ORDEN CUL/1812/2004, de 2 de junio, por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo.

MarginalBOE-A-2004-11133
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN CUL/1812/2004, de 2 de junio, por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento por libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexoI de la presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.--El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.

Segunda.--Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo II, al Ilmo. Sr.

Subsecretario de Cultura, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial del Estado', y las presentarán en el Registro del Ministerio (Plaza del Rey, 1, Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38 del la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.--A las citadas solicitudes deberán acompañar 'currículum vitae', en el que harán constar los títulos académicos que posean, puestos de trabajo desempeñados y demás circunstancias y méritos que estimen oportuno poner de manifiesto.

Cuarta.--Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el correspondiente Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del estado, no pudiendo interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su...

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