ORDEN INT/2662/2004, de 29 de julio, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal relativos a afectados por atentados terroristas cuya gestión corresponde al Ministerio del Interior.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Agosto de 2004
MarginalBOE-A-2004-14642
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN INT/2662/2004, de 29 de julio, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal relativos a afectados por atentados terroristas cuya gestión corresponde al Ministerio del Interior.

Los trágicos atentados terroristas del pasado 11 de marzo en Madrid han supuestos para los distintos órganos administrativos con competencias en materia de asistencia a las víctimas del terrorismo un importante reto de cara a asegurar la máxima eficacia y eficiencia en la asistencia a las víctimas de los mismos. De ahí ha surgido la necesidad de dotar a los órganos implicados de nuevas herramientas que permitan asegurar la actuación coordinada y coherente de todas las unidades que participan en la asistencia a las víctimas de atentados terroristas de esa naturaleza, con independencia de que el ámbito de actuación de cada uno de los órganos implicados afecte a las ayudas e indemnizaciones establecidas en la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismoy los art. 93 a 96 de la Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social para 1997, solicitudes de pensiones extraordinarias por atentados terroristas, prestaciones por incapacidad, solicitudes de regularización de extranjeros o solicitudes de nacionalidad u otras. En definitiva, se trataría de garantizar que unos mismos hechos tengan la misma calificación en los distintos procedimientos administrativos a que pudieran dar lugar.

El objeto de esta Orden es, en primer lugar, crear unfichero común que permita integrar en el mismo los datos de todos los afectados por atentados terroristas de carácter masivo, a los efectos, como se señaló, de garantizar la actuación coordinada y coherente de los distintos órganos con competencias en materia de asistencia a las víctimas de terrorismo.

En segundo lugar, con el objetivo de integrar en una única norma los ficheros de responsabilidad del Ministerio del Interior en materia de asistencia a víctimas del terrorismo, se pretende dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en cuanto a la necesidad de adaptación del fichero 'Asister', creado por Orden de 17 de julio de 1998, a las previsiones de dicha Ley.

En consecuencia, dispongo:

Primero. Creación y régimen jurídico del fichero 'base de datos de afectados por terrorismo'.--De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20...

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