Decreto 2536/1970, de 9 de julio, por el que se adscribe al Patronato de Casas del ramo del Aire un terreno y edificaciones de 2.275,39 metros cuadrados de superficie sito en Madrid, con destino a la construcción de viviendas para el personal del Ejército del Aire.

MarginalBOE-A-1970-47810
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyDecreto
15170
IIl.
15
llllftl~mbre
1970
Otras disposiciones
B.
O. del
R.-Núm.
221
PRESIDENCIA
DEL
GOBIERNO
DECRETO
253~/197Q.
de
22 deaUQsto,
par"el
que
se
crea
un
Polo
de
DesaTToUo
Industrial
en
Vilta~arcía
de
ATosa.
Por
Decreto doscientos
cuarenta/mil
ilQvecientos
~etlta
y
nueve,
de
veintiuno de febrero,
se
prorrogó
hasta
el
treinta: y
uno
de diciembre de roll novecientos.
se~t&
y
tfes.
(l()D
~'
..
carácter
de
Polos de Desarrollo
Industrial.
el
régimen
eSt&blée1do
para
los
~los
lOCaJlza
en
laurgqo y
~l"";
h",,~
el
treinta
Y1¡llO
de diclemqre de
mU
noveclen:tos
~ta
y
.l1n~·los
de
tdl
.••
eo~
yVigO;
hasta
el trel'1ta y
uno
¡le ¡llclem)lr.
él.
ll1i!
.naveclent
setenta
loa
de
Sevilla SValládol1d, yhasta.
el
treinta,
uno
de
áiciembre.
fiemil
nQvecientos
s~enta
Y,np.,eve
el
de
~
El mismo rJecreto, llevó
a,
c.qo-
'1
~
lO(;~actén
de
QUiltro;
m~.
vos :pajos
de
IJel;arr<>ilo
lndusttW
el)
91'll11la¡la.
C/>tdóbI,
0Vki
~~~o~~v~~:~nJ:t~=
;n0
~~r~~esdJe
e~r:oe:~;:
setenta ydos ydeclaró que las sustituciones
cie
loS
antlgt1()IJ
por
los
nuevos
$erlan
setialados
•.
como
tiHhim;O
••
<::911.>
un
.afi0
ante-
lacIón
~l
Inlelo
de
su
perlOdo
de
vili~o.
COIí
el
fl1l
pe
pl'jOIJOrar
unQu1te:~a
P~i:ird~~C:¡~:~:i~~
que
habrá
de
entrar
en
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en
uno
de,
enero
de.
ttJjl
~clentóS
setenta ydos, Y
~tendlendo
a.
las
asplraciQn~
~r~
por el
Consejo Económico Sindlclt1 y a las
recomend~ioh~
tdrtll1.tlaJ)as
en
tal
sentido por
la
Comisión
de
Pfi'et:eión
Pata
él
~no
ECQnómico
ySocial
de
GaUcia
•.
de
acuerdo
~Jj
l~,
8f!~dlosTea.
lizados
en
el
seno
de
la
ponencl~C1e
Desárrpllo:RegI()tlM, la:Co-
misión Delegada
de
Asunt~
ECOnÓ1Xli~
en~
..
reunlóD:.de, dteci-
nqeve
de
agosto
de
mn
novecientos
setént1f.,
~órg6
elevat:al
Con-
sejo
de
Ministros
la
propue$ta
de
localIzar
un
~()d~
pet;11fTOl1o
Industrial
en l$.
ría
de
Aros&.
tlue,por
susitu~lón~gmflca
ycondiciones socio-econórnicas, .
está
llamado
a.
contribuir
efieaz-
mente
al
proceso
de
industr¡alizaci6n
de
a-aUcla.
En
su virtud,
de
conformida.d con lo
dispuesto
en
~l
articulo
séptimo
de
la
Ley
ciento nQventa Y
cuS:trQ!mi~
n~eetentos.
Se--
santa.
ytres,
de
veintiocho
de
dIciembre, c011finnado p'er
la..
