Orden de 8 de septiembre de 1983 sobre fomento del asociacionismo económico de la juventud campesina.

MarginalBOE-A-1983-25351
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

La modernización del sector agrario, la mejora de su competitividad en el sistema económico, el incremento de las rentas familiares agrarias y la elevación de las condiciones sociales de los agricultores constituyen objetivos básicos para cuyo logro las Empresas asociativas agrariaS son fórmulas de comprobada eficacia y necesidad.

Al mismo tiempo, la participación e integración de la juventud rural agraria en alcanzar estos objetivos supone unas garantías de dinamización y aceleración de los mecanismos e instrumentos en marcha, y una mayor estabilidad y permanencia en los resultados alcanzados, así como significa un componente humano obligado a estar presente en todo proceso dentro de una sociedad rural moderna.

Por ello, la instalación en el sector de agricultores jóvenes, a través de fórmulas cooperativas y la creación o ampliación por ellos de Empresas asociativas de servicios agrarios, Se incluyen entre las realizaciones a fomentar y auxiliar desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Por otro lado, la exiStencia de un elevado número de familias de obreros agrícolas y de agricultores con explotaciones de reducida dimensión económica, que con frecuencia precisan complementar sus ingresos en base a la ocupación de mano de obra subempleada, conduce a ofrecer soluciones alcanzables por la vía del cooperativismo, en especial mediante cooperativas de trabajo asociado, en las que se integran jóvenes miembros de dichos tipos de familias, con el fin de aprovechar recursos productivos, tanto agrarios como extraagrarios.

También es preciso destacar las exigencias que la profesión de agricultor lleva inherente, muchas de las cuales impiden la ausencia del trabajo sin quebranto económico, por motivos de enfermedad, accidente o necesidad familiar, o bien por causas tan necesarias como la adecuada disponibilidad y utilización del tiempo libre, u otras mejoras de las condiciones sociales que son habituales en otros sectores productivos. Por tanto es preciso favorecer y auxiliar las acciones colectivas de los jóvenes que sirvan para establecer servicios agrarios de ayuda mutua o de ayuda a terceros.

De lo indicado se deduce la necesidad de regular y articular el presente programa sobre fomento del asociacionismo económico de la juventud campesina, que responda a los motivos y fines señalados, para su aplicación en todo el territorio nacional en base al interés general que tiene el programa. En consecuencia.

Este Ministerio tiene a bien disponer lo siguiente:

Primero.- El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de Investigación y Capacitación Agrarias, podrá...

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