Ley Foral 9/I989, de 8 de junio, de modificación del articulo 27, número 4, apartado b), y dei último párrafo del artículo 39, de la Ley 'Foral 3/1989, de 2 de mayo, de Presupuestos Generales de Navarra, para el ejercicio de 1989.

Fecha de Entrada en Vigor17 de Junio de 1989
MarginalBOE-A-1989-23733
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Foral de Navarra
Rango de LeyLey foral

El Presidente del Gobierno de Navarra Hago saber: Que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de modificacion del articulo 27, numero 4, apartado b), del ultimo parrafo del articulo 39 de la Ley Foral 3/1989, de 2 de mayo, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio de 1989.

El numero 4, apartado b), del articulo 27, y el ultimo parrafo del articulo 39 de la Ley Foral 3/1989, de 2 de mayo, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio de 1989, fijan la fecha del 15 de mayo de dicho año para que los Ayuntamientos y concejos remitan al Gobierno de Navarra sus presupuestos para el año 1989 y los cierres de cuentas del ejercicio de 1988, con las consecuencias que se establecen en dicho precepto para los que no efectuasen la remision dentro del plazo previsto.

Habida cuenta que la fecha establecida resulta excesivamente ajustada para el cumplimiento de las obligaciones impuestas por dichos preceptos, parece oportuno corregirla a fin de permitir dicho cumplimiento.

Articulo Unico

Se modifica el articulo 27, numero 4, apartado b), y el articulo 39, ultimo parrafo, de la Ley Foral 3/1989, de 2 de mayo, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio de 1989, en el sentido de que la fecha de 15 de mayo de 1989, que se hace constar en los parrafos primero y segundo de dicho apartado b) del numero 4 del articulo 27, y en el ultimo parrafo del articulo 39, se entendera sustituida por la de 30 de junio de 1989, manteniendose en lo demas los mencionados preceptos.

Disposicion final

Esta Ley Foral entrara en vigor el mismo dia de su publicacion en el , y sus efectos se produciran a partir de la entrada en vigor de la Ley Foral 3/1989, de 2 de mayo, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio de 1989.

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 22 de la Ley Organica de Reintegracion y Amejoramiento del Regimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de s. M. El rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicacion en el y su remision al y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 8 de junio de 1989.

Gabriel urralburu tainta,

Presidente del Gobierno de Navarra

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