ORDEN ECD/450/2004, de 27 de enero, por la que se convocan plazas en el programa de 'intercambio puesto por puesto', de profesores alemanes, británicos y franceses, con profesores españoles de Educación Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas.

MarginalBOE-A-2004-3505
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

ORDEN ECD/450/2004, de 27 de enero, por la que se convocan plazas en el programa de 'intercambio puesto por puesto', de profesores alemanes, británicos y franceses, con profesores españoles de Educación Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en aplicación de los Convenios Bilaterales de Cooperación Educativa, resultado de las Comisiones Mixtas con la República Federal Alemana, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y la República Francesa, vienen llevando a cabo intercambios 'puesto por puesto', respondiendo asÃ, al interés por el aprendizaje de las lenguas de la Unión Europea y con la finalidad de promover la cultura de los paÃses implicados.

A través de estos Convenios,los profesores españoles intercambian sus puestos docentes con profesores de los paÃses citados durante un curso académico, o perÃodos del mismo.

El Real Decreto 1331/2000, de 7 de julio, desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, creando la Subdirección General de Programas Europeos, que será la unidad que gestione los intercambios de los paÃses del área comunitaria.

Por todo lo cual, este Ministerio, acuerda aprobar las siguientes bases reguladoras delprocedimiento de selección de profesores para proveer 50 plazas, en régimen de intercambio 'puesto por puesto'.

1º PaÃses y número de plazas.--Se convocan 50 plazas en régimen de intercambio correlativo 'puesto por puesto' entre profesores de la República Federal Alemana, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la República Francesa y profesores españoles de Educación Secundaria, y Escuelas Oficiales de Idiomas, para el curso 2004-2005.

2º Requisitos de los candidatos.

2.1 Los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

  1. Ser funcionarios de carrera de los siguientes Cuerpos y especialidades:

    Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria: especialidades de alemán, francés o inglés.

    Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas: especialidades de alemán, francés o inglés.

  2. Contar con destino definitivo en el centro desde el que participan, que habrán de mantener para el curso en que se hace efectivo el intercambio. El incumplimiento de este requisito, por parte del candidato, sin perjuicio de las medidas a que hubiera lugar, de acuerdo con la legislación vigente, motivará la rescisión de la Comisión de Servicios y del intercambio.

    Si dicho incumplimiento diera lugar a la interrupción de un intercambio ya iniciado, el profesor debe atenerse a lo indicado en la base VII para la rescisión o interrupción imputable al interesado.

  3. No se admitirán solicitudes de intercambio de aquellos profesores que estén disfrutando de una comisión de servicio en el exterior.

    2.2 En función del paÃs, los candidatos interesados deben cumplir los siguientes requisitos especÃficos.

    Puestos en Alemania. Ser preferentemente profesor de la especialidad de alemán.

    Puestos en Francia. Ser profesor de la especialidad de francés.

    Puestos en el Reino Unido. Ser profesor de la especialidad de inglés.

    En este caso se requiere además presentar candidato inglés con el que se realizará el intercambio, asà como la aprobación de los Directores de ambos centros.

    3º Solicitudes.

    3.1 Los candidatos deberán cumplimentar una solicitud por triplicado según el modelo establecido en el Anexo I.

    El Anexo II está reservado para los informes de la inspección y del director del centro.

    3.2 La solicitud debidamente cumplimentada y firmada, se acompañará de la siguiente documentación:

  4. Tres fotografÃas de tamaño carnet.

  5. Certificación de servicios expedida por la autoridad competente, según modelo que figura en el Anexo III cerrada al 31 de diciembre de 2003.

  6. Documentación acreditativa de los méritos alegados conforme al baremo establecido en el Anexo IV.

  7. Documento expedido por la autoridad competentede la Comunidad Autónoma en la que estén destinados, autorizándoles la realización del intercambio, con el compromiso explÃcito de emitir la orden de comisión de servicio en caso de...

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