Resolución de 27 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Modificación de características del aprovechamiento de agua de 2200l/s, en el río Cierves, términos municipales de Melón y Ribadavia, con destino a producción de energía eléctrica, central de Cierves, Ourense.

MarginalBOE-A-2012-11007
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1ª del capítulo II de dicha Ley.

El proyecto Modificación de características del aprovechamiento de agua de 2.200 l/s, en el río Cierves, términos municipales de Melón y Ribadavia, con destino a producción de energía eléctrica, central de Cierves (Ourense), se encuentra encuadrado en el apartado k.4, del grupo 9, del referido anexo II.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

  1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

    El proyecto tiene por objeto la modificación de la concesión del aprovechamiento hidroeléctrico de tipo fluyente del río Cierves, con el aumento del caudal a derivar que pasa de 2.200 l/s a 3.300 l/s. La potencia de equipamiento es de 8.095 kW.

    Asimismo, se realizarán modificaciones en el interior del edificio de la central, que se ubica en la margen derecha de la cola del embalse de Freira, para evitar los daños que se vienen produciendo por inundación desde su funcionamiento.

    Además, el aprovechamiento prevé la modificación del caudal ecológico, con un ligero incremento en sus valores.

    El aprovechamiento se localiza en el tramo comprendido entre la cota aproximada del lecho de 380 m del río Cierves (emplazamiento del azud), y la cota del lecho de 69,9 m en el río Miño (restitución de la central), afectando al tramo bajo del río Cierves en una longitud aproximada de 5.100 m y a los términos municipales de Melón y Ribadavia, en la provincia de Ourense, en Galicia.

    Para llevar a cabo dichos objetivos será necesario realizar modificaciones estructurales en el edificio de la central para instalar nuevos equipos (turbina de tipo Pelton horizontal y generador) y sustituir otros (trafo), así como para protegerlos de las inundaciones.

    También, será preciso realizar obra en la tubería forzada a su entrada en el edificio de la central, con la construcción de un ramal de bifurcación de 711 mm de diámetro y 8,85 m de longitud, que abastecerá a la nueva turbina.

    Los demás elementos del aprovechamiento: línea eléctrica, canal de derivación, azud, captación y escala de peces no necesitarán ser modificados, a excepción del tubo de acero inoxidable actual (Ø120 mm) anexo a la misma, por donde se evacua parte del caudal ecológico, que se sustituirá por uno de mayor diámetro (Ø185 mm) para adaptarlo al nuevo caudal ecológico.

    La concesión del aprovechamiento fue otorgada en el año 1990 (aprovechamiento de un caudal de 1.000 l/s en el río Cierves), modificándose algunas de sus características (ampliación del caudal concesional a 2.200 l/s), por Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte, con fecha 29 de junio de 1999.

    Posteriormente, el promotor solicitó la modificación del emplazamiento del edificio de la central, para solucionar el problema de las inundaciones en el edificio, y el aumento del caudal de equipo, motivado por un nuevo cálculo de los caudales circulantes en el río Cierves, habiéndose iniciado, con fecha 2 de enero de 2006, la tramitación ambiental de dicho proyecto en esta Dirección General, que concluyó con la Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 2 de junio de 2010 con la terminación de éste por causas sobrevenidas.

    El promotor del proyecto es Enel Unión Fenosa Renovables, S.A. y el órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.

  2. Tramitación y consultas

    Con fecha 12 de julio de 2011 se recibe, en la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la documentación ambiental del proyecto.

    De acuerdo con el art. 17 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, con fecha 15 de septiembre de 2011, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental consulta a los siguientes organismos y entidades, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con la documentación ambiental:

    Relación de consultados Respuestas recibidas
    Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. X
    Confederación Hidrográfica del Miño-Sil. X
    Subdelegación del Gobierno en Ourense
    Secretaria General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructura de la Junta de Galicia. X
    Dirección General de Sostenibilidad y Paisaje de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia. X
    Dirección General de Infraestructuras de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia. X
    Dirección General de Montes de la Consejería de Medio Rural de la Junta de Galicia. X
    Dirección General de Conservación da Naturaleza de la Consejería de Medio Rural de la Junta de Galicia. X
    Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Industria de la Junta de Galicia. X
    Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Galicia. X
    Diputación Provincial de Ourense. X
    Ayuntamiento de Ribadavia. X
    Ayuntamiento de Melón.
    ADEGA (Trasancos).
    Sociedade galega de historia natural (Sghna - Ourense).
    Federación Ecoloxista Galega (Responde la Asociación Ecologista Coto do Frade). X
    WWF/Adena.
    SEO/Birdlife.
    El contenido ambiental más significativo de las...

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