RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña María de los Ángeles Amorós Devesa, contra la negativa del Registrador de la Propiedad, número tres de Alicante, don Fernando Trigo Portela, a inscribir una adjudicación de herencia.

MarginalBOE-A-2003-23241
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña María de los Ángeles Amorós Devesa, contra la negativa del Registrador de la Propiedad, número tres de Alicante, don Fernando Trigo Portela, a inscribir una adjudicación de herencia.

En el recurso gubernativo interpuesto por doña María de los Ángeles

Amorós Devesa, contra la negativa del Registrador de la Propiedad, número

tres de Alicante, don Fernando Trigo Portela, a inscribir una adjudicación

de herencia.

Hechos

I

Don Francisco D.P., falleció en Alicante, el 5 de septiembre de 1991,

bajo testamento abierto, otorgado ante el Notario de San Vicente de Raspeig,

don Gonzalo Franco Vázquez, el 7 de febrero de 1978, en el cual después

de legar a su esposa Doña Dolores P.L., el usufructo universal, con la

"cautela socini", instituyó heredero en el tercio de legítima a su único

hijo don Francisco D.P., legando a los hijos de éste, nietos del testador,

los tercios de mejora y de libre disposición. La esposa del anterior causante,

doña Dolores P.L., falleció en Mutxamel, el 12 de abril de 1999, bajo

testamento abierto otorgado ante el Notario de Alicante, don Mario Navarro

Castelló, el 3 de junio de 1992, en el cual instituyó por su único y universal

heredero a su hijo Don Francisco D.P. Mediante escritura otorgada ante

el Notario de Madrid, don Francisco Coronel de Palma, el 2 de noviembre

de 1992, los nietos de los causantes "renuncian pura y simplemente a

los derechos que pudieran corresponder en la herencia de su abuelo don

Francisco D.A., que se concreta en la Vivienda Segundo Letra C situada

en la planta segunda del edificio sito en Madrid, Paseo de Santa María

de la Cabeza, número 118".

Por escritura otorgada ante el Notario de San Vicente de Raspeig, don

Jesús Jiménez Pascual, el 23 de agosto de 2001, el único hijo de los

causantes, exponiendo que los legatarios han renunciado, se adjudica varios

inmuebles, pertenecientes a sus padres, entre los que no se incluye la

citada vivienda de Madrid.

II

Presentada la anterior escritura en el Registro de la Propiedad,

número 3 de Alicante, fue calificada con la siguiente nota: "Suspendida la

inscripción del documento, en base a los siguientes Hechos: En la escritura

que se acompaña autorizada en Madrid el 2 de noviembre de 1992, ante

su Notario don Luis Coronel de Palma; don Sergio D.N. y don Jaime D.N.,

renuncian pura y simplemente a los derechos que les pudieran

corresponder en la herencia de su abuelo, don Francisco D.A., que se concreta

en la vivienda segundo letra C, situada en la planta segunda del edificio

sito en Madrid. Paseo de Santa María de la Cabeza, número 118. No

renuncian a los demás bienes. Consecuentemente existe contradicción entre

el precedente documento, y...

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