Resolución de 30 de junio de 2011, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se crea la Sede Electrónica del Organismo.

MarginalBOE-A-2011-13621
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, creó el concepto de «Sede Electrónica», definiéndola como aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias. Asimismo, establece que cada Administración Pública determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas.

Por otra parte, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, además de regular esta figura en sus artículos 3 al 9, determina específicamente en su artículo 3.2 que las sedes electrónicas se crearán, en el caso de organismos públicos, mediante resolución de su titular, que deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado», determinando el contenido mínimo de esta norma aprobatoria.

En aplicación de las mencionadas previsiones legales, esta resolución tiene por objeto la creación de la Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, previo acuerdo en estos términos adoptado por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en sesión celebrada el 25 de marzo de 2011.

El artículo 41.2 a) de la Ley 27/1992, confiere al Presidente de la Autoridad Portuaria la función de representar de modo permanente a la Autoridad Portuaria y a su Consejo de Administración.

En su virtud, resuelvo:

Artículo 1 Objeto.

La presente resolución tiene por objeto la creación de la Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

Artículo 2 Características de la Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
  1. El ámbito de aplicación de la Sede es la totalidad de las unidades administrativas que integran la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

  2. La Sede Electrónica de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife será...

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