Resolución de 20 de Noviembre de 1996, de la Subsecretaria, por la Que Se Convoca Concurso de Becas Para Formacion En Los Campos Cientificos de Astronomia, Geofisica, Geodesia y Cartografia Relacionadas Con Actividades del Instituto Geografico Nacional.

MarginalBOE-A-1996-27707
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

La Dirección General del Instituto Geográfico Nacional del Ministerio de Fomento tiene competencias en materia de astronomía, geofísica y cartografía, según el Real Decreto 1886/1996, de 2 de agosto.

Para el desarrollo de sus fines se ha considerado conveniente estimular y fomentar la formación en estas áreas a los graduados recientes, por lo que, dentro de la consignación presupuestaria precisa, se convocan 10 becas de formación según el anexo I, en las unidades del Instituto Geográfico Nacional con arreglo a las siguientes bases

  1. Requisitos de los solicitantes

    1. Poseer la nacionalidad española.

    2. Estar en posesión del título académico exigido en la beca a la que se opta y haberlo obtenido en los tres últimos años académicos.

    3. Poseer un elevado conocimiento del idioma inglés.

    4. Estos requisitos deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

  2. Tipos de beca

    Las actividades que comportan estas becas supone la presencia física de los becarios en las dependencias de la Dirección General, calle General Ibáñez de Ibero, número 3, Madrid, para las siguientes ayudas:

    Subdirección General de Astronomía y Geofísica: Cuatro becas.

    Subdirección General de Geomática y Teledetección: Dos becas.

    Subdirección General de Producción Cartográfica: Dos becas.

    Secretaría General: Una beca.

    Observatorio Astronómico Nacional: Una beca.

    No obstante lo anterior, los adjudicatarios estarán en condición de desplazarse dentro del territorio nacional o al extranjero, si las necesidades de la formación lo requieren; tanto estos costes como los que pudieran derivarse del ejercicio directo de sus funciones formativas serán financiados con cargo al concepto presupuestario 484 del Presupuesto de Gastos del órgano convocante.

  3. Solicitudes

    3.1 Los aspirantes remitirán instancia según figura en el anexo II, dirigida al ilustrísimo señor Subsecretario del Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana, número 67, 28071 Madrid.

    3.2 El plazo de presentación será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», debiendo presentarse en el Registro de la citada Dirección General, calle General Ibáñez de Ibero número 3, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    3.3 Las instancias deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del documento nacional de identidad.

    2. Fotocopia compulsada del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición y de la certificación académica de las calificaciones obtenidas en los cursos realizados para la obtención del citado título y certificado de la nota media obtenida para la obtención del título.

    3. Documento expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia en el que conste la homologación del título académico, si éste hubiera sido expedido por un centro extranjero o privado.

    4. Currículum vitae, con expresión de méritos académicos y profesionales, así como los trabajos y publicaciones, debidamente documentados, que tengan relación con el objeto de la beca solicitada.

    5. Declaración expresa de acatamiento a las bases de esta convocatoria y a las condiciones establecidas para disfrutar de la beca en el caso de serle concedida.

    6. Declaración jurada de no estar percibiendo ninguna...

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