Ley
uno/mil.
novecientos
ses~nta
ynueve,
de
ot'lCe·de.
f~'br'er0~
apro--
batoria
del
TI
Plan
de
Desarrollo
Econ6micoy·
Sqclal:, del·
ar~
tleulo primero del Decreto.
ciento
clneúenta.y
tresl~fl.noveclet:l
tqs
sesenta ycttatro,
de
treinta
de.enero,
y,
de
aCUt:rqO
cCm
1$$
directrices del Decreto doscientos. cU$rentaím:h.
:novecl~p~
se-
senta
ynueve,
d~
veIntIuno
¡le
feb~,
a
prdpu~
del
VI~
sldente del QoJjlerno yprevIo
delllle:a.lón
cteJ
con""jo
pe
Ml1ll&-
tros
en·su
:reunión del
día
veintiuno
de agostO
de
mil novecientos
setenta,
DISPONGO:
Art1ct¡lo
primero.-8e
locaUza.
en
ViUagarcla
de
Aros~
un
:polo
de
Desarrollo Industrl.al,
al.
ql:le
J!:erá
de,
&.j.>.licacJóq
..
~
..
-r~gúp.ell
establecido
en
el artIculo oéPtJl'1o
de
lo
x...y
clenti>
novej¡tl! y
cuatrp/mU noveclénto8
sesenta
ytres. de
~'rd¡fóqbo~tt
.(U~
~rinrc1~f~r~~~~e
c~~~~eJ~nr~ve~Y~~~~t:~
~~:.néll\
As! lo dispongo
por
el
presente,
lecreto,
dade
en
La
Corufia
ti.
vetnttdóg
de
agosto
de
mil novefdentos setenta..
FRANCISCO
FRANCO
El Vlceprf>Mdente
del
GObierno,
LUlS
CAftRERO
BLANCO
MINISTERIO
DEL
EJERCITO
DECRETO
253511970, de 14
de
septiembre,
por
el
que
!e
conce(!é a
don
Adolfo
Sultrez
G-02'&Zti'lez
la
Gran
c:ruz
la Orden del
Mt!'titoMilltar,
eón
dfstlnffiJo blanco.
En
ateIJ.cl6n,
lo
los-
médt.os ycircunstancias que coneutJ:en
eU
don
Adolfo
Suárez
Gdnzélez.
-
Vengo
en
concederle, a
propuesta
del
!4inistro
del
E,Jérclto,
la
Gran
Cruz
de
la
Orden
del Mérito Militar, con distintIvo
blanco.
As! lo d1spongo por
elpre~nte
Decreto
....
dado
en
ISan
S~
bastián
acatorce
de
septiembre
de
mil novecientos
setenta.
FRANCl8CO
FRANCO
1Il
lr11ni1stro
del
EJére1ro.
JUAN
CASTA1tON
DE
MENA
MiNISTERIO
DE
HACIENDA
DECRETD2,536!1970,
de
9
de
1ulio,
por
el
que
se
adscribe (ti
Patronato
de
CMfLS
del
Ra11fo
del.
~ire
un
terreno yédlficMiones tU
2.275,39
ri)etros
<:ulv>
clTados
de superfiCie,
sito
en
Afádritl., eón destino
a
la
construcción
de viviendas pa.ra el personal
del
Ejercito
del
Aire.
Por
el
Ministerio del Aire
ha
sido solicitada
la
adscriPción
al
.Pat.ronato·
'de
Casas
del
Ramo
del Aire·
de
un
terreno
y
edif~iones
de
dos mil doscientos
setenta
ycinco
coma
treinta
ynueve
metros·
cuadrados;
de
superficie,
sito
en
esta, capital,
calle de
la
Princesa, nUmero
ochenta
ycinco,
con
vuelta a
la
cte
:Romero Robledo, afin
de
constntir
viviendas
para
el
per
M
sona!
del·
Ejército del Aire.
