Orden 149/1982, de 29 de octubre de 1982 por la que se señala la zona de seguridad del Acuartelamiento de la Brigada de Reserva, en Almería.

MarginalBOE-A-1982-29504
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden
"BOE.-Núm.
272
.12
noviembre
1982
31035
nombre
y
derecho
contra
Resolución
del
Ministerio
de
Defensa
de
-dooe de Julio
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve
y
contra
la
destimaci6n
presunta
del
recurso
de
reposición
interpuesto
con-
tra
dicha
Resolución,
las
que
declaramos
confonnes
a
derecho
y
no
hacemos
expresa
imposición
de
cós.tas.
As!
por
esta'
nuestra
sentencia.
de
l,a
que
se
unirá
ceftifi<:a->
0160
al
rollo
de
la
Sala.
lo
pronuncIamos,
mandamos
y
fIr-
mamos.•
En
su
\rtttud.
de
conformidad
con
lo
establecido
en
la
Ley
reguladora
de
la
Jurisdicción
Contencioso-Administrativa
de
27
de
diciembre
de
1956, y
en
uso
de
las
facultad6'S
que
me
confiere
el
articulo
3,0
de
1&
Orden
del
Ministerio
de
Defensa
número
54/1982,
de
18
de
marzo,
dispongo
que
se
cumpla
en
sus
propios
términos
la
expresada
sentencia.
Lo
que
comunico
aVV. EE.
Dios
guarde
a
VV.
EE.
muchos
afios.
Madrid,
23
de
septiembre
de
1982.-P
D.,'
el
Secretario
gene-
ra]
para
Asuntos
de
Personal
y
Acción
Social
Federico
Micha-
vila
Pallarés.
1978,
de
la
de
febrero,
que
desarrolla
la
Ley
811975,
de
12
de
marzo,
se
considera
incluida
en
el
grupo
primero
la
instalaci6n
mHitar
Acuartelamiento
de
la
Brigada
de
Reserva
{BRlRl
en
Almería.
.
Art.
2.9 De
conformidad
con
preceptuado
en
el
articu'
o
10
del
citado
Reglamento,
se
señala
la
zona
próx
ima
de
se.'turidad,
determinada
en
el
Mapa
Militar
de
Espai"Ja E.
1:10.-000
hoja
5,
y
cuyo
'perímetro
exterior
estará
definido
por
los
siguientes
Duntos:
'
(51950
-844-(0).
Vértice
La
Magara
{51652
84250)
Vértice
Zorra
14tl
(51830
D3900)
Cruce
de
caminos
(51990
835(0).
{S2080
-
~l00J,
Madrid,
29
de
octubI"8
de
1982.
OLIART
5AUSSOL
29503
OLlART
SAUSSOL
por
la
que
Polvorín
de
y=4198556'85
Y=4197949'53
Y=
4197394
'00
Y=4197263'06
Y=4197410'52
Y=4197652'73
Y=4197744'80
Y=4197774'23
Y=4198104'
57
Y=4198401'13
Y=4199031'36
Y=4199263'70
Y=4199568'64
Y=
4199552
'85
Y=4199170'08
OLIART
SAUSSOL
x=671437'53
X
:;::
671389'81
X=671315'54
X=671951'42
X=672596'68
X=673232'51
X=673894'11
.x
=
~74279'88
X=675087'08'
X=675508'42
X=675696'15
X=675476'28
X=675073'87
X=673930'
57
X=672800'
16
A
B
e
D
E
F
G
H
1
J
K
L
U,
M
N
Madrid,
29
de
octubre
de
1982.
29506·
29505
ORDEN'
150/1982,
'de
29
de
octubre,
por
laque
,e
señala
la
zona
de
seguridad
del
polvorín
Rambla
de
Munuera.
en
Murcia.
Por
existir
en
la
Tercera
Región
Militar
la
instalación
mi-
litar
Polvorín
de
-Rambla
de
Munuera,
en·
Murcia,
se
hace
acon-
sejable
preservarla
de
cualquier
obra
o
actividad
que
pudiera
afectarla,
de
conformidad
con
lo
establecido
en
el
Reglamento
de
Ejecución
de
la
Ley 8/1975,
de
12
de
marzo,
de
zonas
e
ins-
talaciones
de
int'3rés
p~ra
la
defensa
nacional.
