Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) relativo a la organización de la Tercera Conferencia Mundial sobre la Educación Superior (CMES III), hecho en Nueva York el 17 de diciembre de 2020.

MarginalBOE-A-2021-4847
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO DE SEDE

Objeto. Acuerdo entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) relativo a la organización de la Tercera Conferencia Mundial sobre la Educación Superior (CMES III): Reinventar la función y el lugar de la educación superior para un futuro sostenible, Barcelona, 6 a 8 de octubre de 2021.

Estimado/a señor/a:

Tengo el honor de referirme a su carta de fecha 18 de febrero de 2020 en la que muy amablemente transmitió la oferta del Reino de España de acoger la reunión mencionada.

Deseo expresar mi más sincero agradecimiento al Reino de España por este ofrecimiento y confirmar su aceptación en nombre de la Organización.

A. Naturaleza y alcance de la reunión.

En virtud del «Reglamento para la clasificación de conjunto de las diversas categorías de reuniones convocadas por la UNESCO», que la Conferencia General aprobó en su 14.ª reunión y modificó en sus 18.ª, 25.ª, 33.ª y 37.ª reuniones, se considera que esta manifestación corresponde a la categoría IV, «Congresos internacionales».

El principal objetivo de la CMES III es marcar orientaciones sobre los ámbitos en que se requiere de los Estados Miembros voluntad política, diálogo sobre políticas, creación de capacidad y planes sectoriales sobre la educación superior en los planos nacional, regional e internacional. La Tercera Conferencia Mundial sobre la Educación Superior y sus contenidos sentarán las bases a partir de las cuales la UNESCO prestará asesoramiento técnico en favor de la Agenda 2030. Es de esperar que la Conferencia sirva para fraguar una coalición más amplia y vigorosa de los medios internacionales dedicados a la educación superior en favor de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y que los establecimientos de educación superior, así como los dirigentes y demás partes interesadas en la materia, se doten de mayor capacidad y adapten las políticas y programas institucionales siguiendo las recomendaciones dimanantes de la Conferencia.

B. Participación.

Los participantes serán invitados con arreglo a lo dispuesto en el «Reglamento para la clasificación de conjunto de las diversas categorías de reuniones convocadas por la UNESCO» (sección IV, artículos 38 a 46). De conformidad con este reglamento, los participantes en la Conferencia serán especialistas que asistirán a título individual.

Los Estados Miembros y Miembros Asociados de la UNESCO podrán enviar observadores a la Conferencia. También podrán enviar a ella representantes las Naciones Unidas y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas con las que la UNESCO tenga concertado un acuerdo de representación recíproca.

La Directora General podrá cursar invitaciones a enviar observadores a la Conferencia a: organizaciones del sistema de las Naciones Unidas con las que la UNESCO no tenga concertado un acuerdo de representación recíproca; organizaciones intergubernamentales; y organizaciones no gubernamentales internacionales, de conformidad con las «Normas referentes a la colaboración de la UNESCO con las organizaciones no gubernamentales».

La UNESCO preparará y distribuirá un documento informativo con los pormenores necesarios sobre la forma en que discurrirán los trabajos de la Conferencia.

Se calcula que, entre representantes, oradores y miembros de la Secretaría de la UNESCO, participarán en la Conferencia alrededor de mil quinientas (1.500) personas.

Tengo el honor de someter a su consideración las propuestas habituales relativas a los arreglos para la celebración de esta Conferencia.

I. Lugar y fecha de la reunión

La reunión tendrá lugar en Barcelona (España) del 6 al 8 de octubre de 2021, en un lugar pendiente de confirmación que las Partes acordarán por escrito.

II. Organización de la reunión

Las autoridades anfitrionas competentes y la UNESCO asumirán conjuntamente la responsabilidad de la organización técnica y material de la reunión atendiendo a la Declaración de Necesidades adjunta (véase el anexo).

Sin embargo, nada de lo dispuesto en la presente carta será óbice para que ambas Partes acuerden mutuamente hacer los ajustes que sean convenientes para garantizar la correcta organización de la reunión.

Todos los asuntos relativos a la organización técnica y material de la reunión estarán a cargo del oficial de enlace designado por España y sus colaboradores, bajo la dirección del Ministerio de Universidades. Otros ministerios u organismos internos podrán colaborar si así lo decide el Reino de España.

Las autoridades nacionales contarán con el apoyo de la ACUP/GUNI (Asociación Catalana de Universidades Públicas - Red Mundial para la Innovación de la Educación Superior) desde Barcelona. Bajo la autoridad del Ministerio de Universidades, la ACUP/GUNI apoyará/gestionará los arreglos organizativos y se coordinará con la UNESCO.

III. Seguridad

El Reino de España es responsable de proporcionar y sufragar los servicios de seguridad y protección policial necesarios para garantizar que las reuniones preparatorias, las sesiones de la propia Conferencia y otras posibles reuniones discurran debidamente, en un ambiente de calma y serenidad y sin interferencias de ningún tipo.

Este dispositivo de seguridad estará bajo la supervisión directa y la autoridad de un alto funcionario designado por el Reino de España, que trabajará en estrecha colaboración, incluso a distancia, con el Oficial Superior de Enlace para la Seguridad (SLO, por su...

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