Dado
q~
el
i1'UnuelJe,aludid-o,
cuya
adscripción se dispone,
se
encuentrs.
en
la
~tq~4ad
como dominio
privado.
del
mata-
do,
por
haber
sido entregadO
al
mismo
por
el
MtD1ster1o del
Aire
mediante
acta.
SUSCrita
en
cuatro
del
actual;
habida
cuen-
ta
que el artículo primero
de
la
Ley
de
Régimen
Jurídico
de
Entidades
Estatales
Autónomas..
de
veintiSéis de
diciembre
de
mil novecientos
cincuenta
yocho, aplicable al
Patronato
de
Casas
del R
de
Mre. cllspone
q~
el
Estado
«:~
a!l&-
cribir bienes
a.esta
clase
de
OrgantsmóS
para
eump
.. to de
sus fines;
en
virtud
de
lo dispuesto
en
los artículos ochenta a
ochenta
y
tres
de
la Ley del l?atrÍlll0nio del Estado, y a
pro-
puesta
del Ministerio
de
Haciendá,· previa deliberación del Con-
seJo
de
Mirlistros eJ).
su
reunión
del
día
veintiséis
de
junio
de mil novecientos setenta.,
DlSPONGO:
Artículo priniero.-.:.se, adscribe-
aJ.Patronato
de
Casas
del
Ramo
del Aire,
con
destino
a
la
construCCión
de
viviendas
para
el
personal
de,l
Ejército
del
Aire, la. siguiente finca:
cTerr.eU9.
yeQift
..
lj:~
...•.
~,ppees
en
~le1l@J1~
de
esta
capital,
dis-
trltQ jt¡dlcial y
1Ú~
de
:P~laclQ.
ScciÓ!1
segíJn
del
Re-
'llstro de
la
Prd¡¡\édail
~
Occidente. con
feeJJl!!'I~
pr~llal
a
l~
calle de
la
-
:Prinee~a,
en
la
qUe tbme.
el
número
o~ta
y
ClllCO,
ycon vueta. a
l~
calle.c:le
~er()
Itóbledo, tériféndo
edemás
de
estas
dos'
·f~
otrfi
3,
la
~lle
del
Tutor;
lin-
da:
al
Norte, con calle de
Romero&Obledo;
al
Sur,
con
tin-
ca
oterrenos
de
Antonio Fe1joo ycon
la
casa
número
ochen~
ta
y
kes
de
la
calle
de
la
Princesa, y
al
fondo
uoeste,
con
la
calle del Tutor.
Su
perimetro- ysuperficie
son
los siguientes:
Su
figura
es
tul
rectángulo
en
la
actualidad,
que-
,mide
en
su
facl1Bda ala calle
de
la
:Princesa
(Este),·
ve-tntleuatro
coma
doce metros, igual Dledi&¡
en
su
fa.cJ:¡a;da
la
.caUe
del
Tutor
(Oeste); en. su
fachádaala
ca.Ue
JitOnl.e
Robledo (Norte),
noventa
y.siete coma diez
met~,
y
en
su
linea
(Sur), noventa
yseis metros,
ocupando
una
superficie
de
dos
mU
trescientos
veintinueve coma.
on~
metros
cuadrados,
egqi~entes
a.
treinta
n\H
piea
RectUi~
lo
allne
..
I.ÓI1
y
rl'Sa!1tes
¡le la calle '!i!tor.
su.
medi...
des.
tIC.
t._.
. $ll!1:
noventa
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CM.trq
ClllJl$
W¡¡o
e
'p<:>
melros
pe
lar~f19
'lí>intl!ll!otro
'
~
, "
eh".
Ul
que f
lUlll
SUDlWllcle
!líI
~
,;!éi¡f. . .
ycinco
coma
ty
ji""e
melt
.•
~
B. O. del
E.-Núm.
221
15
septiembre
1970
15171
a
veintinueve
mil
trescientos
siete
pies
y
dos
déclmos
cuadra-
dos.
