficiales en el curso académico 2006-2007.

MarginalBOE-A-2006-5768
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

Orden ECI/908/2006, de 3 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca a las entidades bancarias para participar en el programa de préstamos a estudiantes para facilitar la realización de estudios universitarios oficiales en el curso académico 2006-2007.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 45.4 que: «Con objeto de que nadie quede excluido del estudio en la universidad por razones económicas, el Estado y las Comunidades Autónomas así como las propias Universidades, instrumentarán una política de becas, ayudas y créditos a los estudiantes y, en el caso de las Universidades públicas, establecerán, asimismo, modalidades de exención parcial o total del pago de los precios públicos por prestación de servicios académicos».

Al amparo de la previsión indicada anteriormente, el Ministerio de Educación y Ciencia convoca un programa dirigido a apoyar financieramente a los estudiantes universitarios que van a cursar los últimos cursos de licenciatura, ingeniería, arquitectura o ingeniería técnica y diplomatura, así como estudios oficiales de postgrado. Con este fin y por la presente Orden se establecen la bases reguladoras para la selección de las entidades bancarias que estén dispuestas a participar en este programa de préstamos subvencionados.

Una vez efectuada la selección de las entidades bancarias colaboradoras, se realizará la convocatoria dirigida a los estudiantes universitarios que deseen obtener la financiación a los préstamos que soliciten a través de dichas entidades.

Por las razones expuestas, este Ministerio ha resuelto:

  1. Publicar la convocatoria para la selección de las entidades bancarias interesadas en participar en el programa de ayudas para financiar los préstamos solicitados por estudiantes universitarios a través de ellas, para cursar estudios oficiales universitarios y de posgrado, que se regirá por las bases reguladoras contenidas en el anexo de la presente resolución.

  2. Asimismo la convocatoria se regirá por lo dispuesto en:

    1. La Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica (Boletín Oficial del Estado de 18 de abril).

    2. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado del 27 de noviembre), en su redacción dada por la Ley 4/1999.

    3. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (Boletín Oficial del Estado de 24 de diciembre).

    4. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado del 18 de noviembre).

    5. La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre).

    6. El Real Decreto 1553/2004, de 24 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia (Boletín Oficial del Estado de 26 de junio).

    7. El Real Decreto Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Posgrado.

    8. El Real Decreto 285/2004 de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior, en la redacción dada por el Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo, por el que se modifica el Real Decre-to 285/2004.

    9. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero (Boletín Oficial del Estado de 28 de enero), de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia.

    10. La Orden de ECI/1305/2005, de 20 de abril (Boletín Oficial del Estado del 12 de mayo) de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

    Y demás normas vigentes que sean de aplicación.

  3. La financiación de los préstamos se efectuará por el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.322C.783 para el año 2006, previéndose un gasto máximo de 897.133 euros.

  4. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Asimismo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación.

    Lo que pongo en su conocimiento a los efectos pertinentes.

    Madrid, 3 de marzo de 2006.

    SAN SEGUNDO GÓMEZ DE CADIÑANOS

    Sra. Directora general de Universidades.

    ANEXO

    Bases reguladoras de la convocatoria

    La selección de las entidades bancarias colaboradoras que participen en esta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR