RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2003, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convocan becas para los alumnos que vayan a iniciar estudios universitarios en el curso 2003/04.
Marginal | BOE-A-2003-6476 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2003, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convocan becas para los alumnos que vayan a iniciar estudios universitarios en el curso 2003/04.
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades
encomienda al Estado el establecimiento de un sistema general de becas y
ayudas al estudio destinado a remover los obstáculos de orden
socioeconómico que, en cualquier parte del territorio, impidan o dificulten el
acceso o la continuidad de los estudios superiores a aquellos estudiantes
que estén en condiciones de cursarlos con aprovechamiento; y en este
sentido, la Conferencia Sectorial de Educación acordó, en su reunión de 7
de febrero de 2002, el mantenimiento del régimen vigente de becas y ayudas
al estudio en las próximas convocatorias.
Con esta convocatoria se viene a dar continuidad a la política iniciada
el curso 2001/02 de propiciar la movilidad de los estudiantes sin que
los niveles de renta familiar supongan un impedimento para que esta
movilidad pueda llevarse a cabo.
Para alcanzar este objetivo resulta necesario anticipar esta convocatoria
respecto de las fechas tradicionales para los alumnos que van a iniciar
los estudios universitarios, de manera que conozcan si reúnen las
condiciones para obtener beca antes de llevar a cabo su preinscripción en
la Universidad. La confirmación de la beca quedará pendiente únicamente
de la efectiva matriculación en la Universidad.
Por todo ello y, de conformidad con lo previsto en la normativa general
sobre subvenciones y, en especial, en los artículos 81 y 82 del Real Decreto
Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General Presupuestaria, así como el Real
Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas,
He resuelto,
Destinatarios
Se convocan por la presente Resolución becas para los alumnos que,
en el curso académico 2003/04, inicien, por primera vez, primer ciclo de
estudios conducentes al título oficial de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto,
Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico con validez
en todo el territorio nacional.
Clases y cuantías
Se convocan las siguientes modalidades de beca:
-
Para estudiantes que cursan estudios presenciales en Comunidad
Autónoma/distrito universitario distinto al de su domicilio familiar y
residen fuera del domicilio familiar durante el curso:
Cuantía Euros
1.1 Beca general de movilidad con residencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.767,00
1.2 Beca especial de movilidad con residencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.668,00
-
Para estudiantes que cursan estudios presenciales en distrito
universitario distinto al de su domicilio familiar pero no cambian de residencia
durante el curso:
Cuantía Euros
2.1 Beca general de movilidad sin residencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.390,00
2.2 Beca especial de movilidad sin residencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.290,00
-
Para estudiantes que cursan estudios en el distrito universitario
de su domicilio familiar pero residen fuera del domicilio familiar durante
el curso:
Cuantía Euros
3.1 Beca de residencia y libros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.150,00
3.2 Beca de residencia, transporte urbano y libros . . . . . . . . . . . . . 2.291,00
3.3 Beca de residencia, libros y compensatoria . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.024,00
3.4 Beca de residencia, transporte urbano, libros y
compensatoria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.165,00
-
Para estudiantes que cursan estudios en el distrito universitario
de su domicilio familiar y no cambian de residencia durante el curso:
Cuantía Euros
4.1 Beca de libros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 186,00
4.2 Beca de desplazamiento de 5 a 10 Kms. y libros . . . . . . . . . . . 334,00
4.3 Beca de desplazamiento de más de 10 a 30 Kms. y libros . 482,00
4.4 Beca de desplazamiento de más de 30 a 50 Kms. y libros . 772,00
4.5 Beca de desplazamiento de más de 50 Kms. y libros . . . . . . 907,00
4.6 Beca de transporte urbano y libros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 328,00
4.7 Beca de libros y compensatoria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.060,00
4.8 Beca de desplazamiento de 5 a 10 Kms., libros y
compensatoria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.208,00
4.9 Beca de desplazamiento de más de 10 a 30 Kms., libros
y compensatoria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.356,00
4.10 Beca de desplazamiento de más de 30 a 50 Kms., libros
y compensatoria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.646,00
4.11 Beca de desplazamiento de más de 50 Kms., libros y
compensatoria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.781,00
4.12 Beca de transporte urbano, libros y compensatoria . . . . . . . 2.202,00
-
Para todos los solicitantes:
Cuantía
5.1 Beca de matrícula . . . . Importe del precio público que se fije en el
curso 2003/04 para los servicios académicos.
