Resolución de 14 de octubre de 2010, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se publica la convocatoria del Premio 'Alimentos de España al mejor aceite de oliva virgen extra de la campaña 2010-2011'.

MarginalBOE-A-2010-16817
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyResolución

La Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 23, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

La Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 159, de 2 de julio, establece las bases reguladoras de los Premios Alimentos de España y se convoca su concesión para 2008.

Mediante la presente resolución, se convoca el Premio Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2010-2011, con la finalidad de promocionar y dar a conocer los aceites de oliva vírgenes de mayor calidad organoléptica, de conformidad con lo previsto en el Capítulo III de la Orden/ARM/1915/2008, de 25 de junio.

En su virtud, acuerdo:

Primero. Objeto.–La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, el Premio Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2010-2011 en la categorías de producción convencional, grupos frutado verde dulce, frutado verde amargo y frutado maduro y producción ecológica, previsto en el Capítulo III de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios Alimentos de España.

Segundo. Aceites admitidos a concurso.–Sólo se admitirán a concurso los aceites de oliva virgen extra a granel de la campaña 2010-2011 que cumplan la legislación vigente, según se indica en el artículo 8 de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Alimentos de España.

El aceite presentado al concurso en la categoría de aceites de oliva virgen extra de producción convencional deberá proceder de un lote homogéneo de, al menos 20.000 litros (18.320 kilogramos), y en la categoría aceite de oliva virgen extra de producción ecológica 5.000 litros (4.580 kilogramos).

Tercero. Solicitud, forma y plazo de presentación.–1. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud y declaración de no estar incurso en un procedimiento sancionador en materia de medio ambiente, medio rural y marino, con la totalidad de los datos que en ellas se requieren, según los modelos que se adjuntan como anexos I y II.

  1. La solicitud, acompañada de la declaración, se dirigirá al Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, y se presentará en el Registro General del Departamento o en cualquiera de los lugares previstos en el...

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