ORDEN CUL/3710/2004, de 14 de octubre, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo para proveer plazas de personal laboral fijo en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, en el extinguido Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y sus Organismos Autónomos, en la categoría de ...

SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN CUL/3710/2004, de 14 de octubre, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo para proveer plazas de personal laboral fijo en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, en el extinguido Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y sus Organismos Autónomos, en la categoría de Técnico Superior de Servicios Generales, grupo profesional 3.

Finalizadas las pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, en la categoría de Técnico Superior de Servicios Generales convocadas por Orden ECD/528/2004, de 16 de febrero (B.O.E del 2 de marzo) y en cumplimiento de lo establecido en la base 7.7 de la convocatoria,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.--Publicar como anexo a la presente Orden la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Segundo.--Adjudicar la plaza convocada a doña Elena Acevedo López, con D.N.I. n.o 02193844-N, única aspirante que ha superado el proceso selectivo.

Tercero.--De acuerdo con la base 8.1 de la convocatoria, la aspirante dispone de un plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el B.O.E. dela Orden por la que se adjudica la plaza convocada, para presentar la documentación a que hace referencia la citada base.

La presentación de dicha documentación se efectuará en el registro del Ministerio de Cultura (plaza del Rey, n.o 1, de Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se dirigirá a la Subdirección General de Personal del I.N.A.E.M.

Cuarto.--Al amparo de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprobó la oferta de empleo público para el año 2004, y del artículo 8.1 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, que desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, el personal laboral temporal que desempeñe las plazas convocadas en este proceso de consolidación y que no haya superado el proceso selectivo, verá extinguido su contrato de trabajo en el momento en que se formalice el contrato correspondiente al aspirante que lo haya superado.

Quinto.--Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso...

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