Decreto 347/1994, de 15 de Diciembre, por el Que Se Aprueba la Alteracion Parcial de Los Terminos Municipales de Terrassa y de Sant Quirze del Vallès.

MarginalBOE-A-1995-5271
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

En fecha 26 de abril de 1990, los Plenos de los Ayuntamientos de Terrassa y Sant Quirze del Vallès acordaron simultáneamente, y de común acuerdo, el inicio de un expediente para la segregación de una parte del término de Sant Quirze del Vallès y su agregación al término de Terrassa y, correlativamente, para la segregación de una parte del término de Terrassa y su agregación al término de Sant Quirze del Vallès. Los motivos de la alteración planteada, que afecta una extensión de unas 14,3 hectáreas en el sector de Can Parellada y Les Fonts, y tal como queda acreditado en el informe de los Servicios Urbanísticos del Ayuntamiento de Terrassa, son la necesidad de adecuar los límites entre ambos municipios a la realidad humana actual de la zona, y la conveniencia de que la línea divisoria coincida, en todo este sector, con los límites lógicos de los diferentes elementos urbanísticos afectados.

En la fase de instrucción el expediente fue sometido a información pública y a informe de las corporaciones locales afectadas que no lo habían promovido. La Diputación de Barcelona, en fecha 19 de julio de 1991, y el Consejo Comarcal de El Vallès Occidental, en sesión de 5 de junio de 1991, emitieron informe favorable.

Cumplidos los términos previstos en los artículos 16 y siguientes del Reglamento de Demarcación Territorial y Población de los Entes Locales de Cataluña, de 24 de mayo de 1988, el expediente fue sometido a informe de la Comisión de Delimitación Territorial que, en la sesión del día 15 de octubre de 1992, informó favorablemente el expediente, al considerar que concurren en la zona afectada unas circunstancias de orden geográfico, económico y administrativo que hacen necesaria y aconsejable la alteración.

La Comisión Jurídica Asesora, en la sesión del día 26 de noviembre de 1992, también emitió dictamen favorable sobre el expediente, al considerar que en su tramitación se habían cumplido los requisitos legalmente exigibles, tanto a nivel formal como material.

Vistos los acuerdos del Ayuntamiento de Terrassa de 30 de diciembre de 1993 y del Ayuntamiento de Sant Quirze del Vallès de 20 de julio de 1994, de aprobación de las bases de reparto patrimonial en la zona objeto de la alteración;

Tomando en consideración los argumentos contenidos en la Memoria del expediente, los informes favorables de los Ayuntamientos de Terrassa y de Sant Quirze del...

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