Sobre
el
anterior
solar
existen
edificados
tres
pabellones,
dos simétricos
en
relación aun eje normal a
la
fachada
a
la
calle
de
la
Princ-esa,
en
su
punto
medio, y
separados
entre
por
una
faja
de
seis
metros
para
la
entrada
de
carruajes,
y
de
treinta
yseis metros
de
fondo, yel tercero, que comunica con
la
calle
de
la
Printes:t
a
través
de
dicha
faja.
ocupalido
toda
la
ancluU'R
del
solar
por
una
profundidad
de
cuarenta
y
cinco
metros
cincuenta
centímetros, existiendo
entre
el
testero
de los
dos
primeros
y
el
último
un
patio
para
la
limpieza.»
,
Artículo
segunct-o.-El
imuueble
en
cuestión
conservará
su
condición
jurídica
original
y
de
con!'Únnidad
con
10
dispuesto
en
el
artículo
ochenta
de
la
Ley
del
PatrinlOnio
del
Estado,
el
Patronato
de
Casas
del
Aire
no
adquiere
la
propiedad
de
aquél,
que
habrá
de
utilizarse
necesariamente
para
los fines
aludidos.
La
finca
revertirá
al
Estado
en
el
plam
de
cinco
años
no
se
cumpliere
dicha
finalidad.
Artículo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Dírección General
del
Patrimonio
del Estado,
se
llevarán
acabo los trámites neeesa.rios
para
la
efectlvW'ad
de
cuanto
se'
dispone
en
este Decreto, y
se
faculta
al
setior Delegado
de
Hacienda
de
Madrid
pa1'a
formalizar
los documentos necesarios
a
tal
fin.
Asi
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
nuev~
de
julio
de
mI
noveeientos .setenta.
PRANCISOO
FRANCO
El
MinJstro
de
Ha.t';i{~nda.
ALBERTO
MONREAL
LUQU¡;;~
DECRETO
2537/1970,
de
9
de
'julio,por
el
que
se
acepta
la
donación
al
Estado
por
la
Junta
Veetnal
de
Cilleruelo
de
Bezana
de
un
inmue]Jle,
rito
en
e!
término
municipal
de
Valle
de
Valdebezana, ,con
destino a
la
constr1WCión
de
una casa-euartel
para
la
Gu.ardia
Civil.
Por
la
Junta
Vecinal
de
Cilleruelo
de
Bezana
ha
sido
ofre-
cido
al
Estado
un
inmueble
de
una
extensión superficial
de
dos
mil
cuatrocientos
setenta
y
CillCO
metros
cuadrados.
sito
en
el
ténnino
de
Valle
de
Valdebezana.
con
destino
a.
la
construc-
ción
de
una
casa--cuartel
para
la
Guardia
CiviL
Por
el
Ministerio
de la Gobernación se
con.~id.era
de int.erés
la
referida
construcción.
A
propuesta·
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
deliberación
del
Consejo
de Ministros
en
su
reunión
del
día
veínti.séis
de
junio
de
mil
novecientos
setenta.
DISPONGO:
Articulo
primero.-De
confonnidad
con
lo
dispuesto
en
el
artículo
veinticuatro
de
la
Ley
del
Patrimonio,
se
acepta
la
donación
al
Estado
por
la JIUlta VEcinal
de
Cilleruelo
de
Be-
zana
de
un
irnnueble
sito
al
paraje
denominado
«Pozuelo o
Tejera»,
del
término
municipal
de
Valle
de
Valdebezana
(Bur-
gos),
de
dos
mil
cuatrocientos
setenta
y
eincometros
cuadrados
de
superficie,
que
linda:
por
el
Sur,
con
herederos
de
Oalniacio
RUÍZ Y
Miguel
Ruiz;
por
el Este,
parcela
propiedad
de
la
Junta
Administrativa;
por
el Oeste,
carretera
de
Qumtanllla
de
San
Román
aCillp.Iuelo
de
Be7.ana, y
por
el
Norte,
dicha
Junta
Ad-
ministrativa.
El
inmueble objeto
de
donación
se
destinara
a
la
const.ruc-
ción
de
una
casa-cuartel
para
la
Guardia
CiVi1.
