Real Decreto 875/1980, de 14 de abril, por el que se amplía el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a la firma «Solvay & Cie., S. A.», por Decreto 3834/1970, de 19 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 26 de enero de 1971), en el sentido de incluir en la exportación sosa cáustica sólida en todas sus variedades.

MarginalBOE-A-1980-9619
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Comercio y Turismo
Rango de LeyReal Decreto
10072 9
mayo"1980
B.
O.
é1eI
E.-Num.
112
LAMO
DE
ESPINOSA
Urnas.
Sres.
Subseoretario
y
Presid€nte
del
Instituto
Nacional
de
Reforma
y
Desarrollo
Agrario.
DISPONGO,
A!tículo
ú~lico.:-Se
,amplía
el
régimen
de'
tráfico
d:)
perfeccio-
n.a~mento
activo
autortzado
a
..
Solvay
&
Cie
..
S.
A.,..
con
domi~
cIlla
en
calle
Mallorca.
dosr.íp.nt.o"l.
sesenta
y
nueve,
Barcc!ona-
och?,
por
De!:reto
tres
mil
ochocientos
treinta
y
cuatro/mil
no-
veCIentos
setenta.
de
diecinueve
de
diciembre
(
..
Boletín
Oficial
del
Estado.
de
veintiqéis
de
enero
de
mil
novecientos
setenta
y
uno),
prorrogado
por
Orden
ministerial
de
cuatro
de
febrero
.
de
mil
novecientos
s-etenta y
seis
(
..
Boletfn
Oficial
del
Estado"
del
veintiuno)
y
ampliado
por
Real
Decreto
dos
mil
quinientos
noventa
-y.
do:vmil
novecientos
setenta
y
siete.
de
veintisIete
'de
agosto
.(
..
Bolet~n
O~icial
del
Estado.
de
quince
de
-
octubre).
en
el
sentido
de
.InclUIr
en
la.
exportación
sosa
cáustica
sólida
en
todas
sus
variedades
(colada.
escamas,
perlas.
etc.l.
.
Se
mantienen
los
efectos
contables
de
conformidad
con
lo
~IS~tle~to
..
en
_
e_l
__
c::!~~c!'~.
~e:S:~!'l.tº
...
~.es_.
mU ..oCho.GlonW8 .:..treinta..-f
cuatro/mIl
novecientos
setenta.
Las
exportaciones
que
se
hayan
efectuado
desde
el
tres
de
octubre
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve
también
podráJ?-
que
determine.
el
articulo
61,
de
acuerdo
con
10
especifipado
en
el
articulo
62
de
la
Ley
de
Reforme.
y
Desarrollo
Agrano
de
12
de
enero
de
1973.
_ .
En
_
su
-
virtud.
gste
Minísterío
Se
ha
servido
disponer:
Primero
.
..:....Se
aprueba
el
plan
de
mejoras
territúríaleS
y
obras
conJunto
redactado
por
el
Enstitut-o
Nacional
de
Reforma
y
DasarrolÍo
Agrario.
para_
le.s
zonas
de
Palencia.
de
NegrIlla
y
Negrilla
de
Palencia
(Salamanca).
cuyas
concentracIones
par-
celarias
fueron
acordad.as
por
Ordenes
-
ministeriales
de
1
de
agosto
de
1917
(
..
BoletinOficia.L·
del
Estado.
-de
15
de
septiem-
bre)
según
lo
establecido
en
el
Decreto
de
ordenación
de
las
explotaciones
agrarias
de
la
comarcl¡t.
de
Salamanca.
La
Armu-
fia,
de
fecha
10
de
mayo
de
1973
(
..
Boletín
Oficial
del
Estado.
de
13
de
junio).
-
._
.
Segundo.-De
acuerdo
con
lo
establecido
en
el
articulo
62
de
la
Ley
de-
Refor;ma y
Desarrollo
Agrario
de
-12
de
enero
de
1~73,
se
considera
que
las
obras
de
red
decamin9S
y
red
de
sanea,..
mitnto
quedan
clasificadas
de
interés
general
en
el
grupo
aJ
del
articulo
61
de
dicha
Ley.
Tercero.-Las
obras
deberán
iniciarse
antes
de
que
terminen
los tr:aoojos
de
concehtraciónparcelaria,
Cuarto.-Por
el'
Instituto
Nacional
de
Refonna
y
Desarrollo
Agrario
se
dictarán
-las'
normas
pertinentes
para
la
mejor
e
de
cuanto
se
dispone
en
la
-presente
Orden.
Lo
que
comunico
aVV.
11.
para
su
conocimiento
y
efectos
óportúnos.
_ \
Dios
guarde
B.'
VV. II.
muchos
afias.
Madrid.
2.5
de
marzC?
de
1980
..
HEAL
DECRETO
876/1980.
de
14 de
abril,
por
el
q_ue
se
amplía
el
régimen
de
tráfico
de
perfeccio~
namiento
activo
autorizado
a
.Saenger,
S.
