Resolución de 16 de agosto de 1995, de la Dirección General de Renovación Pedagógica, por la que se desarrolla lo previsto en la Orden de 3 de agosto de 1995 sobre actividades de estudio alternativas a las enseñanzas de Religión, en lo relativo a las actividades de Sociedad, Cultura y Religión, durante los cursos 3.º Y 4.º De Educación Secundaria Obligatoria y 1.º de Bachillerato.

MarginalBOE-A-1995-20465
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

La Orden de 3 de agosto de 1995 por la que se regulan las actividades de estudio alternativas a las enseñanzas de Religión define esas actividades y fija los contenidos generales en torno a los cuales han de organizarse, distinguiendo las que se refieren a manifestaciones escritas, plásticas y musicales de las diferentes religiones, que se sitúan en los cursos 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria y 1.º de Bachillerato, de aquellas otras en las que los comentarios sobre ese tipo de manifestaciones girarán en torno a la sociedad, la cultura y las artes en su dimensión histórica o actual. En todo caso esas actividades versarán sobre contenidos no incluidos en el currículo de las áreas y materias de los diferentes ciclos y cursos.

Asimismo, la citada Orden encomienda a la Dirección General de Renovación Pedagógica la elaboración del marco general sobre las actividades de estudio en torno a cultura religiosa para los cursos 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria y 1.º de Bachillerato, en función de la edad de los alumnos, y la difusión de modelos de desarrollo de esas actividades que sirvan de orientación a los profesores que se encargarán de dirigirlas, y en el apartado quinto,4 determina que la Dirección General de Renovación Pedagógica podrá establecer prioridades entre las diferentes especialidades del profesorado habilitado para hacerse cargo de la dirección o coordinación de las actividades sobre cultura religiosa.

En virtud de lo expuesto, y con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Orden de 3 de agosto de 1995, Esta Dirección General ha resuelto:

  1. Las actividades de estudio alternativas a las enseñanzas de Religión durante los cursos 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria y 1.º de Bachillerato se denominarán «Sociedad, Cultura y Religión» I, II y III, respectivamente.

  2. Las actividades de estudio alternativas a las enseñanzas de religión tendrán como finalidad la de contribuir al desarrollo de los objetivos y capacidades generales de la etapa correspondiente. De manera especial habrán de contribuir, en la Educación Secundaria Obligatoria, a la adquisición y práctica de hábitos de solidaridad y tolerancia y, en el Bachillerato, a consolidar la madurez personal, social y moral que permita a los alumnos actuar de forma responsable y autónoma.

  3. Las actividades citadas se organizarán en forma de módulos de trabajo en los que los hechos y personajes significativos, los textos y las manifestaciones...

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