Artículo
segundo.-EI
inmueble mencionado deberá incorpo-
rarse
al
Inventario
General
de
Bienes
del
Estado,
una
vez
ins-
crito
a
su
nombre
en
el
RegiStro
de
la
Propiedad,
para·
su
ulterior
afectación
por
el
Ministerio
de
Hacienda
al de
la
Gobernación.
para
los servicios
de
casa.-cuartel
para
la
Quardia
CiVil, dependientes de
este
último
Departamento.
La
tlnaltdad
de
la
donación
habrá
de cumplirse, de
conformidad
con lo dis-
puesto
en
la
vig~nte
legis1ación de Régimen Loeal;
Articulo
tercero.--Por
el
Ministerio
de
Hacienda, a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
necesarios
para
la
efectividad·
de
cuanto
se
dispone
en
el
prese;ne Decreto, autorizándose
alilustris1mo
seftor Delegado de Hacienda de Burgos.. o
funcionario
en.
quien
delegue,
para
que
;o.n
llolllhi:e del
Estado
OOnC\1n'8
en
el
otor-
gam.iento
de
l-a
('.mrespondi,:ft.e escritura.
Así lo
dispongo
PO!'
el jJl'esente
Decreto.
dado
en
Madrid
a
TIUeVf>.
de
julio
de
mil
nuvet~iento.s
setenta.
FRANCISCO
FRANCO
El
Mlin.ls1l1"o
de
Hacienda.
ALBERTO
MONREAL
LUQUE
DECRETO
253811970
1de
24
de
julio,
por
el que
se
adScribe
al
Patronato
de
Casas
para
Funcionarios,
Técnicos yEmpleados del
MiniStl;rio
de
Obras
Pú-
blicas
una
parcela
d~
terreno~
propiedad
del
EstQ,.
do,
sita en
la
zona
de
servicio del puerto
de
Ta-
rragana.
El
Patronato
de
Casas
papa
F'uncionaríos,
Técnícos
yEm-
pleados
del
Ministerio
de
Obras
Públicas
ha
solicitado
la
ads-
crípción
de
una
parcela
de
terreno
propiedad
del
Estado,
sita.
en
la
Zona
de
Servicio
del
Puerto
de
Tana.gon~.
lugar
del
an-
tiguo vaDadero,
de
seiscientos
metros
suadrados
de
superficie.
de
forma
irregular, que
linda:
Al
Norte. con
la
cORtinuación
de
la
calle.
de
Gravina;
la
parte
Sur,
Este
yOeste, con terrenoS
del puerto. y
en
la
dicha
Zona
(e
Servicio,
para
ser
destinada
'"
la
construcción
de
viviendas.
en
régimen
de
alquiler
La
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
qtl1nce
de
abril
de
mn
novecientos
sesenta
y
cuatm
autoriZa
la
adscripción
de
bienes inmuebles alos
Organismos
del
Esta.do. los qUt: no ad-
quieren
su
propiedad
y
habrán
de
utilizarlos exclusivamente
para
el cumpl1nN.ento
de
los fines
qlle
se
determ1n~.
En
su virtud, a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
pre-
via deliber.ación
del
Consejo
de
Ministros
en
su reunión
del
dIa
\
einticuatro
de
julio
de
mn
novecientos
setenta.
DISPONGO,
Articulo
prlmero.-Se
adscrtbe d
Patronato
de
Casas
para
Funcionarios, Técnicos ylt:mpleados del
Mirú$erl0
de
Obras
Públicas,
una
parcela
de
terreno
propiedad del Estado. sita.
en
la
Zona
de
Servicio
del
Puerto
de
Tarragona.
Articulo segundo. -
De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
articulo
ochenta
de
la.