En el caso de alumnos de Universidades privadas, el importe de esta
beca no excederá de los precios públicos oficiales establecidos para la
misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública
de su misma Comunidad Autónoma.
-
Para la adjudicación de cualquiera de las becas que incluyen ayuda
para residencia, se requerirá que el solicitante tenga que residir fuera
del domicilio familiar durante el curso.
-
A estos efectos, los Órganos de Selección podrán considerar como
domicilio de la familia el más próximo al centro docente que pertenezca
a algún miembro computable de la unidad familiar, aunque no coincida
con el domicilio legal. Se tendrán en cuenta factores como el grado de
parentesco con el alumno, los gastos ocasionados por éste o el lucro cesante
por la imposibilidad de arrendar el inmueble.
-
Para poder ser beneficiario de la modalidad especial de la beca
de movilidad o de cualquiera de las becas que incluyen ayuda
compensatoria, la renta familiar del solicitante no podrá exceder de los umbrales
establecidos en el artículo 16.4 de la presente Resolución.
-
Tendrán preferencia para obtener estas becas los solicitantes que
pertenezcan a alguno de los grupos siguientes:
-
Familias cuyo sustentador principal se encuentre en situación de
desempleo o tenga reconocida la incapacidad permanente absoluta.
-
Familias numerosas.
-
Huérfanos absolutos.
-
Familias cuyo sustentador principal sea viudo, padre o madre
soltero, divorciado o separado legalmente o de hecho.
-
Familias en la que el solicitante o alguno de sus hermanos o hijos
esté afectado de minusvalía, legalmente calificada.
Estas circunstancias podrán acreditarse por cualquier medio de prueba
admisible en Derecho.
Para poder ser tenidas en cuenta deberá acreditarse que estas
circunstancias concurrían a 31 de diciembre de 2002 y durante un periodo
no inferior a seis meses.
-
-
Las becas que incluyen ayuda para desplazamiento se adjudicarán
en función de la distancia existente entre el domicilio familiar del alumno
y el centro docente, que será la que medie entre los respectivos cascos
urbanos.
-
Será aplicable a estas becas lo dispuesto en el apartado 3.2 de
la presente Resolución.
-
Los Órganos de Selección podrán ponderar las dificultades de
desplazamiento que existen en casos concretos para adjudicar una modalidad
u otra de las becas con ayuda de desplazamiento.
Procederá la adjudicación de las becas que incluyen ayuda para
transporte urbano en aquellos casos en que la ubicación del centro docente
lo haga necesario a juicio del Jurado de Selección respectivo y siempre
que para el acceso al centro docente haya de costearse más de un medio
de transporte público.
Las becas que incluyen ayuda para libros podrán adjudicarse a todos
los solicitantes que cursen estudios en su distrito universitario y cuya
renta familiar no exceda de los umbrales establecidos en el artículo 16.2.
de la presente Resolución.
-
Podrán disfrutar beca de matrícula:
-
Los alumnos que obtengan alguna de las becas enumeradas en
los apartados 1, 2, 3 y 4 del artículo 2 de la presente Resolución.
-
Los alumnos que cursen estudios en su distrito universitario y
cuya renta familiar no exceda de los umbrales establecidos en el artículo
16.3 de la presente Resolución.
-
-
Estas becas se sustanciarán mediante la exención al becario del
importe correspondiente y su compensación a las Universidades en los
términos previstos en el artículo 36.3 de la presente Resolución.
-
Conforme al mandato contenido en el artículo 138.1 de la
Constitución y a lo dispuesto en la Ley 30/1998, de 29 de julio, del Régimen
Especial de las Islas Baleares, las cuantías de las becas de...
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