ORDEN SCO/339/2003, de 13 de febrero, por la que se aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el concurso-oposición para acceso a plazas de Planchadoras en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social convocado por Orden de 29 de noviembre de 2001.

MarginalBOE-A-2003-3628
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

ORDEN SCO/339/2003, de 13 de febrero, por la que se aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el concurso-oposición para acceso a plazas de Planchadoras en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social convocado por Orden de 29 de noviembre de 2001.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 29 de noviembre de 2001, por la que se convoca proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de Planchadoras en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del INSALUD, dispongo:

Primero.--Aprobar la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas de conformidad con lo previsto en la base quinta de la convocatoria.

Desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el 'Boletín Oficial del Estado', se pondrá a disposición de los interesados la relación completa de aspirantes, tanto admitidos como excluidos en la Dirección General del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, en las Direcciones Territorial de Ceuta y Melilla, en los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de las Comunidades Autónomas.

Segundo.--Publicar como anexo I a la presente Orden la relación completa de aspirantes excluidos, con expresión de las causas de exclusión.

Causas de exclusión:

  1. Instancia presentada fuera de plazo.

  2. No consta haber abonado las tasas por derechos de examen en su totalidad, o no haber aportado la documentación justificativa de las causas de exención de tasas.

  3. No consta haber abonado las tasas por derechos de examen en su totalidad.

  4. Nacionalidad no acorde con las bases de la convocatoria.

  5. No tener la edad exigida en la convocatoria.

  6. No hacer constar número de documento nacional de identidad, o pasaporte si es de nacionalidad distinta a la española 7. Instancia sin firmar o presentada en modelo distinto del oficial.

  7. Presenta más de una instancia para la misma categoría.

  8. Otras causas.

Contra la presente Orden ministerial podrá interponerse, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante este Departamento Ministerial (paseo del Prado, 18-20. 28071 Madrid), dentro del plazo de un mes contado desde el siguiente día al de publicación de esta Orden (artículos 116 y 117 y disposición transitoria segunda, párrafo segundo de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre), o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional, dentro del plazo de dos meses, a contar del siguiente al de publicación de la presente, a tenor de lo previsto en el artículo 11 de la Ley 29/1998, de 13 de julio ('Boletín Oficial del Estado' del 14), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 13 de febrero de 2003.-La Ministra, P. D. (Orden SCO/996/2002, de 30 de abril, 'Boletín Oficial del Estado' de 7 de mayo), el Subsecretario. Pablo Vázquez Vega.

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