A
.•
,
por
Decreto
5$9/1968.
_de
14
de
marzo
(
..
Boletín
Oficial
del
Estado
..
del
25),
Y
ampliaciones
posteriores,
en
el
sentido
de
incluir
la
importación.
de
nuevas
mer~
cancías.
9620
Articulo
único.-Se
amplfa
el
régímen
de
tráfico
de
perfeccio-
namiento
activo
autorizado
a
..
Saenger.
_
S.
A
.•
,
con
domicilio
en'
Barcelona.
barriada
Estadella.
Dar
Decreto
quinientos
cin-
cuenta
y
nueve/mil
novecientos
sesenta
'y
ocho,
de
catorce
de
marzo
(.Boletín
Oficial
del
-Estado,.
del
veinticinco).
y
amplia·
,
ciones
posteriores.
en
el
sentido
de
incluir
la
importación
de
par~fina
dura
y
parafina
dorada,
de
la.
P.
E.
38.19.J:
La
firma
.Saenger.
S.'
A
...
,
beneficiaria
del
régimen
de
tráfi-
co
de
perfeccionamiento
activo
por
Decreto
quinientos
cincuenta
y
nueve/mil
novecientos
sesenta
y
ocho,
de
catorce
de
marzo
Oficial
del
Estado.
del-
veinticinco).
y
ampliaciones
posteriores
para
la
importación
de
diversas
materias
primas
y
la
exportación
de
conductores
eléctricos,
solicita
la
ampliación
del
aludido
régimen
e...n
el
sentido
de
incluir
la.
importación
de
nuevas
mercancías.
La
ampliación
solicitada
'sat~sface
los
fines
propuestos
en
el
Decreto
mil
cuatrocientos
noventa
v
dos/mil
novecientos-
setenta
y
cinco,
de
veintiséis
de
junio,
yen
las
nonnas
reglamentarias
dictadas
para
fSU
aplicación.
aprobadas
por
Orden
de
veinte
de
noviembre
de
mil
novecientos
setenta
y
cinco,
y
se
han
cum-
plido
los
reqUisitos
que
se
establecen
en
""mbas
disposiciones.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
Comercio
y
Turis-
mo
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
once
de
abril
de
mil
novecientos
ochenta,
JUAN
CARWS
R
El
Ministro
de
Comercio
y
Turismo,
JUAN
ANTONIO
GARCIA
DIEZ
acogerse
alos
beneficias
de
los
sistemas
de
reposición
y
de
davo·
lución
de
derechos
derivados
de
la
presente
ampliación,
siempre-
que
se
haya
hecho
constar
en
la
licencia
de
exportación
y
en
la.
restante
documentación
e.duanera
de
despacho
la.
referencia
ele
estar
solicitada
y
en
trámite
-
de
resolución.
Para
estas
ex~
portadones.
los
plazos
para
solicitar
la
importación
o
devolu~
ción,
respectivamente,
comenzarán
a.
contarse
desde
la
fecha.
de
publicación
de
este
Decreto
en.
el
..
Boletín
Oficial
del
Estado,..
Se
mantienen
en
toda.
su
integridad
los
restantes
extremoS
del
Decreto
tres
mil
ochocientos
·treinta~y
cuatro/mil
novecientas
setenta.
de
diecinueve
de
diciembrf;
(
..
BoletInOficial
del
Estado.
'de
veintiséis
de
enero
de
mil
novecientos
setenta
y
uno),
prorro·
gado
por
Orden
ministerial
de
cuatro
de
febrero
de
mil
nove·
cientos
setenta
y
seis
(
..
Boletín-Oficial
del
Estado
..
del
veintiuno)
y
ampliado
por
Real
Decreto·dos
mil.
quinientos
noventa
y
dos!
mil
novecientos
setenta
y
siete,
de
veintisiete
de
agosto
(
..
80letín
Oficial
del
Estado.
de
quince
de
octubre),
que
ahora
se
amplía.
Dado
en
Madrid
a
catorce
de
abril
de
mil
novecientos
ochenta.
DISPONGO,
A
efectos
contables
respecto
a
le
presente
ampliación,
se
establece
que
para
la
determinación
de
las
cantidades
a
datar
en
'cuenta
de
admisión
temporal,
a
importar
con
franquicia
aran~
.
celaria
o a
devolver
los
derechos
arancelarios,
según
el
sistema
a
que
se
acojan
los
interesados,'
se
aplicará
el
régimen
fiscal
de
intervención
previa
a
efectuar
en
la
propia
Empresa
trans-
formadora
para
cada
caso
concreto,
de
conformidad
con
el
apar-
tado
.uno
puntó
diecinueve
punto
uno
cle
la
Orden
ministerial
de
veinte
de
noviembre
de
mil
novecientos
setenta
y
cinco.
