Real Decreto 2747/1981, de 30 de Octubre, por el que se adoptan diversas medidas relativas a la Organizacion y Funcionamiento de los Servicios del Trasvase tajo-segura en la Confederacion hidrografica del Segura.

MarginalBOE-A-1981-27371
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Obras Publicas y Urbanismo
Rango de LeyReal Decreto

La terminacion de las obras del acueducto tajo segura y su consiguiente puesta en explotacion requiere, entre otro tipo de medidas, la introduccion de las reformas organicas y funcionales necesarias para atender a las acciones especificas a desarrollar en esta nueva fase En su virtud , a propuesta del Ministro de Obras publicas y urbanismo, con aprobacion de la Presidencia del Gobierno y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia treinta de octubre de mil novecientos ochenta y uno, dispongo:

Articulo Unico en la Confederacion Hidrografica del segura se crea el deposito de gestion del acueducto tajo-segura para ejerder las tareas de la gestion tecnica y economica de la explotacion de la infraestructura hidraulica a partir del embalse de talave hasta la toma de agua de los distintos usuarios

Dado en Madrid a treinta de octubre de mil novecientos ochenta y uno.-Juan Carlos R.-el Ministro de Obras publicas y urbanismo, Luis Ortiz Gonzalez

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