Resolución de 28 de agosto de 2005, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se declara aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos en el concurso para la integración de los funcionarios pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención, de la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación...

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 28 de agosto de 2005, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se declara aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos en el concurso para la integración de los funcionarios pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención, de la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y se determina la composición del Tribunal calificador.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 20 y 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en la base cuarta y sexta de la Orden APU/2181/2005, de 28 de junio, por la que se convoca concurso para la integración de los funcionarios pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención de la Escala de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, he resuelto:

Primero.Aprobar la lista de aspirantes admitidos y excluidos a dicho concurso. La lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos que se declara aprobada, se encuentra expuesta al público en la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina, 50, 28006, Madrid), en la Dirección General de Administración Local (plaza de España, 17, 28008 Madrid), en el Instituto Nacional de Administración Pública (calle Atocha, 106, 28012; calle José Marañón, 12, 28010 Madrid), así como en la página web del Instituto Nacional de Administración Pública (http: //www.inap.map.es) y en las sedes de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

La relación de aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión figura como anexo I de esta Resolución.

Los aspirantes que figuren excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para subsanar, cuando ello sea posible, los errores o defectos que hayan motivado su exclusión u omisión.

Los aspirantes excluidos por las causas '2' '3' y '4', deberán, para subsanar la deficiencia indicada, cumplimentar el modelo oficial de solicitud para tomar parte en las pruebas selectivas (modelo 790 en original), y abonar el importe de la tasa, con arreglo a lo dispuesto en la base 3.1 y 3.6 de la convocatoria.

Segundo.Determinar la composición del Tribunal que ha de juzgar el concurso para la integración de los funcionarios pertenecientes a la Subescala de Secretaría-Intervención, de la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en...

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