Ley
de
Patrimonio
"'el Estado.
de
quince
de
abril
de
mil novecientos
sesenta
ycuatro,
el
Patronato
de
Casas
para
Funcionarios,
Técnicos y
Emp1~os
del
Ministerio
de
Obras
PlíbllcM
no
adqlll,ere
la
propiedad
del
Inmueolede
referencia,
que
habrá
de
utiliza.rse
eXolUs1vament
para
la
con&<
trucción de viviend8$
en
r:ég1tnen
dealquller.
Los
Inmuebles
re--
vertirán
al
Estado
si en
el
pla.zo
de
cinco
afios
no
se
cumpliere
esta
finalidad. '
Articulo
tercero.~La
adscripción
de
referencia
se
rea11zará
medIante
la
corresponcUente acta. y
plano
por
lQS
representantes
que·
designen yse comuníquen
1"
~inistelio
de
Háclenda
y
el
Organismo interesado.
As!
10
dispongo
por
el
pt'86eqte
Decret~
dado
en
Mndrid
II
veinticuatro
de
julio
de
mil novecientos
setenta.
PRANCISCO
FRANCO
El
Miutst.l'O
de
Hacienda.
ALBERTO
MONRB.AL
LUQUE
DECRETO
2539/1970,
a.
24
de
;ullo,
por
el
que
se
a.utortza
el
cambio
de
des-tino
de
la. flnca núme-
ro
'16.503,
con
una
superficle
'de 8.885
metr<>8
CUG-
drados. para
dedicarla'
en lo sucesivo aconstruc-
ciones
de
Escuelas, cuyo inmueble !ué cedido, en
virtud
de·
Decreto·
!504!1969,
de
20
de
marzo,
al
Ayuntamiento
de
CiUfiilil
Real
paTa
estacf6n de
autobuses.
El
Ayuntamiento
de
Ciudad
Iteal
ha
solicitad)
se
le
permita
realizar
construcciones escol&res sobre
la
finca
descrita
en
el
apartado
segtmdo del
articulo
:'rimero
del
Decreto
de
cestón
del
Estado
afa.vor del citado·Ayuntamiento núJnero qu1n1entoa
cuatro/mil
novecientos sesenta ynueve, de veinte de marzo.
por el
que
se
cedieron
al
referidO Municipio
varias
f1nc~
pro--
piedad
del
Estado.
sitas
en
dicha
caprtal.
para
ampliación
del
Parque
de
la
ciudad,
Parque
de
lneencDos,
Estaci6n
de
autobu-
ses yAlmacén
de
8erv1ctos municipales
y,
comoquiera
que
por
el
momento
es imposible
teaUzar
por
el
Ayuntamiento
la
Es-
tación de autobuses
en
liaz6n aque, según el
Plan
de
ordena-
nación
urbana
no
deben
tales.
s~rvicil1l6
emplazarse
en
la
zona
ocupad:-,
por
dichos terrenos,
es
por
lo
que
solicita
el
cambio
de
destino
de
los mismos y,
en
su
lq:gar,
realizar
construcciones
escolares.
Considerando
atendible
la
petición
formulada
y
dado
el
ca.-
rflcter
eminentemente
social y
de
utntdad
pl1bUca
que
concurren
en los fines proyectados.
A
propuesta
del Ministro de
H~~l1da
yprevia del1beraci6n
del Consejo
de
Ministros .en
su
reunión del
dfa
veinttcuatro
de
Julio
de
mil novecientos
setenta.
DISPONGO:
Articulo
primen>.-8e
autoriza
el
cambio
de
destino
al Ayun-
tamiento
de
CIUdad
Be!lJ.
dI'
la
finca
número
dlecIséls
mll
qui-
nientos
tr~
con
una
51JPerftc.te
de
otbo
n:¡1l
ochocientos
ochenta
ycineo l!lefZos cuadrad"", paza
eonsl<11cc\Ón
de
esouelas.
que
fué
cedlda
al
citado
A:ranta!ll1ent
por
~
cp¡Inle¡>tos
cuatro/
mil
n~
~
'1
nueve.
de
_te
de
marzo. para
de&-
tlnarla
aElltiic.tón
de
autoblisea,
:j
~
/

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