En
su
virtud
y
de
conformidad
con
el
informe
emitido
por
el
Estado
Mayor
del
Ejército,
a
propuesta
razonada
del
Ca-
pitán
General
de
la
Tercera
Región
Militar,
dispongo:
,
-Articulo
1.
0A
los
efectos
prevenidos
en
el
capítulo
H
del
titulo
primero
del
Rel"tla.mento
de
Zonas
eInstalaciOl'lf'S
de
ln~
terés
para
la
Defensa
Nacional.
aprobado
por
Real
Decreto
689/1978,
de
10
de
febrero,.
que
desarrolla
la
Ley 8/1975,
de
12
de
marzo,
se
considera
incluida
en
el
grupo
tercero
la
ins~
talación
militar
polvorin
de
Rambla
de
Munuera,
en
Murcia.
Art.
2,0
De
confonnidad
con
lo
preceptuado
en
el
artícu-
lo
24
del
citado
Reglamento,
se
sefla.la
la
Zona
Próxima
de
Se-
guridad,
que
vendrá.
definida
pOr
los
puntos
de
coordenadas
U.T.M.
siguientes:
ORDEN
152/1982,
de
29
de
octubre,
S6
señala.
la.
.zona
de
segurickul
del
Magaz
(Palencia).
' .
Por
existir
en
la
Séptima
Región
Militar
la
instalación
mílitar
Polvorín
de
Magaz,
en
Palencia,
se
hace
e<::onsejable>
preser~
varIa
de
cualquier
obra
o
actividad
que
pudiera
afectarla,
de
·conformidad
con
lo
establecido
.en el
Reglamento
de
Ejecución
de
la
Ley
8/1975
de
12
de
.marzo,
de
Zonas
e
IIl5talacioncs
de
Interés
para
la
Defensa
Nacional.
En
su
virtud
y
de
conformidad
con
el
informe
emitido
por
el
Estado
Mayor
del
Ejército,
a
propueste.
ra~nada
del
Capitán
General
de
la
Séptima
Región
Militar,
dispongo:
,.
Artículo
1.0 A
los
efectos
prevenidos
~n
el
capitulo
segundo
del
titulo
primero
del
Reglamento
de
Zonas
e
Instalaciones
de
Interés
parfl,
la
Defensa
Nacional,
..
probado
por
Real
Decreto
689/1978.
de
10
de
febrero,
que
desarrolla
la
Ley
,8/197.5,
de
12
de
marzo,
se
considera
incluida
en
-el
grupo
tercero
la
instalación
militar
Polvorín
de
Magaz,
en
Palencia.
Art.
2.° De
conformidad
con
le precept\l..ado
en
el
articulo
2-4
del
citado
Reglamento,
se
señala
la
zona
próxima
de
seguridad,
comprendida
entre
los
limites
del
terreno
militar
y
la
circunfe-
rencia
de
700
metros
de
radio.
cuyo
centro
es
el
punto
de
co-
ordenadas
X=376.660.
y::::::
4.6-49.460.
,
Madrid,
·29
de-
octubre
de
1982.
ORDEN
111/01712/1982,
de
23
de
Teptiembre,
por
la
que'
se
dispone
el
cumplimiento
de
la
sent.encta
de
la
Audiencia
Nócional.
dictada
con
fecha 9
de
marzo
de
1982,
en
el
recurSo
contencioso-administra~
Uva
interpuesto
por
don
Avelino
AbeUa
Armesto,
Sargento
,de
[nrenterla.
C.
M.
P.
Excrnos.
Sres.:
En
el
recUrso
contencioso-administrativo
se~
guido
en
única
fnstancia'ante
la
Sección
Tercera
de
la
Audien~
cia
Nacional
entre
partes,
de
una,
como
demandañte.
don
Ave-
lino
Abcl1a
Armésto,
Sa.rgento
de
Infantena,
quien
postula
por
si
mismo.
y
de
otra,
como
demandada.
la
Administradón
PÚ-
blica..
representada
y
defendida
por
el
Abogado
del
Estado,
con-
tra
Resoluciones
del
Ministerio
de
Defensa
de
23
de
octubre
de
1978
y
23
de
febrero
de
1979.
se
ha
dictado
sentencia
con
fecha
9
de
marzo
de
1982.
cuya
parte
dispositiva
es
como
sigue:
..
