Resolución de 9 de febrero de 2005, de la Subsecretaría, por la que se hace pública la relación definitiva de aspirantes aprobados en la fase de oposición de las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social, convocadas por Orden TAS/1156/2004, de 4 de mayo.

MarginalBOE-A-2005-2990
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2005, de la Subsecretaría, por la que se hace pública la relación definitiva de aspirantes aprobados en la fase de oposición de las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social, convocadas por Orden TAS/1156/2004, de 4 de mayo.

De conformidad con lo establecido en la base 7.2 de la Orden TAS/1156/2004, de 14 de abril, de este Departamento ministerial ('Boletín Oficial del Estado' de 4 de mayo), por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Programadores de Informática de la Administración de la Seguridad Social, se hace pública, como Anexo I, la lista definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición con arreglo a la puntuación obtenida, donde constan las calificaciones de los ejercicios y la suma total.

Asimismo, se aprueba la puntuación definitiva de la fase de concurso para los aspirantes de promoción interna.

  1. Presentación deDocumentos.Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta Resolución, para presentar, en el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y dirigidos a la Subdirección General señalada en la base 5.4 los siguientes documentos:

    1. Fotocopia compulsada del título académico exigido en la base 2.1.3 de la Orden de convocatoria, o en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado (en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes) todos los estudios para su obtención.

      En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia compulsada de la credencial que acredite la homologación que corresponda.

    2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que figura como Anexo II.

      Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español a que se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como Anexo III.

    3. Los aspirantes...

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