Resolución de 26 de Enero de 2009, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se abre información pública correspondiente al expediente de expropiación forzosa motivado por las obras de la Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) 'Aeropuerto de Palma de Mallorca. Expropiación de terrenos necesarios para la instalación de un nuevo DVOR/DME en el Pico de la Atalaya', en el término municipal de Andratx (Mallorca) (Expediente número: 89-Aena/08).

MarginalBOE-B-2009-4592
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EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

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MINISTERIO DE FOMENTO 4592 Resolución de 26 de Enero de 2009, de la Dirección General de

Aviación Civil, por la que se abre información pública correspondiente al expediente de expropiación forzosa motivado por las obras de la Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) "Aeropuerto de Palma de Mallorca. Expropiación de terrenos necesarios para la instalación de un nuevo DVOR/DME en el Pico de la Atalaya", en el término municipal de Andratx (Mallorca) (Expediente número: 89-Aena/08).

La Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea(Aena), insta la incoación del correspondiente expediente expropiatorio para disponer de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del Proyecto de expropiación forzosa "Aeropuerto de Palma de Mallorca. Expropiación de terrenos necesarios para la instalación de un nuevo DVOR/DME en el Pico de la Atalaya",en el término municipal de Andratx (Mallorca).

Dichas obras están incluidas en la normativa prevista en el artículo 46 de la Ley de Navegación Aérea de 21 de julio de 1960, siendo por tanto, aplicable a las mismas los preceptos contenidos en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957.

En su virtud, y a los efectos señalados en el Título II del Capitulo II, de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y en los concordantes del Reglamento, este Ministerio ha resuelto:

En el día de la fecha, abrir Información Pública durante un plazo de quince (15)días hábiles, computados en la forma dispuesta en el artículo 17, párrafo primero, del Reglamento de 26 de abril de 1957, para que los propietarios que figuran en la relación que a continuación se detalla y todas las demás personas o entidades que se estimen afectadas por la ejecución de las obras, puedan formular por escrito, ante este Departamento, las alegaciones que consideren oportunas, de acuerdo...

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