La
Empresa
beneficiarilf
queda.
obligada.
a
comunicar
feha·
cientemente
a
I
Inspección
Regional
de
Aduanas
correspondien-
te
a
la
denominación
en
donde
se
encuentre
enclavada
la
fac-
toría
que
ha
de
efectuar
el
proceso
de
fabricación
con
antelación
suficiente
a
su
iniciación,
la
fecha
prevista
para
eL
comienzo
del
proceso
(con
detalle
del
concreto
producto
a
fabricar,
de
las
primeras
materias
a
p.mploila.r
y
prncF!SO
t,ecnnlógko
a.
qUA
s'"
someterán.
así
como
pesos
netos,
tanto
de
partida
como
real-
mente
incorporado
de
cada
una
de
ellas
y,
consecuentamente.
porcentajco
dc_
pérdidfl.3,
con
diferencíación
d""
1l1
y
::iub·
productos.
pudiéndose
aportar
a
este
fin
cuanta
documentación
comercial
o
téchica
se
estime
conveniente).
asi
como
duración
aproximada
prevista.
Una
vez
enviada
tal
comunicación,
el
titular
del
régimen
pd~
drá
llevar
a
caho
con
entera
l~bertad
el
proceso
fabril
dentro
de
las
feChas
preVistas,
reservándose
la
Inspección
Regional
de
Aduanas
la
facultad
de
efectuar.
dentro
del
plazo
consignado.
la.s
,comp'robaciones;
controles,
pesadas.
jnspección
de
fabrica-
ción,
etc
..
que
estime
conveniente
a
sus
fines.
La
Inspección
Regional,
tras
las
comprobaciones
realizadas
o
admitidas
documentalmente.
procederá
a
levantar
acta
en
la
que
consten,
además
de
la
identificación
de
cada
una
de
las
prime-
m$ -mate!tz,g.··que--luty-sn
"S1B:ü
-
rvdlme-Trte-
-Utili2&u&S,
108
cQefi~
cien
tes
do~transformación
correspondientes
a
cada
una
de
dichas
primeras
materias,
con
especificación
de
las
mermas
y
de
los
subproductos.
- .
DE
COMERCIO' YTURISMO
M"
9619
HEAL
DECRETO
875/1980,
de
14
de
abril,
por
el
que
S6
ampUa
el
régimen
de
tráfico
de
pero
feccionamiento
activo
autorizado
a
la
firma
..
Sol-
.
vay
&
Cie.,
S.
A.••
por
Decreto
3834/197.0,
de
1'1
de
diciembre
(
...
Bolettn
Oficial
del
Estado.
de
26
de
enero
de
1971J, en
el
sentido
de
incluir
en
la
ex-
portación
SOsa
caústica
"sólida
en
todas
sus
vari~-
dades. -
La firma.
..
Solvay
&
Cie
.•
S.
A....
beneficiaria
del
régimen
df'
tráficQ.
de
perfeccionamiento
activo
por
Decreto
tres
mil
ocho-
cientos
treinta
y
cuatro/mil
novecientos
setenta.
de
diecinuev&
de
diciembre
(
..
Boletín
Oficial
del
:ri:stado
..
de
veintiséis
de
ene-
ro.
~e
~i1
novecientos
setenta
y.
uno),
prorrogado
por
Orden
mInIstenal
de
cuatro
de
febrero
de
mil
novecientos
setenta
y
seis
(
..
Boletín
Oficial
del
Estado
..
del
veintiuno)
y
ampliado
por
Feal
Decreto
dos
mil
quinientos
noventa
y
dos/mil
novecientos
setenta
y
siete,
de
veintisiete
de
agosto
(
..
Boletín
Oficial'del
Es-
tado",.
de
quince
de
octubre),
para
la
importación
de
lejia
cáus-
tica
líquida
cuarenta
y
seis/cincuenta
y
uno,
por
ciento
y
la
E'xportación
de
sosa.'
cáustica
_
sólida
(bolada)
solicita
la
amplia-
ció~.
del
alu~ido
.régim·~nen
el
sehtido
de
incluir
en
la
exper-
t8clOn
sosa
caushca
sólIda
en
todas
sus
vatiedades.
La
ampliación
solicitada,
satisface
los
fines
propuestos
en
el
.Decreto
mil
cuatrocientos
noventa
'l
dos/mil
novecióntos
-setenta
y.
cinco.
de
veintiséis
de
junio,
y
en
las
normas
reglamentarias
dictadas
para
su
aplicación,
aprobadas
por
Orden
de
veinte
de
noviembre
de
mil
novecientos
setenta
y
cinco.
y
se
han
cum~
pUdo
los
requisitos
que
se
establecen
en
ambas
disposiciones.
.
En
su
vi.rtud,
a
propuesta
del
Mi.nistro
de
Comercio
y
Tu-.
nsm.
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reUnIon
del
día
opce
de
abril
de
mil
novecientos
ochenta,
)-,~

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR