Real Decreto 2884/1979, de 7 de diciembre, sobre composición de la Junta Superior Arancelaria por el que se incorpora un representante del Ministerio de Economía.
Marginal | BOE-A-1980-8 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Comercio y Turismo |
Rango de Ley | Real Decreto |
LA LEY ARANCELARIA DE UNO DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS SESENTA CREO, COMO ORGANO CONSULTIVO DEL MINISTERIO DE COMERCIO, LA JUNTA SUPERIOR ARANCELARIA, DETERMINANDO, ASIMISMO, SU COMPOSICION BASICA Y FACULTANDO AL GOBIERNO PARA INCORPORAR, CON CARACTER TEMPORAL O PERMANENTE, OTRAS REPRESENTACIONES EN NUMERO NO SUPERIOR A TRES.
EN USO DE ESTA FACULTAD, EL GOBIERNO, POR DECRETO MIL SETECIENTOS DIECISIETE, DE TREINTA Y UNO DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO, ACORDO LA AMPLIACION DE LA REPRESENTACION DE LA ADMINISTRACION, DESIGNANDO TRES NUEVOS VOCALES, QUE OSTENTARIAN LA DE LOS MINISTERIOS DE HACIENDA, TRABAJO Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO.
POR REAL DECRETO NUMERO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO, DE CUATRO DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE, SE REORGANIZO LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION CENTRAL DEL ESTADO, CREANDOSE EL MINISTERIO DE ECONOMIA, EN EL QUE SE INTEGRARON LAS COMPETENCIAS QUE EN SU DIA TUVO EL DESAPARECIDO MINISTERIO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO, CIRCUNSTANCIA QEU ACONSEJA INTRODUCIR LA OPORTUNA MODIFICACION EN LA COMPOSICION DE LA JUNTA SUPERIOR ARANCELARIA, DANDO ENTRADA EN LA MISMA A UN REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DE ECONOMIMA, QUE SUSTITUYA AL DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO.
EN SU VIRTUD, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE COMERCIO Y TURISMO Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA SIETE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE, DISPONGO:
PRIMERO.-SE MODIFICA LA AMPLIACION DE LA REPRESENTACION DE LA ADMINSTRACION CENTRAL DEL ESTADO EN LA JUNTA SUPERIOR ARANCELARIA, QUE DETERMINA EL ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO MIL SETECIENTOS DIECISIETE, DE TREINTA Y UNO DE MAYO DE MI NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO, EN EL SENTIDO DE INCORPORAR A LA MISMA UN REPRESENTANTE DEL MINISTRO DE ECONOMIA EN SUSTITUCION DEL CORRESPONDIENTE AL DESAPARECIDO MINISTERIO DE PLANIFICACION DEL DESARROLLO.
SEGUNDO.-EL PRESENTE REAL DECRETO ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".
DADO EN MADRID A SIETE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE.-JUAN CARLOS R.-EL MINISTRO DE COMERCIO Y TURISMO, JUAN ANTONIO GARCIA DIEZ.
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