ORDEN SCO/1886/2004, de 2 de junio, por la que se hace pública la relación de los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para cubrir plazas afectadas por la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio, mediante ingreso en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos,...

SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN SCO/1886/2004, de 2 de junio, por la que se hace pública la relación de los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para cubrir plazas afectadas por la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio, mediante ingreso en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo.

Finalizadas las fases de oposición y concurso de las pruebas selectivas para cubrir plazas afectadas por la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio, mediante ingreso en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo, convocadas por Orden SCO/3871/2003 de 11 dediciembre (BOE del 27 de enero de 2004), y vista la propuesta del Tribunal Calificador de dichas pruebas,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.--Hacer pública, de conformidad con lo dispuesto en la base 8 de la convocatoria, la relación de los aspirantes aprobados con indicación del número del documento nacional de identidad, que se relacionan en el anexo I de esta Orden.

Segundo.--Los aspirantes aprobados, dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta Orden, para presentar en la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Sanidad y Consumo, los siguientes documentos:

  1. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.2.3 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite la homologación.

  2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo III a la convocatoria.

    Tercero.--Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base 2 de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin...

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