Orden AAA/580/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el anexo XXI del Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
Fecha de Entrada en Vigor | 16 de Abril de 2014 |
Marginal | BOE-A-2014-4064 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente |
Rango de Ley | Orden |
El Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, establece en sus artículos 30 y 31 definiciones y categorías de clasificación relativas a las variedades de vid y recoge en su anexo XXI la clasificación de las referidas variedades.
Algunas comunidades autónomas, en virtud de las competencias que les atribuyen los artículos 34, 35 y 36 del citado Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, han efectuado la clasificación de ciertas variedades de vid en el ámbito de sus respectivos territorios, de acuerdo con las necesidades de su viticultura.
Resulta necesario, por tanto, modificar el anexo XXI del Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, para recoger las variaciones experimentadas como consecuencia de las modificaciones realizadas por las comunidades autónomas.
Las variedades que se recogen en la presente orden están inscritas en el Registro de Variedades Comerciales, regulado por el Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general del registro de variedades comerciales y se modifica el Reglamento general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero.
Esta orden se dicta de acuerdo con lo previsto en el artículo 36.2 del Real Decreto 1244/2008 de 18 de julio, que dispone que el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, actual Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, publicará anualmente, mediante orden ministerial en el «Boletín Oficial del Estado», las modificaciones que se produzcan en el anexo XXI con base a las comunicaciones efectuadas por las comunidades autónomas.
Las comunidades autónomas y los sectores afectados han sido consultados para la elaboración de la presente orden.
En su virtud, dispongo:
El anexo XXI del Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, se sustituye por el que figura en el anexo de la presente orden.
La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 7 de abril de 2014.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete.
ANEXO
ANEXO XXI
Clasificación de las variedades de vid
Variedades de uva de vinificación
1. Comunidad Autónoma de Andalucía
Provincias: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla:
Variedades recomendadas:
Garrido Fino, B.
Listán del Condado, B.
Moscatel de Alejandría, Moscatel de Málaga, B.
Palomino, B.
Palomino Fino, Listán Blanco, B.
Pardina, Baladí, Baladí Verdejo, Calagraño, Jaén Blanco, B.
Pedro Ximénez, B.
Variedades autorizadas:
Airén, B.
Albariño, B.
Bobal, T.
Cabernet Franc, T.
Cabernet Sauvignon, T.
Chardonnay, B.
Colombard, B.
Doradilla, B.
Garnacha Tinta, T.
Gewürztraminer, B.
Graciano, T.
Jaén Tinto, T.
Lairen, B.
Macabeo, Viura, B.
Malbec, T.
Malvasía Aromática, B.
Mencía, T.
Merlot, T.
Molinera, T.
Mollar Cano, T.
Monastrell, T.
Montúa, Chelva, B.
Moscatel de Grano Menudo, Moscatel Morisco, B.
Perruno, B.
Petit Verdot, T.
Pinot Noir, T.
Prieto Picudo, T.
Riesling, B.
Rome, B.
Sauvignon Blanc, B.
Syrah, T.
Tempranillo, T.
Tinto Velasco, Frasco, T.
Tintilla de Rota, T.
Torrontés, B.
Verdejo, B.
Vermentino, B.
Vijariego Blanco, Bigiriego, B.
Viognier, B.
Zalema, B.
2. Comunidad Autónoma de Aragón
Provincias: Huesca, Teruel, Zaragoza:
Variedades recomendadas:
Alarije, Malvasía Riojana, Rojal, B.
Alcañón, B.
Bobal, T.
Cabernet Sauvignon, T.
Chardonnay, B.
Garnacha Blanca, B.
Garnacha Peluda, T.
Garnacha Tinta, T.
Garnacha Tintorera, T.
Gewürztraminer, B.
Macabeo, Viura, B.
Mazuela, Cariñena, T.
Merlot, T.
Monastrell, T.
Moristel, Juan Ibáñez, Concejón, T.
Moscatel de Alejandría, B.
Moscatel de Grano Menudo, B.
Parellada, B.
Parraleta, T.
Pinot Noir, T.
Riesling, B.
Sauvignon Blanc, B.
Syrah, T.
Tempranillo, Cencibel, T.
Variedades autorizadas:
Agudelo, Chenin Blanc, B.
Cabernet Franc, T.
Derechero, T.
Garnacha Roja, Garnacha Gris, T.
Graciano, T.
Miguel del Arco, T.
Pardina, Robal, B.
Verdejo, B.
Vidadillo, T.
Xarello, B.
3. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Variedades recomendadas:
Albarín Blanco, B.
Albillo Mayor, B.
Garnacha Tintorera, T.
Mencía, T.
Picapoll Blanco, Extra, B.
Verdejo Negro, T.
Variedades autorizadas:
Bruñal, Albarín Tinto, T.
Carrasquín, T.
Gewürztraminer, B.
Godello, B.
Merlot, T.
Moscatel de Grano Menudo, B.
Pinot Noir, T.
Syrah, T.
4. Comunidad Autónoma de Islas Baleares
Variedades recomendadas:
Callet, T.
Manto Negro, T.
Moll, Pensal Blanca, Prensal, B.
Variedades autorizadas:
Cabernet Sauvignon, T.
Chardonnay, B.
Fogoneu, T.
Garnacha Blanca, B.
Garnacha Tinta, T.
Giró Ros, B.
Gorgollassa, T.
Macabeo, Viura, B.
Malvasía Aromática, Malvasía de Banyalbufar, B.
Merlot, T.
Monastrell, T.
Moscatel de Alejandría, B.
Moscatel de Grano Menudo, B.
Parellada, B.
Pinot Noir, T.
Riesling, B.
Sauvignon Blanc, B.
Syrah, T.
Tempranillo, T.
Viognier, B.
5. Comunidad Autónoma de Canarias
Provincias: Las Palmas, Santa Cruz de Tenerife:
Variedades recomendadas:
Bermejuela, Marmajuelo, B.
Castellana Negra, T.
Doradilla, B.
Forastera Blanca, B.
Gual, B.
Listán Negro, Almuñeco, T.
Malvasía Aromática, B.
Malvasía Rosada, T.
Malvasía Volcánica, B.
Moscatel de Alejandría, B.
Negramoll, T.
Sabro, B.
Tintilla, T.
Verdello, B.
Vijariego Blanco, Diego, B.
Variedades autorizadas:
Albillo Criollo, B.
Bastardo Blanco, Baboso Blanco, B.
Bastardo Negro, Baboso Negro, T.
Breval, B.
Burrablanca, B.
Cabernet Sauvignon, T.
Listán Blanco de Canarias, B.
Listán Prieto, T.
Merlot, T.
Moscatel Negro, T.
Pedro Ximénez, B.
Pinot Noir, T.
Ruby Cabernet, T.
Syrah, T.
Tempranillo, T.
Torrontés, B.
Vijariego Negro, T.
6. Comunidad Autónoma de Cantabria
Variedades...
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