ORDEN AEX/3117/2003, de 10 de octubre, por la que se regula la Comisión Asesora de Publicaciones y la actividad editorial del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Fecha de Entrada en Vigor12 de Noviembre de 2003
MarginalBOE-A-2003-20615
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyOrden

ORDEN AEX/3117/2003, de 10 de octubre, por la que se regula la Comisión Asesora de Publicaciones y la actividad editorial del Ministerio de Asuntos Exteriores.

El Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de Ordenación de Publicaciones Oficiales, regula la actividad editorial de los distintos Departamentos ministeriales y establece las líneas fundamentales de la organización de las Unidades encargadas de la gestión de dicha actividad, respondiendo al objetivo de mejorar el marco normativo ya establecido por el Real Decreto 379/1993, de 12 de marzo y adecuarlo a los fines actuales de la actividad editorial de la Administración.

Esta nueva regulación y las modificaciones operadas por la Ley 6/1997 de 14 de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, hacen preciso actualizar la normativa que regula la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora de Publicaciones del Departamento, creada por Orden de 31 de mayo de 1994, así como las funciones del Centro de Publicaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores.

En su virtud, con el informe favorable de la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales y previa aprobación de la Ministra de Administraciones Públicas, he tenido a bien disponer:

Primero. La Comisión Asesora de Publicaciones:

composición.

  1. La Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores estará integrada por los siguientes miembros:

    Presidente: El Subsecretario del Departamento o por su delegación, el Secretario General Técnico.

    Vicepresidente: El Secretario General Técnico.

    Vocales: Un representante de cada uno de los órganos superiores, las Direcciones Generales y los organismos y entidades con actividad editorial del Departamento.

    También formarán parte de la misma el Subdirector General Jefe de la Oficina Presupuestaria del Departamento y el Vicesecretario General Técnico responsable del Centro de Publicaciones, que actuará como Secretario de la Comisión.

  2. Los Vocales de la Comisión Asesora de Publicaciones, serán designados por el titular del órgano que representan entre funcionarios con nivel de Subdirector general o asimilado, de acuerdo con el artículo 6º del Real Decreto 118/2001, sin perjuicio de asistir acompañados por el funcionario de cualquier nivel que consideren conveniente.

  3. Podrán incorporarse, con voz pero sin voto, a las reuniones de la Comisión Asesora de Publicaciones por decisión del Presidente, en calidad de asesores, los funcionarios del Departamento y sus organismos públicos que, por su especialidad, se juzguen necesarios para intervenir en algún aspecto concreto.

    Segundo. Funciones.

    Corresponden a la Comisión Asesora de Publicaciones las siguientes funciones:

    1. Informar, previamente a su remisión a la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales, la propuesta del Departamento en relación con el Plan General de Publicaciones Oficiales de la Administración General del Estado.

    2. Informar, previamente a su remisión a la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales, las propuestas de edición que deban integrar el Programa Editorial del Departamento y la revisión del mismo que, en su caso, se realice, que deberán...

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