Fallamos:
Que
estimamos
parcialmente
el
recurso'
interpues~
lo
por
el
Procurador
don
José
Granados
Weil.
en
nombre
y
representación
de
don
AveUno
Abella
Armesto,
contra
Resolucio-
nes
del
Ministerio
de
Defensa
de
veintitrés
de
octubre
de
mil
novecientos
setenta
y
ocho
y
veintitrés
de
febrero
de'.mil
nove-
cle~ti:>s
setenta
y
nueve,
que
anulamos
parcialmente
para
que
le
reconozca,
como
hacemos.
el
derecho
que
tiene
el
recu-
rrente
a
percibir.
el
complemento
de
destino
por
responsabilidad
en
la
función
desde
la
efectividad
económica
de
su
ascenso
a
Sargento
'hasta
la
entrada
en
~gor
de
la
Ley
cinco/mil
nove-
cientos
setenta
yBeis
de
once
de
marzo.
condenando
a
la
·Ad-
ministración
a
que
Íiquide
tal
período
y
abone
al
actor
la
cantidad
resultante;
declaramos
válidas
las
resoluciones
impug-
nadas
en
cuanto
no
reconocieron
el
derecho
al
percibo
del
in-
dicado
complemento
con
efe«tos
posteriores
a
la
vigencía
de
la
'Ley
citada,
y
no
hacemos
expresa
imposición
de
costas.
Asi
por
esta
nuestra
sentencia
lo
pronunciamos,
mandamos
,.
firmamos..
' .
En
su
virtud,
de
conformidad
con
lo
establecido
en
la
Ley
reguladora
de
la
Jurisdicción
Contencioso-Administrativa
de
'Z1
de
diciembre
de
1956, y
en
uso
de
las
facultades
que
me
con-
fiere
el
articulo
3.0
de
la
Orden
del
Ministerio
de
Defensa
nú-
mero
54/1982,
de
16
de
marzo,
dispongo
que
se
cumpla
en
sus
propios
términos
la
expresada
sentencia.
Lo
que
oomunico
aVV, EE.
Dios
~arde
aVV. EE.
muchos
años.
Madnd,
23
de
septiembre
de
1962.-P.
D.,
el
Secretario
gene~
ral
para
Asuntos
de
Personal
y
,Acción
Social,
Federico
Micha-
vila
PalIares.
.
Excmos,
Sres
Subsecreiario
de
Política
de
Defensa
y
General
Director
d'e
Mutilados
de
Guerra
por
la
Patria.
,
Excmos.
Sres.
Subsecretario
de
Polftica
.de
Defensa
y, G..,!neral
Director
de
Mutilados
de
Gue~a
por
la
Patria.
29504
anDEN
141J11982,
""
de
octubre,
por
la
qu
8e
Bet\am
la
zona
de
seguridad
del
Acua.rtezamien~
to
de
la
Brigada
de
Reserva.
en
Almerta.
Por
existir
en
la
Novena
Región
Militar
la
instalación
militar
Acuartelamiento
de
le.
Brigada
de
Reserva
-{BRIRJ
en
Almena,
se
hace
aconsejable
preservarla
de
cualquier
obra
-o
actividad
que
pudiera
afectarla,
de
conformidad
CQn
lo
establecido
en
el
Reglamento
de
Ejecución
de
la
Ley 811975,
de
12
de
marzo,
de
Zonas
e
Insta.laciones
de
InteréCJ¡
para
la
Defensa
Naciona.l,
En
su
virtud
y
de
conformidad
con
el
informe
emitido
por
el
Estado
Mayor
del
Ejército,
a
propuesta
razonada
del
Capitán
General
de
la
Novena
Región
Militar,
dispongo:
Artfculo
Lo
'A
los
efectos
prevenidos
en
el
capitulo
11
del
titulo
primero
del
Reglamento
de
Zonas
e
Instalaciones
de
In~
terés
para
la
Defensa.
Nacional,
aprobado
por
Real
Decreto
689/

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