Orden CUL/1523/2007, de 24 de mayo, por la que se crea la Comisión Administradora del Fondo de Ayuda a las Bellas Artes.

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Junio de 2007
MarginalBOE-A-2007-10870
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

El artículo 24 del actual Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 abril, regula el derecho de los autores de obras de artes plásticas a percibir del vendedor una participación en el precio de toda reventa que de las mismas se realice en pública subasta, en establecimiento mercantil, o con la intervención de un comerciante o agente mercantil. Para aquellos casos en que el autor no ejercite dicho derecho, la Ley prevé el ingreso de la cantidad correspondiente en un Fondo de Ayuda a las Bellas Artes, cuyo establecimiento y regulación remite al desarrollo reglamentario de la Ley.

Dicha previsión de desarrollo reglamentario fue ejecutada mediante el Real Decreto 1434/1992, de 27 de noviembre, de desarrollo de los artículos 24, 25 y 140 de la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, en la versión dada a los mismos por la Ley 20/1992, de 7 de julio, regulando el régimen de aportaciones y aplicación del Fondo de Ayuda a las Bellas Artes y atribuyendo su administración y correcta aplicación a la Comisión Administradora del Fondo de Ayuda a las Bellas Artes.

De acuerdo con la habilitación contenida en la disposición final segunda del citado Real Decreto 1434/1992, de 27 de noviembre, la presente orden tiene por objeto la constitución de la citada Comisión Administradora del Fondo de Ayuda a las Bellas Artes, como instrumento necesario para la aplicación del Fondo al impulso, fomento y apoyo de la creatividad en el campo de las artes plásticas.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo,

Artículo 1 Creación y adscripción.

Se crea la Comisión Administradora del Fondo de Ayuda a las Bellas Artes, como órgano colegiado adscrito al Ministro de Cultura encargado de la administración y aplicación del Fondo de Ayuda a las Bellas Artes, de conformidad con el artículo 7 del Real Decreto 1434/1992, de 27 de noviembre, de desarrollo de los artículos 24, 25 y 140 de la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, en la redacción dada a los mismos por la Ley 20/1992, de 7 de julio.

Artículo 2 Composición.
  1. La Comisión Administradora del Fondo de...

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