Resolución de 24 de septiembre de 2008, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de la tasa por examen y expedición de certificados de calificación de películas cinematográficas.

Fecha de Entrada en Vigor19 de Octubre de 2008
MarginalBOE-A-2008-16788
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyResolución

La Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, en su artículo 38, creó la tasa por examen y expedición de certificados de calificación de películas cinematográficas y demás obras audiovisuales, determinando que la misma es objeto de autoliquidación por los sujetos pasivos.

La Orden de 11 de diciembre de 2001 del Ministerio de Hacienda, por la que se modifica la de 4 de junio de 1998, por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública, estableció entre otros aspectos, los modelos de impresos para efectuar el pago de las citadas tasas a través de las entidades financieras que prestan el servicio de colaboración de la gestión recaudatoria.

Por otra parte, el artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos por las Administraciones Públicas en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus funciones, desarrollándose tal previsión por posteriores disposiciones reglamentarias.

Por último, la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, estableció los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. La Disposición Tercera de dicha Orden establece que la regulación del pago telemático de las tasas gestionadas por cada Organismo Autónomo, se realizará por Resolución del Director o Presidente de los mismos, teniendo en cuenta las condiciones establecidas en la citada Orden Ministerial, previo informe del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y valoración técnica del Departamento de Informática de la Agencia Tributaria.

En consecuencia, al objeto de poder llevar a cabo la presentación de la autoliquidación y pago de la tasa por examen y expedición de certificados de calificación de películas cinematográficas, por medios telemáticos, de acuerdo con lo previsto en el apartado Tercero de la Orden HAC/729/2003, previo informe del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, dispongo:

Primero. Objeto.-La presente Resolución tiene por objeto establecer el procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por...

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